QUILLECO SPA/
Rol
V-237-2021
Fecha
28 de junio de 2022
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
Visto: Al folio 01, con fecha 15 de Diciembre de 2021, comparece don Winston Alburquenque Troncoso, abogado, cédula nacional de identidad N° 10.238.274-9, en representación de Quilleco SpA, sociedad anónima del giro de su denominación, Rol Único Tributario número 76.584.358-8, ambos domiciliados para estos efectos en Badajoz 45, piso 8, comuna de Las Condes, Santiago, quién deduce una petición minera de concesión de exploración en la comuna de Quilleco, Provincia y Región del Bio Bio, respecto de una pertenencia que denominará “COTI 4D”. Funda su pretensión señalando que las coordenadas UTM del punto medio referidas al Elipsoide Internacional de 1924, Datum Provisorio Sudamericano La Canoa de 1956, Huso 18, son: Norte 5.872.500,00 metros, al Este 756.750,00 metros, y corresponden a la intersección de las diagonales de un rectángulo cuyas aspas con orientación Norte-Sur miden 1.000 metros y cuya cabecera de orientación Este-Oeste U.T.M. miden 1.000 metros. La superficie total es de 100 hectáreas. Al folio 03, se certificó que esta solicitud fue presentada en la Oficina Judicial Virtual con fecha 15 de Diciembre de 2021, a las 15:40 horas. Al folio 08, se encuentra agregado el formulario 10; el formulario 41; la inscripción de la solicitud de pedimento en el Registro de Descubrimientos de Minas a cargo del señor Conservador de Minas de Los Ángeles, a fs. 13, N° 7, del año 2022; la publicación de la solicitud de pedimento en el Boletín de Minería de Santiago, efectuada el día 13 de Enero de 2022. Al folio 13, se lee el oficio Nº 001537, del Servicio Nacional de Geología y Minería que se pronuncia sobre los aspectos técnicos de la concesión de exploración denominada “COTI 4D”, Rol Nacional 08404- 0173-1, documento de 25 de Mayo de 2022. La referida institución informa que los aspectos técnicos de la solicitud y plano de la concesión se encuentran conforme con las disposiciones legales y vigentes, por cuanto la forma, dimensiones y orientación de la cara superficial
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con el mérito de los antecedentes y documentos reseñados precedentemente, este sentenciador concluye que se ha dado cabal cumplimiento a lo establecido en el artículo 55 del Código de Minería, por cuanto se han seguido todos los requisitos establecidos en la ley, cuya omisión o retardo acarrea la caducidad de los derechos emanados del pedimento. SEGUNDO: Que, a consecuencia de lo señalado, este tribunal accederá a la petición minera de la exploración solicitada. Por lo que de acuerdo a como se han venido razonando y teniendo presente lo establecido en los artículos 2, 24, 34, 35, 37, 55, 56, 57, 86, 87 y demás pertinentes del Código de Minería, declaro: 1. Que se acoge la solicitud de petición del folio 01. 2. Que en consecuencia se tiene por legalmente constituida la concesión denominada “COTI 4D”, de 100 hectáreas, a favor de Quilleco SpA, rol único tributario N° 76.584.358-8, sociedad anónima del giro de su denominación, domiciliada en Badajoz 45, piso 8, comuna de Las Condes, Santiago. Las coordenadas UTM del punto medio y de los vértices de perímetro de la concesión de exploración otorgadas son: a. Punto medio: Norte, 5.872.500,00 metros; Este, 756.750,00 metros. b. Vértice 1: Norte, 5. 873.000,00 metros; Este, 756.250,00 metros. c. Vértice 2: Norte, 5. 873.000,00 metros; Este, 757.250,00 metros. d. Vértice 3: Norte, 5.872.000,00 metros; Este, 757.250,00 metros. e. Vértice 4: Norte, 5.872.000,00 metros; Este, 756.260,00 metros. 3. Que se aprueba el plano de la misma concesión de exploración, que rola a folio 08. 4. Publíquese el extracto de esta sentencia en conformidad a lo dispuesto en el artículo 90 del Código de Minería. 5. Inscríbase esta sentencia en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de esta ciudad de Los Ángeles, previa la publicación ordenada en el numeral anterior, dentro del plazo de 120 días, contados desde la fecha de la presente sentencia. 6. Hecho, archívese el plano acompañado en la forma dispuesta en el artículo 239 del Código de Minería, agregándolo al referido registro. 7. Otórguese copia autorizada de esta sentencia y el original del plano para ser entregados al Servicio Nacional de Geología y Minería. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Los Angeles, veintiocho de Junio de dos mil veintidós Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 03 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2022-06-28T15:17:23-0400
Texto Completo (Preview)
NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado de Letras de Los Angeles CAUSA ROL : V-237-2021 CARATULADO : QUILLECO SPA/ Los Angeles, veintiocho de Junio de dos mil veintidós Visto: Al folio 01, con fecha 15 de Diciembre de 2021, comparece don Winston Alburquenque Troncoso, abogado, cédula nacional de identidad N° 10.238.274-9, en representación de Quilleco SpA, sociedad anónima del giro de
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica