SERVICIO NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA/SOCIEDAD PESQUERA LANDES S.A.
Rol
C-736-2022
Fecha
28 de junio de 2022
Materia
PESCA Y ACUICULTURA, INFRACCIONES A LA LEY DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: A folio 1, Mar a de los ngeles Tard n Sep lveda, por el í Á ó ú SERVICIO NACIONAL DE PESCA, RUT N 60.701.006-4, ° ambos domiciliados en Alto Horno N 515, Sector Higueras, Talcahuano, formula denuncia en contra de la ° SOCIEDAD PESQUERA LANDES S.A., RUT N°92.387.000-8, representada por don Renato Maya Gac, RUT N 7.237.001-5,° ambos con domicilio en Isla Rocuant s/n ,° Talcahuano, por infracci n a los art culos 63 y 113 de la Ley de Pesca y Acuicultura enó í relaci n con el D.S. 129 de 2013, todos los cuerpos legales dependientes del Ministerioó de Econom a, Fomento y Turismo.í Fundamenta su denuncia la compareciente en que entre los d as 18 al 21í de enero de 2022, en el marco de la inspecci n al Programa de Aseguramiento deó Calidad (PAC), realiz una auditor a en la planta de la denunciada para la l nea deó í í hidrolizado no consumo humano, que elabora peptonas y aceite de pescado (s lidos yó l quidos, respectivamente), la que tiene por objeto, entre otros, la revisi n de laí ó consistencia de la informaci n de los stocks de productos terminados peptonas en losó sistemas y/o registros de trazabilidad descritos en el referido programa, con la informaci n disponible en el Sistema de Trazabilidad de Sernapesca.ó As , agrega, se procede a cotejar la informaci n contenida en el sistemaí ó Fixhtalk, que aloja informaci n de producci n y stock y registros Excel de trazabilidad,ó ó suministrados por personal de planta, con la informaci n contenida en el Sistema deó Trazabilidad del Servicio. Dicha informaci n, afirma, fue extra da desde los sistemas deó í planta y del Servicio, en la misma fecha y hora, del d a 20 de enero de 2022, 18:00í horas. Agrega que conforme el resultado de la auditor a, que incluye el informeí del inspector que la realiza, se evidencia que los stocks de productos terminados peptonas del sistema de trazabilidad de planta y del Servicio no son consistentes, situaci n queó arrastra tambi n al stock de aceite elaborado en la misma l nea. Ello s
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el Servicio Nacional de Pesca, a trav s de sué inspectora Mar a de los ngeles Tard n Sep lveda, formula denuncia en contra de laí Á ó ú Sociedad Pesquera Landes S.A., representada por don Renato Maya Gac, todos perfectamente individualizados en autos, fundamentada en que la denunciada no habr aí cumplido con la presentaci n de informes o comunicaciones en conformidad con loó establecido en el art culo 63 de la Ley General de Pesca y Acuicultura.í SEGUNDO: Que compareciendo a la audiencia de estilo la empresa denunciada Sociedad Pesquera Landes S.A., a trav s de su representante legal, reconoceé la efectividad de los hechos denunciados, se alando que todo se debi a un error deñ ó digitaci n, al no haberse separado la producci n en los dos productos y haberseó ó informado como uno solo, error que habr a sido subsanado, situaci n que es admitidaí ó por la denunciante en p rrafo 10 del ac pite I del libelo de folio 1.á á TERCERO: Que la infracci n de autos se refiere a que por disposici nó ó del art culos 63 de la Ley de Pesca y Acuicultura, las personas que realicen actividadesí de procesamiento o transformaci n y de comercializaci n de recursos hidrobiol gicos,ó ó ó respecto al abastecimiento de los mismos y de los productos finales derivados de ellos, deber entregar dicha informaci n en las condiciones y oportunidad que determine elá ó reglamento, esto es, el D.S. N 129 de 2013,en su art culo 10 letras b) y c). ° í CUARTO: Que en el caso de autos ocurri que la informaci nó ó estad stica de la planta denunciada no fue entregada de acuerdo a lo establecido en lasí normas se aladas por quien ten a la obligaci n de hacerlo, infringiendo as lasñ í ó í disposiciones citadas en relaci n con el art culo 107 de la Ley General de Pesca yó í Acuicultura, de manera que no obstante el reconocimiento expreso de los hechos denunciados por parte de la denunciada, sta debe ser sancionada conforme lo disponeé el art culo 113 del cuerpo normativo pesquero.í QUINTO: Que atendido lo razonado, no tiene mayor relevancia la prueba documental aportada por la actora.
Fallo
se declara el° í ó ° traslado desde la planta de Isla Rocuant s/n a la bodega que la denunciada arrienda° para almacenamiento de aceite, ubicada en la planta Pesquera Mar Fusi n S.A., ubicadaó en calle D, Manzana D, sitio 26 del parque industrial Escuadr n II de Coronel, de laó producci n declarada a trav s del reporte planta producci n N 3695354, de la que laó é ó ° producci n indicada de 3 toneladas, no corresponde a aceite sino a peptona.ó Posteriormente, el 7 de abril de 2021, a trav s del Reporte Planta Destinoé N 5738522, se declar el destino a exportaci n al mercado de M xico, de la producci n° ó ó é ó que en realidad corresponde a peptona, reporte que respalda la exportaci n efectuadaó seg n Notificaci n de Embarque de Productos Pesqueros de Exportaci n (NEPPEX)ú ó ó N 787340 de esa fecha.° De esta manera, dice, la informaci n entregada a Sernapesca por laó sociedad denunciada, no se encuentra en conformidad a lo preceptuado en el art culo 63í de la Ley General de Pesca y Acuicultura, por cuanto la producci n del 15 de diciembreó de 2020, corresponde a 3,6 toneladas de aceite y 3 de peptona, no habi ndose declaradoé estas ltimas y no correspondiendo, en consecuencia, 3 toneladas de aceite exportado elú 12 de abril de 2021 a dicha clave de producci n, sino a la producci n de otra fecha, loó ó que implica una infracci n a los art culos 63 y 113 de la Ley General de Pesca yó í Acuicultura y al D.S. 129 de 2013. En efecto, dice, con posterioridad a la auditor a, la denun
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Foja: 1 FOJA: 16 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Talcahuanoº CAUSA ROL : C-736-2022 CARATULADO : SERVICIO NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA/SOCIEDAD PESQUERA LANDES S.A. Talcahuano, veintiocho de Junio de dos mil veintid s.ó VISTO: A folio 1, Mar a de los ngeles Tard n Sep lveda, por el í Á ó ú SERVICIO NACIONAL DE PESCA, RUT N 60.701.006-4, ° ambos domiciliados e
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