NÚÑEZ/BRICEÑO
Rol
C-864-2022
Fecha
22 de junio de 2022
Materia
ARRENDAM.TERMINACIÓN INMEDIATA POR NO PAGO RENTAS O RECONVEN
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Que con fecha 27 de marzo del 2022, folio 1, comparece don Leonardo C rdenas Alfaro, c dula nacional de identidad N° 14.583.304-3, abogado, ená é representaci n de do a ó ñ DIGNA CHITA N EZ ALARC NÚÑ Ó , c dula nacional deé identidad N° 3.095.820-9 rentista, ambos domiciliados para estos efectos en calle Prat 887, piso 6, comuna de Valpara so, quien en lo principal interpone demandaí de terminaci n inmediata de contrato de arrendamiento por no pago de rentas yó cobro de stas, en contra de don é FERNANDO AM RICO BRICE OÉ Ñ VERDINA, c dula nacional de identidad N° 8.404.510-1, empresario, domiciliadoé en Avenida Valpara so N° 888, comuna de Vi a del Mar, solicitando se declareí ñ terminado el contrato de arrendamiento por no pago de rentas, se condene al demandado a pagar la suma de $ 21.450.000.- por concepto de rentas impagas, así como las deudas por consumo de servicios b sicos domiciliarios, se le condene a laá restituci n de la propiedad arrendada dentro de tercero d a de notificada laó í sentencia al demandado o dentro de tercero d a que sta cause ejecutoria, o dentroí é del plazo que el Tribunal determine, m s aquellas rentas y deudas por consumosá b sicos que se devenguen durante la tramitaci n del juicio y hasta que laá ó restituci n se efect e, todo ello con intereses, reajustes y costas.ó ú Que al primer otros de la misma presentaci n, interpone en subsidio,í ó demanda de t rmino de contrato de arrendamiento por infracci n grave de lasé ó obligaciones del contrato, acci n fundada en el no pago de las rentas y los gastosó por consumo de servicios b sicos domiciliarios, solicitando se declare terminado elá contrato de arrendamiento, disponiendo la restituci n de la propiedad arrendadaó dentro de tercero d a de notificada la sentencia al demandado o dentro de terceroí d a que sta cause ejecutoria, o dentro del plazo que el Tribunal determine, y seí é Código: XNERXXQEFBX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://v
Fundamentos
Considerando: Primero: De las demandas. Que en lo principal de la presentaci n deó fecha 27 de marzo de 2022, folio 1, comparece don Leonardo C rdenas Alfaro,á abogado, en representaci n de do a Digna Chita N ez Alarc n, quien interponeó ñ úñ ó demanda de terminaci n inmediata de contrato de arrendamiento por no pago deó las rentas y cobro de stas, en contra de don Fernando Am rico Brice o Verdina,é é ñ todos ya individualizados; solicitando se declare terminado el contrato de arrendamiento por no pago de rentas, se condene al demandado a pagar la suma de $ 21.450.000.- por concepto de rentas impagas, as como las deudas porí consumo de servicios b sicos;á se le condene a la restituci n de la propiedadó arrendada dentro de tercero d a de notificada la sentencia o de que sta causeí é ejecutoria, o dentro del plazo que el Tribunal determine, m s aquellas rentas yá deudas por consumos b sicos que se devenguen durante la tramitaci n del juicio yá ó hasta que la restituci n se efect e, todo ello con reajustes de acuerdo a laó ú variaci n del I.P.C. m s intereses y costas.ó á Refiere que su representada es due a del inmueble ubicado en Avenidañ Valpara so N° 888, de la comuna de Vi a del Mar, el cual lo tiene dado ení ñ arrendamiento a don Fernando Am rico Brice o Verdina. Indica que dichaé ñ propiedad se otorg en arriendo al demandado, mediante contrato de arrendamientoó celebrado en el mes de febrero del a o 2006, el cual empez a regir a partir delñ ó 01 de febrero del mismo a o, entendi ndose prorrogado en iguales condiciones siñ é Código: XNERXXQEFBX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl las partes no le pusieren t rmino. Agrega que la renta de arrendamiento estipuladaé originalmente era de $ 550.000.- mensuales, pagaderos los 5 primeros d as de cadaí mes y reajustados conforme al I.P.C. Se ala que es del caso consignar que el contrato de arrendamiento deñ marras, se celebr entre don Luciano Morchio Sambuceti y don Fernando Am ricoó é Brice o Medina; que, sin embargo, don Luciano Morchio falleci el 13 de octubreñ ó de 2012, quedando como heredera en calidad de c nyuge sobreviviente suó representada, do a Digna Chita N ez Alarc n, ello seg n consta en inscripci nñ úñ ó ú ó especial de herencia de fojas 2633, N°3058, del a o 2015 del Conservador deñ Bienes Ra ces de Vi a del Mar, siendo ella la persona a quien con posterioridad alí ñ fallecimiento de don Luciano, el demandado le pagaba las rentas de arrendamiento, continuando por ello el contrato. Expresa que es del caso que el demandado desde 4 a os a la fecha, no pagañ las rentas, no efectuando pago alguno durante los a os 2019, 2020 y 2021,ñ adeudando por ello la suma de $ 19.800.000.-; situaci n que no ha variado duranteó el a o 2022, adeudando desde los meses de enero a marzo inclusive fecha deñ – presentaci n de la demanda-, por lo que adeuda este a o la suma de $ 1.650.000.-,ó ñ ascendiendo en definitiva la deuda total a $ 21.450
Fallo
por tanto de buena fe; por lo que solicitaó se declare terminado el contrato de arrendamiento y se condene a la demandada a pagar la suma de 585 Unidades de Fomento o el monto que el Tribunal determine, ello por los perjuicios causados a su representada tanto por concepto de da oñ emergente como moral, con costas. Que en la misma oportunidad la demandada Código: XNERXXQEFBX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl reconvencional procede a contestar la demanda reconvencional, solicitando su rechazo con expresa condenaci n en costas, ello habida consideraci n, seg n indica,ó ó ú a que no es efectivo lo se alado por la contraria en cuanto a las reparaciones queñ seg n ella se le solicit realizar, no siendo procedente la indemnizaci n deú ó ó perjuicios solicitada, al no concurrir los requisitos que se precisan para que sta seé configure. Luego en la misma audiencia, se efectu el llamado a conciliaci n, la que noó ó se produce. Recibi ndose finalmente la causa a prueba, rindi ndose la que constaé é en autos. Que con fecha 02 de junio del 2022, folio 23, se cit a las partes a o ró í sentencia. Considerando: Primero: De las demandas. Que en lo principal de la presentaci n deó fecha 27 de marzo de 2022, folio 1, comparece don Leonardo C rdenas Alfaro,á abogado, en representaci n de do a Digna Chita N ez Alarc n, quien interponeó ñ úñ ó demanda de terminaci n inmediata de contrato de arrendamiento por no pago deó las ren
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FOJA: 25 .- veinticinco .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado Civil de Vi a del Marñ CAUSA ROL : C-864-2022 CARATULADO : N EZ/BRICE OÚÑ Ñ Vi a del Marñ , veintid s de Junio de dos mil veintid só ó Vistos: Que con fecha 27 de marzo del 2022, folio 1, comparece don Leonardo C rdenas Alfaro, c dula nacional de identidad N° 14.583.304-3, abogado, ená é representaci n de do a ó ñ DIGN
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