ALFARO/
Rol
V-224-2021
Fecha
23 de junio de 2022
Materia
REGISTRO CIVIL, RECTIFICACIÓN PARTIDAS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: PRIMERO: Que en folio 1 comparece don MATIAS ALBERTO ALFARO CAROCA, Cedula de identidad n mero: 20.371.683-4. Estudiante, domiciliado enú Pasaje Oyague n 2561, Villa Nelson Pereira. Comuna de Rancagua., quien solicita° autorizaci n para el cambio de su nombre, rectific ndose su partida de nacimiento queó á figura inscrita bajo el n mero 3.026 del Registro S del a o 2000, de la Circunscripci nú ñ ó de Rancagua del Registro Civil e Identificaci n, en el sentido de que este quede inscritoó en definitiva como MATIAS ALBERTO BROWN CAROCA. Hace presente que el motivo que lo incita a solicitar la eliminaci n de mi primeró apellido paterno se relaciona esencialmente a que este apellido no me identifica y menos me representa, en raz n de nuestra historia familiar, dado que su madre do a Anaó ñ Mar a Caroca, cuando su hermano gemelo y l ten an tan s lo una a o de vida, terminí é í ó ñ ó su relaci n sentimental con su progenitor don Carlos Alfaro y, con ocasi n de ello es queó ó esta persona se desentendi de ellos, tanto es as que no lo conocen, nunca hanó í mantenido contacto con l, ya que ste ltimo nunca ha demostrado inter s por sué é ú é persona, agregando que es menester precisar que su hermano y yo nos criamos con el amor de su madre y, el de su pareja don Alex Brown, a qui n reconozco voluntaria yé espont neamente como mi padre, adem s de sus abuelos; todos ellos fueron quienes nosá á cuidaron, nos entregaron educaci n, valores y verdadero amor sin importar el v nculoó í biol gico de parentesco existente. ó Es del caso que concurren los requisitos estipulados en la letra a) del art culo 1í ° de la ley 17.344, pues el hecho de haber sido inscrita con el nombre MATIAS ALBERTO ALFARO CAROCA me ha ocasionado serios detrimentos en su personalidad, por lo que conforme a lo expuesto anteriormente y antes de que contin eú transcurriendo el tiempo y se incremente el menoscabo moral de su persona, es indispensable que se rectifique la partida mencionada en el cuerpo prin
Fallo
se declara: Código: EYWXXXDWRXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl ROL V 224-2021 I.- Que HA LUGAR a la solicitud de lo principal de folio 1 y en consecuencia se ordena rectificar la Partida de Nacimiento, inscripci n n mero 3.026, Registro S deló ú a o 2000 correspondiente a la Circunscripci n de Rancagua del Registro de Nacimientoñ ó del Servicio de Registro Civil e Identificaci n de Chile, en el sentido de mó odificar el primer apellido de ALFARO“ ” por el de BROWN ,“ ” quedando en definitiva la persona inscrita como “MATIAS ALBERTO BROWN CAROCA , ” c dula deé identidad 20.371.683-4. II.- Pract quese las correspondientes subinscripciones al margen de las partidasí referidas, por el Servicio de Registro Civil e identificaci n. ó III.- Sirva la presente sentencia de suficiente y atento Oficio remisor, previa certificaci n de estar firme y ejecutoriada. ó AN TESE, NOTIF QUESE, D SE COPIA A COSTA DELÓ Í É SOLICITANTE Y EN SU OPORTUNIDAD ARCH VESE.-Í Dictada por do a Margarita Navarrete Zurita, Jueza Suplente de este Primerñ Juzgado Civil de Rancagua.- Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Rancagua, veintitr s de Junio de dos mil veintid s.é ó Código: EYWXXXDWRXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-06-23T10:45:48-0400
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ROL V 224-2021 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Rancaguaº CAUSA ROL : V-224-2021 CARATULADO : ALFARO/ Rancagua, veintitr s de Junio de dos mil veintid sé ó VISTOS: PRIMERO: Que en folio 1 comparece don MATIAS ALBERTO ALFARO CAROCA, Cedula de identidad n mero: 20.371.683-4. Estudiante, domiciliado enú Pasaje Oyague n 2561, Villa Nelson Pereira. Comuna de Rancagua., quien
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