SAONA/BARBOSA
Rol
M-2134-2022
Fecha
27 de marzo de 2023
Materia
Despido injustificado, Nulidad del despido, Otras Indemnizaciones, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS NO CONTROVERTIDOS - · LLAMADO A CONCILIACION X · 1. TOTAL - · 2. PARCIAL - · RECIBE LA CAUSA A PRUEBA X · OFRECE E INCORPORA PRUEBA X · 1. DEMANDANTE SI · A. DOCUMENTAL X · B. CONFESIONAL - · C.TESTIMONIAL - · D. OTROS MEDIOS DE PRUEBA (exhibición y oficios) - · 1. DEMANDADA NO · A. DOCUMENTAL - · B. CONFESIONAL - · C.TESTIMONIAL - · D. OTROS MEDIOS DE PRUEBA (exhibición y oficios) - · OBSERVACIONES A LA PRUEBA X · SUSPENSIÓN DE LA AUDIENICA - · CITA A NOTIFICACIÓN DE LA SENTENCIA - · SENTENCIA X Se deja constancia que efectuados los llamados se realiza la audiencia en rebeldía de la parte demandada, debido a que se encuentra legalmente notificada según consta en los antecedentes que se han revisado por esta Magistrado. Resolviendo escritos pendientes: Al escrito cumple lo ordenado de la parte demandante: A todo, téngase presente. RELACION DE LOS HECHOS: Consta íntegramente en audio. CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA: Consta íntegramente en audio. CONCILIACIÓN: Llamadas las partes a conciliación, esta no se produce, en atención a la rebeldía de las demandadas. HECHOS CONTROVERTIDOS: I. Efectividad de haber mantenido la actora una relación de carácter laboral con alguna de las demandadas. Hechos y circunstancias que permitan establecerlo. II. Monto de la remuneración de la trabajadora para efectos previsionales. III. En la afirmativa del punto número uno, efectividad de haberse otorgado los feriados a la trabajadora de conformidad a la Ley, tanto legales como proporcionales. IV. Efectividad de haberse pagado las cotizaciones previsionales de la actora en la AFP Plan Vital, incluido el 4,11% en el periodo que va entre diciembre del año 2021 y marzo del año 2022. MEDIOS DE PRUEBA PARTE RECLAMANTE OFRECE E INCORPORA PRUEBA: Documental: 1. Contrato de trabajo de fecha, 08 de enero de 2022. 2. Licencia médica folio N°66176562-3, emitida el 15 de febrero de 2022. 3. Licencia médica folio N°67089930-6, emitida el 03 de marzo de
Fundamentos
motivos segundo a quinto de la sentencia ya dictada. II. Que habiéndose desistido el abogado de la demandante de la acción de nulidad de despido tampoco se emite pronunciamiento respecto de la misma. III. Que en cuanto a la acción de cobro de prestaciones deducida se condena a la demandada Pilar Andrea Barbosa Herrera al pago de la suma única y total de $48.000.- por concepto de feriado proporcional a la trabajadora demandante, que deberá ser pagado más intereses y reajustes, de conformidad con lo dispuesto en los artículo 73 y 173 del Código del Trabajo. IV. Que se dispone oficiar a la AFP Plan Vital a efectos de que tome conocimiento de lo resuelto en estos antecedentes y disponga lo pertinente respecto de las cotizaciones previsionales que se encuentran impagas en favor de la trabajadora. V. Cada parte pagara sus costas. Dictada por doña JUANA AMELIA ALVAREZ ARENAS, Juez Titular del 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Siendo las 10:57 horas, se pone término a la presente audiencia. Las partes quedan notificadas de las resoluciones dictadas en esta audiencia, conforme lo establece el artículo 426 inciso primero del Código del Trabajo. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. 1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. En Santiago, a veinticuatro de marzo de dos mil veintitrés. REGISTRO DE AUDIO
Fallo
se declara: I. Que habiéndose declarado caduca la acción de despido injustificado esta Magistrado no emite pronunciamiento sobre tal acción deducida, conforme a lo razonado en los motivos segundo a quinto de la sentencia ya dictada. II. Que habiéndose desistido el abogado de la demandante de la acción de nulidad de despido tampoco se emite pronunciamiento respecto de la misma. III. Que en cuanto a la acción de cobro de prestaciones deducida se condena a la demandada Pilar Andrea Barbosa Herrera al pago de la suma única y total de $48.000.- por concepto de feriado proporcional a la trabajadora demandante, que deberá ser pagado más intereses y reajustes, de conformidad con lo dispuesto en los artículo 73 y 173 del Código del Trabajo. IV. Que se dispone oficiar a la AFP Plan Vital a efectos de que tome conocimiento de lo resuelto en estos antecedentes y disponga lo pertinente respecto de las cotizaciones previsionales que se encuentran impagas en favor de la trabajadora. V. Cada parte pagara sus costas. Dictada por doña JUANA AMELIA ALVAREZ ARENAS, Juez Titular del 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Siendo las 10:57 horas, se pone término a la presente audiencia. Las partes quedan notificadas de las resoluciones dictadas en esta audiencia, conforme lo establece el artículo 426 inciso primero del Código del Trabajo. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. 1º Juzgado
Texto Completo (Preview)
1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA PROCEDIMIENTO MONITORIO (Audiencia Presencial) FECHA Santiago, 24 de marzo de 2023 RUC 22-4-0424820-4 RIT M-2134-2022 CARATULADO SAONA/BARBOSA MAGISTRADO JUANA AMELIA ALVAREZ ARENAS ADMINISTRATIVO DE ACTAS Bernardita Estefanía Zamora Picciani HORA DE INICIO 10:25 HORA DE TERMINO 10:57 SALA Sala 3.2 Nº REGISTRO
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica