VILLEGAS/BANCO DE CHILE
Rol
C-25-2022
Fecha
22 de junio de 2022
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que, con fecha 06 de enero de 2022, comparece do a Vanessa Musso C rcamo,ñ á abogada, domiciliada en Avenida Libertad N 63, Oficina 601, Edificio Nuevo Centro° II, Vi a del Mar, en representaci n de do a ñ ó ñ Magda Cecilia Villegas Valenzuela, chilena, casada, manipuladora de Alimentos, C dula Nacional de Identidad Né ° 8.836.417-1, domiciliada en calle Nogales N 26, Barrio O Higgins, Valpara so° ’ í , quien interpone demanda de prescripci n extintiva en contra del ó Banco de Chile, representado legalmente por do a Paula Cort s Villarroel, ignora profesi n u oficio,ñ é ó ambos con domicilio en Cochrane N 785, Valpara so.° í Que, con fecha 20 de abril de 2022, se tuvo por extinguido el plazo para contestar la demanda. Que, con fecha 21 de abril de 2022 el demandante evacu la r plica.ó é Que, con fecha 25 de abril de 2022, la parte demandada evac a la d plica.ú ú Que, con fecha 12 de mayo de 2022 se realiz la audiencia de conciliaci n.ó ó Que con fecha 13 de junio de 2022 y no existiendo hechos pertinentes y controvertidos, se cit a las partes a o r sentencia.ó í
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 06 de enero de 2022 comparece do a ñ Vanessa Musso C rcamoá en representaci n de do a Magda Cecilia Villegas Valenzuela, ó ñ quien interpone demanda de prescripci n extintiva en contra de ó del Banco de Chile, en raz nó de los siguientes fundamentos. Indica que su representada con fecha 13 de octubre de 2011 firm el pagar Nó é ° 357-00-008965-1, por la suma $3.255.418, el cual se pagar a en 47 cuotas iguales,í sucesivas y mensuales de $103.700.- y una ltima cuota de $ 147.152, con una tasa deú inter s de 1,80% mensual, pagaderas desde el 12 de diciembre del a o 2011.é ñ Código: KSMZZZWMMV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 Se ala que el demandado ejerci acci n de cobro en la causa ñ ó ó C-2662-2012, seguida ante el Cuarto Juzgado Civil de Valpara so, í la que fue notificada personalmente con fecha 14 de septiembre del a o 2012 y archivada el 19 de noviembre del a o 2013. ñ ñ Desde esa fecha hasta la actualidad, la acci n de cobro no fue seguida adelante,ó aplic ndose la hip tesis contemplada en los art culos 2514 y 2515 del C digo Civil,á ó í ó operando as lí a prescripci n extintiva de la obligaci n que ten a la acci n ordinaria deó ó í ó cobro del contrato (sic), que de conformidad con lo preceptuado en el art culo 2515 delí C digo Civil prescribe en cinco a os, contado desde el 14 de septiembre del a o 2012,ó ñ ñ fecha de notificaci n de la demanda, dado que han transcurrido m s de 9 a os.ó á ñ Expone que tambi n, ha operado la prescripci n de la acci n cambiaria derivadaé ó ó del pagar de acuerdo con lo dispuesto en el art culo 98 de la Ley N 18.092 es de uné í ° a o, contado desde el d a del vencimiento del documento, esto es, 12 de noviembre delñ í a o 2015, conforme a la redacci n del mismo pagar y la aplicaci n de la cl usula deñ ó é ó á aceleraci n en caso de incumplimiento de cualquier cuota.ó As las cosas, desde la fecha de notificaci n de la demanda y posterior archivo deí ó los antecedentes de la causa de cobro, esto es, el 14 de septiembre del a o 2012 y 19 deñ noviembre del a o 2013, respectivamente, a la actualidad, han pasado m s de 9 a os,ñ á ñ por lo que la obligaci n que exist a ya no es exigible encontr ndose prescritas por lasó í á razones indicadas. En cuanto al derecho invoca lo prevenido en el art culo 2493, y 2515 del C digoí ó Civil, y lo dispuesto en el art culo 98 de la Ley 18.092. í En virtud de los fundamentos expuestos, solicita tener por interpuesta demanda, y en consecuencia, se acoja y se declare la prescripci n extintiva de la acci n ordinaria deló ó contrato, como tambi n la acci n cambiaria derivada del pagar , con expresa condenaé ó é en costas. SEGUNDO: Que, con fecha 20 de abril de 2022 se tuvo por extinguido el plazo para contestar la demanda. TERCERO: Que, con fecha 21 de abril de 2022 la demandante evacu laó r plica ratificando los argumentos en la demanda. é CUARTO: Que, con fecha
Fallo
se declara: I.- Que se acoge la demanda interpuesta en lo principal de la presentaci n deó fecha 06 de enero de 2022, en consecuencia se declaran prescritas las acciones para el cobro del pagar N 357-00-008965-1, suscrito por la demandante a favor del Banco deé ° Chile, con fecha 13 de octubre de 2011. II.- Que, cada parte pagar sus costas.á Notif quese, reg strese y arch vese en su oportunidad.í í í Rol C-25-2022 Pronunciada por do a ñ Silvia Veloso Bustos, Juez Titular del Quinto Juzgado Civil de Valpara so.í Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Valparaiso, veintid s de Junio de dos mil veintid só ó Código: KSMZZZWMMV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-06-22T11:40:35-0400
Texto Completo (Preview)
RIT« » Foja: 1 FOJA: 25 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 5 Juzgado Civil de Valpara soº í CAUSA ROL : C-25-2022 CARATULADO : VILLEGAS/BANCO DE CHILE Valparaiso, veintid s de Junio de dos mil veintid só ó VISTOS: Que, con fecha 06 de enero de 2022, comparece do a Vanessa Musso C rcamo,ñ á abogada, domiciliada en Avenida Libertad N 63, Oficina 601, Edificio Nuevo Centro° II, Vi a del
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica