FERNÁNDEZ/TMAX INVERSIONES SPA
Rol
C-8507-2021
Fecha
23 de junio de 2022
Materia
ARRENDAMIENTO,COBRO SERVICIOS SEGÚN D.L.964 Y LEY 18.101
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: En presentaci n de 24 de octubre de 2021 comparece do a Catalinaó ñ Alejandra Tapia Ross, abogada, en representaci n de do a Gloria Adrianaó ñ Fern ndez Herrera, cirujana dentista, domiciliadas en avenida Vitacuraá N 3.839, piso 4, comuna de Vitacura, demandando en juicio de t rmino de° é contrato de arrendamiento por no pago de rentas a Tmax Inversiones Spa, representada legalmente por do a Marlene Alice Saavedra C ceres, ambosñ á domiciliados en calle Poeta ngel Cruchaga N 1.515, local N 12, comuna deÁ ° ° La Reina. Indica que su representada es due a del inmueble ubicado en calleñ Poeta ngel Cruchaga N 1.515, local N 12, comuna de La Reina. En esaÁ ° ° calidad celebr el 10 de mayo de 2019 con la demandada un contrato deó arrendamiento por escritura privada, que fue autorizada ante notario p blico.ú Entreg el inmueble ese mismo d a, fecha en que adem s comenz a regir eló í á ó contrato. Posteriormente, el 8 de julio del mismo a o, las partes a trav s de unñ é anexo modificaron el contrato, en el sentido de pasar a figurar Tmax Inversiones Spa, empresa de propiedad de la demanda como arrendataria, firmando esta ltima como representante legal. En todo lo dem s, seú á mantuvieron vigentes las cl usulas del contrato original. á El demandado se oblig a pagar una renta de 7,21 UF mensuales, deó forma anticipada y dentro de los 10 primeros d as h biles de cada mes, aí á trav s de dep sito a la cuenta bancaria de la arrendadora. La renta no inclu aé ó í el pago de agua, luz, gas, extracci n de basuras, gastos comunes ni otros gastosó que provengan naturalmente del uso y goce de la propiedad, oblig ndose elá arrendatario a pagarlos oportunamente. En la cl usula 5 del contrato se dispuso que en caso de no pagoá ª oportuno de la renta, el arrendatario deb a pagar el inter s m ximoí é á convencional para operaciones reajustables en moneda nacional, desde la fecha de cesaci n del pago hasta el d a de pago efectivo, entendi ndose por inter só í é é Código: DQPRXXLCXK
Fundamentos
CONSIDERANDO PRIMERO: Que a fin de acreditar su pretensi n, la demandanteó acompa contrato de arrendamiento de 10 de mayo de 2019, suscrito entreñó ella y do a Marlene Alice Saavedra C ceres, como arrendadora y arrendatariañ á respectivamente. En la cl usula 4 se pact que la renta de arrendamiento ascend a a 7,21á ª ó í UF, pagadera por mensualidades anticipadas dentro de los primeros 10 d así h biles de cada mes, mediante dep sito en la cuenta corriente de laá ó demandante. Esta no inclu a agua, luz, gas, extracci n de basuras, gastosí ó comunes, ni los otros que naturalmente provinieran del uso y goce de la propiedad, los que el arrendatario se oblig a pagar oportunamente.ó En la cl usula 5 se pact que en caso de no pago oportuno de la renta,á ª ó el arrendatario deb a pagar el inter s m ximo convencional para operacionesí é á reajustables en moneda nacional, desde la fecha de cesaci n del pago hasta eló d a del pago efectivo.í A su vez, el arrendador tendr a derecho a exigir anticipadamente elí pago total de la obligaci n, esto es, todas las rentas pendientes para completaró el periodo inicialmente pactado de 1 a o o el renovado que estuviere en curso,ñ si no se verificare el pago de las rentas durante dos meses consecutivos. Código: DQPRXXLCXKX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Adem s, en caso de hacerse necesario recurrir a cobranzas judiciales, lasá partes consintieron en fijar una multa como cl usula penal ascendente al 50%á del total adeudado. Adem s, alleg anexo de contrato de arrendamiento, de 24 de junio deá ó 2019, que modifica el contrato primigenio solo en cuanto la arrendadora pasa a ser la sociedad Tmax Inversiones Spa. SEGUNDO: Que con el contrato de arrendamiento y su respectivo anexo aparejados por la actora ha quedado suficientemente acreditado en autos la existencia del v nculo contractual que uni a las partes, susí ó estipulaciones, modalidades y condiciones establecidas por aquellas. TERCERO: Que el inciso 1 del art culo 1942 del C digo Civil° í ó establece que el arrendatario es obligado al pago del precio o renta. Por su parte, el art culo 1977 del mismo texto dispone que la mora deí un per odo entero en el pago de la renta, dar derecho al arrendador, despu sí á é de dos reconvenciones, entre las cuales medien a lo menos cuatro d as, paraí hacer cesar inmediatamente el arriendo, si no se presta seguridad competente de que se verificar el pago dentro de un plazo razonable, que no bajar de 30á á d as.í CUARTO: Que legalmente reconvenida, la demandada no ha comprobado encontrarse al d a en el pago ntegro de las rentas, lo queí í constitu a su obligaci n esencial, por lo que
Fallo
se declarar terminado el contratoí ó á de arrendamiento, debiendo aquella restituir el inmueble arrendado. QUINTO: Que de acuerdo a lo anterior, se condenar a la demandadaá a pagar las rentas adeudadas, por la suma equivalente en pesos de 129,78 UF y las devengadas a contar de noviembre de 2021 hasta el momento de la entrega efectiva del inmueble, en raz n de 7,21 UF, suma a la que adem s yó á de acuerdo a lo pactado por las partes en la cl usula 5 , deber pagarse con elá ª á inter s m ximo convencional para operaciones reajustables en monedaé á nacional, desde la fecha de cesaci n del pago hasta el d a del pago efectivo.ó í SEXTO: Que en lo que respecta al cobro de gastos comunes y servicios b sicos demandados, el actor acompa : á ñó - boleta electr nica N 269535224, emitida por Enel S.A. por la suma deó ° $788.246.-; fecha de vencimiento 27 de enero de 2022. - boleta electr nica N 206270224, emitida por Aguas Andinas S.A. poró ° la suma de $184.170.-, vencimiento corte en tr mite.á Código: DQPRXXLCXKX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl - detalle de cobro de gastos comunes de la Comunidad La Portada de La Reina 1, de 8 de febrero de 2022, por la suma total de $662.100.- S PTIMO: Que de acuerdo al m rito de la prueba enunciada, se tendrÉ é á por acreditada la existencia y cuant a de deudas por concepto de agua, luz yí gastos comunes, los que eran de cargo de la arrendataria, raz n por la cual seó le condenar
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 9 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-8507-2021 CARATULADO : FERN NDEZ/TMAX INVERSIONES SPAÁ Santiago, veintitr s de junio de dos mil veintid s.é ó VISTOS: En presentaci n de 24 de octubre de 2021 comparece do a Catalinaó ñ Alejandra Tapia Ross, abogada, en representaci n de do a Gloria Adrianaó ñ Fern ndez Herrera, cirujana dentista, domiciliadas en
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