Juzgado de Letras del Trabajo de Chillán

JARA CON FALABELLA RETAIL S.A

Rol

O-398-2022

Fecha

28 de marzo de 2023

Materia

Despido injustificado

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Primero: Que comparece JUAN LUIS JARA BRAVO, dependiente, con domicilio para estos efectos en calle Los Chacareros N°589 de la comuna de Chillán, quien encontrándose dentro de plazo, viene en deducir demanda por Despido injustificado en contra de FALABELLA RETAIL SPA, RUT 77.261.280-K persona jurídica de derecho privado, representada legalmente, en virtud del artículo 4 del Código del Trabajo, por don Luis Patricio Ruiz Concha, ignora profesión u oficio, o por quien haga las veces de tal, al momento de la notificación de la presente demanda, ambos domiciliado para estos efectos en El Roble N° 770, Comuna de Chillán en los siguientes términos: ANTECEDENTES DE LA RELACIÓN LABORAL: 1.- Inicio de la Relación Laboral. Con fecha 30 de marzo de 2002, ingresó a prestar servicios personales para el denunciado, bajo vínculo de subordinación y dependencia, en los términos preceptuados en el artículo 7º del Código del Trabajo en la ciudad de Chillán. Teniendo su contrato el carácter de indefinido. 2.- Naturaleza de los servicios prestados. Sus servicios personales que prestó para la demandada fueron en calidad de “Vendedor” 3.-Remuneración.- Por sus servicios personales percibía una remuneración promedio de $1.779.617.- al mes, conformada por sueldo base, gratificación, colación, movilización y bonos, entre otros. 4.- Jornada: De acuerdo al contrato de trabajo, la jornada que desempeñaba era de 45 horas semanales, distribuidas en sistema de turnos fijadas por su ex empleador. 5.- Cumplimiento: Siempre mantuvo una trayectoria impecable en sus funciones, colaborando incluso más allá de las mismas; manteniendo siempre un perfil de trabajo en equipo y cooperativo. ANTECEDENTES DEL TÉRMINO DE LA RELACION LABORAL 1.- Con fecha 29 de agosto de 2022, su ex empleador le notifica por medio de una carta, el término del contrato de trabajo, a contar de ese mismo día, de acuerdo a lo prescrito en el artículo 161, inciso primero, del Código del Trabajo, esto es, “Necesidades de la

Fundamentos

fundamentos de derecho que a continuación se expondrán. 1. DE LA RELACIÓN LABORAL CON EL ACTOR. 1.1. Falabella Retail S.A., reconoce relación laboral de carácter indefinida con don Juan Luis Jara Bravo, en calidad de Vendedor, desde el 30 de marzo de 2002 hasta el 29 de agosto de 2022, fecha en la cual se puso término a su contrato de trabajo por aplicación de la causal consagrada en el artículo 161 inciso primero del Código del Trabajo. 1.2. El monto de la última remuneración percibida por el actor fue de $1.676.831.-, por ende, no es efectiva la indicada en el libelo de autos. 1.3. Con fecha 29 de agosto del año en curso, Falabella Retail S.A., puso término a la relación laboral que vinculaba a las partes, por aplicación de la causal contenida en el inciso primero del artículo 161 del Código del Trabajo, esto es, Necesidades de la empresa, lo que se le comunicó al actor, acorde a la exigencia contenida en el artículo 162 del Código del Trabajo, pues le fue comunicado en forma personal, firmando la misiva en señal de recepción. 1.4. El demandante suscribió finiquito con su representada, ante Notario Público, con fecha 21 de septiembre de 2022, oportunidad en la cual se le cancelaron los haberes correspondientes por término de relación laboral, esto es: • Indemnización sustitutiva de aviso previo por la suma de $1.676.831.- • Indemnización por once años de servicios por la suma de $18.445.140.- • Feriado legal por la suma de $4.569.134.- correspondiente a 84.00 días. • Feriado proporcional por la suma de $584.740.- correspondiente a 10.75 días. • Otros haberes no imponibles como lo fueron: movilización especial y, colación especial. • Otros haberes imponibles como lo fueron: comisiones varias, diferencia semana corrida, diferencia gratificación finiquito, comisión connect, diferencia recargo domingo. Se procedieron a efectuar los descuentos legales y convencionales que procedían, según el siguiente detalle: Recibiendo éste a su entera satisfacción la suma total de $20.871.432.- por concepto de finiquito dado el término de la relación laboral existente entre las partes hasta el 29 de agosto de 2022, por la causal contemplada en el artículo 161 inciso primero del Código del Trabajo. 1.5. En dicho instrumento el actor hizo expresa reserva de las acciones que en este acto impetra. 2. HECHOS Y DEFENSA NEGATIVA. 2.1. Falabella Retail S.A. controvierte expresa y formalmente todos los antecedentes de hecho y de Derecho que sirven de asidero a la demanda de autos, salvo aquéllos que reconozca expresamente en esta actuación, por lo que será carga legal del demandante acreditar sus dichos, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 1698 del Código Civil con relación a lo dispuesto en el artículo 453 N° 1) inciso 7° del Código del Trabajo, en especial, NO ES EFECTIVO: ➢ La remuneración que dice haber percibido. ➢ Que, su despido sea injustificado. ➢ Que, no se indique en la misiva cuál es la reestructuración. ➢ Que, sus funciones no hayan si

Fallo

fallo de unificación de jurisprudencia dictado en causa ROL 23.348 – 2018 el 04 de marzo del 2019, que acoge recurso de unificación de la demandada por la materia en estudio. - Hacemos presente fallo de unificación de jurisprudencia dictado en causa ROL 26.030 - 2019 con fecha 06 de abril del año 2021, que acoge recurso de unificación de la demandada por la materia en estudio. - Hace presente fallo de unificación de jurisprudencia dictado en causa ROL 112404 - 2020 con fecha 03 de noviembre del año 2021, que acoge recurso de unificación de la demandada por la materia en estudio. - Hace presente fallo de unificación de jurisprudencia dictado en causa ROL 17.111 - 2021 con fecha 30 de noviembre del año 2021, que acoge recurso de unificación de la demandada por la materia en estudio. - Hace presente fallo de unificación de jurisprudencia dictado en causa ROL 38.159 - 2021 con fecha 22 de diciembre del año 2021, que acoge recurso de unificación de la demandada por la materia en estudio. - Hace presente fallo de unificación de jurisprudencia dictado en causa ROL 44.921 - 2021 con fecha 01 de marzo del año 2022, que acoge recurso de unificación de la demandada por la materia en estudio. 5. PRESTACIONES DEMANDADAS. 1. Recargo legal del artículo 168 letra a) del Código del Trabajo, por la suma de $5.533.542.-: El término de la relación laboral fue por debida aplicación de la causal del artículo 161 inciso primero del Código del Trabajo, cuestión por la cual rechazamos este inc

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Juzgado de Letras del Trabajo de Chillán PROCEDIMIENTO: Ordinario MATERIAS: Despido Injustificado DEMANDANTE: Juan Luis Jara Bravo DEMANDADO: Falabella Retail S.A. RIT: O-398-2022 RUC: 22-4-0435916-2 ________________________________________/ Chillán, veintiocho de marzo de dos mil veintitrés. VISTO Primero: Que comparece JUAN LUIS JARA BRAVO, dependiente, con domicilio para estos efectos en calle

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