13º Juzgado Civil de Santiago

CHILECTRA S.A. / SANZANA

Rol

C-27024-2016

Fecha

23 de junio de 2022

Materia

PESOS, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Con fecha 26 de octubre de 2016, comparece don Felipe Contreras Carrasco, abogado, en representación de Chilectra S.A., del giro distribución y venta de energía eléctrica, ambos con domicilio en calle Huérfanos N°886, oficina 1211, comuna de Santiago, quien viene en deducir demanda de cobro de pesos en procedimiento ordinario de menor cuantía en contra de doña Ana Sanzana Durán, ignora profesión u oficio, con domicilio en Pasaje Rafael Hernández Samaniego N°7976, comuna de Macul, por los

Fundamentos

fundamentos de hecho y de derecho que señala en su escrito. Con fecha 27 de mayo de 2020, se notificó la demanda en forma personal subsidiaria a la demandada. Por resolución de 3 de julio de 2020, se tuvo por contestada la demanda en rebeldía de la demandada, citándose a audiencia de conciliación. Con fecha 29 de octubre de 2020, se efectuó el llamado a conciliación, con la asistencia de ambas partes, sin resultados. Por resolución de 13 de noviembre de 2020, se recibió la causa a prueba, resolución notificada a la parte demandada el 24 de noviembre de 2020 y a la parte demandante por resolución de 13 de enero del año 2021. Con fecha 10 de junio de 2022, se citó a las partes a oír sentencia. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 26 de octubre de 2016, comparece don Felipe Contreras Carrasco, abogado, en representación de Chilectra S.A., quien viene en deducir demanda de cobro de pesos en procedimiento ordinario de menor cuantía en contra de doña Ana Sanzana Durán, todos ya individualizados en autos, por los antecedentes de hecho y de derecho que indica. Funda su demanda en el hecho que su representada otorgó servicios de energía eléctrica al inmueble de la demandada, sin embargo, la contraria ha mantenido un comportamiento habitual de mantener impaga su deuda para con su representada, adeudando al día de hoy, por concepto de suministro eléctrico $5.753.000.-, más intereses y reajustes correspondientes a la deuda impaga, como consta en de la boleta electrónica N°158243410, Nº de Cliente 1158261-3, con vencimiento el 8 de octubre de 2016. C-27024-2016 Foja: 1 Previas citas legales, solicita tener por deducida demanda en juicio ordinario de menor cuantía de cobro de pesos, en contra de doña Ana Sanzana Durán, acogerla a tramitación y en definitiva condenarla al pago de $5.753.000.- más intereses, reajustes, y costas; SEGUNDO: Que, no compareciendo la demandada al proceso se tuvo por contestada la demanda en su rebeldía, silencio al que ha de atribuírsele la consecuencia de negar todos los hechos, quedando entonces la actora obligada a probar sus asertos; TERCERO: Que con fecha 13 de noviembre de 2020, se recibe la causa a prueba, fijándose como hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, los allí indicados, resolución notificada a ambas partes; CUARTO: Que la parte demandante a fin de acreditar los fundamentos de su acción, acompañó los siguientes documentos: 1.- Boleta Electrónica N°158243410, Nº de Cliente 1158261-3, con vencimiento el 8 de octubre de 2016; QUINTO: Que, por su parte, la demandada no rindió prueba alguna en los autos; SEXTO: Que son hechos de la causa por así encontrase establecidos en el proceso los siguientes: 1.- Que, el inmueble de Pasaje Rafael Hernández Samaniego N°7976, comuna de Macul, registra al 8 de octubre de 2016, de acuerdo a la boleta electrónica acompañada, no objetada de contrario, una deuda por suministro de energía eléctrica, ascendente $5.753.000.-, sin que conste en autos que

Fallo

se declara; I.- Que, se acoge la demanda de lo principal de presentación de fecha 26 de octubre de 2016, y se condena a la demandada a pagar al actor la suma de $5.753.000.- con reajustes e intereses conforme lo señalado en el considerando noveno. II.- Que, se condena en costas a la demandada. Regístrese y archívese. Notifíquese personalmente o por cédula. Rol N° C- 27024-2016. Pronunciada por Daniel Platt Astorga, Juez Suplente del Décimo Tercer Juzgado Civil de Santiago. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veintitrés de Junio de dos mil veintidós Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 03 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos h o r a s . P a r a m á s i n f o r m a c i ó n c o n s u l t e http://www.horaoficial.cl 2022-06-23T14:20:31-0400 2022-06-23T15:02:27-0400

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C-27024-2016 Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 13º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : C-27024-2016 CARATULADO : CHILECTRA S.A. / SANZANA Santiago, veintitrés de Junio de dos mil veintidós VISTOS Con fecha 26 de octubre de 2016, comparece don Felipe Contreras Carrasco, abogado, en representación de Chilectra S.A., del giro distribución y venta de energía eléctrica, ambos con domi

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