MIGO CON ADMINISTRADORA DE SUPERMERCADOS HIPER LIMITAD
Rol
M-12-2023
Fecha
28 de marzo de 2023
Materia
Costas, Despido injustificado, Indemnización por años de servicios, Prestaciones, Reajustes e intereses, Recargos
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS A PROBAR X · INCORPORA PRUEBA DEMANDANTE X · INCORPORA PRUEBA DEMANDADA X · FIJA FECHA NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA X Se deja constancia que previo al registro de audio se verificó la identidad de todos los intervinientes, mediante la exhibición de los documentos respectivos, conforme al artículo 427 bis del Código del Trabajo. Escritos pendientes: Existen 2 escritos pendientes de resolver: · Un escrito “medios de prueba que señala”, de la parte demandante, a lo que el Tribunal resuelve: téngase presente. · Un escrito de “acompaña documentos”, de la parte demandante, a lo que el Tribunal resuelve: téngase por acompañados. · Y un escrito de “acompaña documentos”, de la parte demandada, a lo que el Tribunal resuelve: Téngase por acompañado. Conciliación: Llamadas las partes a conciliación el Tribunal propone dos tercios de la demanda y la mitad de AFC. El demandado propone el 50% del recargo y el 50% de AFC, e indica que no han existido posibilidades de acuerdo con el demandante. Contesta demanda: La parte demandada evacua el traslado y contesta la demanda en audiencia, íntegramente en registro de audio. Fija hechos a probar: 1. Hechos y circunstancias del término de la relación laboral según los términos indicados en la carta de despido. MEDIOS DE PRUEBA: Ofrece e incorpora prueba parte demandado: Documental: 1. Carta de despido firmada por la demandante de 28 de octubre de 2022. 2. Constancia de notificación del despido a la Dirección del Trabajo. 3. Finiquito con reserva de derechos firmado por la demandante con fecha 10 de noviembre de 2022. 4. Acta de comparendo de conciliación ante la Inspección del Trabajo de 17 de noviembre del 2022. 5. Se desiste 6. Descriptor del cargo de operador de tienda, versión a junio de 2020. 7. Presentación consistente en Programa de Movilidad Laboral de la Gerencia de Personas de septiembre de 2020. 8. Se desiste 9. Impresión de pantalla del diario La Tercera con artículo sobre “Boom del e-co
Fallo
fallo (En conformidad a Resolución de la Excma. Corte Suprema de fecha 22 de mayo de 2018, AD 267- 2048), las demás consideraciones se encuentran debidamente registradas en la pista de audio respectiva: Por estas consideraciones y disposiciones legales citadas y, además, lo dispuesto en los artículos 1, 7, 161, 168, 162, 446 y siguientes y demás pertinentes del Código del Trabajo y artículo 13 de la Ley de Desempleo, se declara que: I. Que SE ACOGE, la demanda interpuesta por don LUIS ALFONSO LUCERO AGUILERA, abogado, Cédula de Identidad número 10.463.814-4, domiciliado para estos autos, en calle Cuevas 721, Oficina 22, comuna de Rancagua, en representación por mandato que se acompaña de doña MARÍA ANGÉLICA MIGO VALDÉS, chilena, cesante, domiciliada en El Dorado N° 2.431, Laguna del Inca, comuna de Rancagua, soltera, cédula nacional de identidad 13.719.903-3, quien interpone demanda en procedimiento monitorio por despido injustificado en contra de Administradora de Supermercados Hiper Ltda, empresa del giro de su denominación, Rut 76.134.941-4, representada para estos efectos y de conformidad al artículo 4º del Código del Trabajo por, doña EMELINDA CONEJEROS CAMPOS, cédula nacional de identidad número 11.782.420-9, ignoro profesión, ambas domiciliadas en Carretera El Cobre N° 190, Comuna de Rancagua, Región del Libertador Bernardo O’Higgins, Chile. II. Que, el Tribunal declara improcedente el despido que sufrió la actora con fecha 28 de octubre de 2022, por no haberse acredit
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ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 28/03/2023 RUC 23-4-0451445-8 RIT M-12-2023 MAGISTRADO PABLO VERGARA LILLO ADMINISTRATIVO DE ACTAS Isadora Hernández Parraguez HORA DE INICIO 09:00 horas HORA DE TERMINO 11:40 horas Nº REGISTRO DE AUDIO 2340451445-8-1339 SALA 2 (Audiencia Hibrida) PARTE DEMANDANTE MARÍA ANGÉLICA MIGO VALDÉS RUT 13.719.903-3 ABOGADO (Comp
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