SEPÚLVEDA/FISCO DE CHILE /CDE SANTIAGO
Rol
C-15235-2020
Fecha
20 de junio de 2022
Materia
HACIENDA,PROCED.CUANTÍA SUPERIOR ART.. 749 C.P.C
Resultado
No especificado
Hechos
hechos era militante del partido° comunista, quien fue detenida el 15 de septiembre de 1973 alrededor de las 16:00 horas, en el domicilio de sus padres, ubicado en Pasaje M.I. Cruz 011, ciudad de Linares, en presencia de su compa era sentimental, suñ familia y algunos vecinos. Fue subido a un jeep militar y tirado al piso, recibiendo una patada en el sector izquierdo del rostro, lo que le provoc laó p rdida de algunas piezas dentales.é Indica que fue trasladado a la Escuela de Artiller a de Linares yí conducido a una sala en calidad de detenido. Luego, fue ingresado a la c rcel de Linares, donde fue incorporado al resto de los detenidos, siendo,á en el lugar, alrededor de 300 los presos pol ticos. Durante el traslado y en laí c rcel fue v ctima de golpizas e insultos soeces por parte de militares.á í Sostiene que en octubre de 1973, cerca de las 9:00, fue llevado a la Fiscal a Militar, que operaba en el regimiento de Linares, siendo desnudado,í amarrado con un alambre de tel fono y golpeado con un grueso trozo deé cable cubierto con aislante, golpiza que lo dej inconsciente hasta avanzadaó la tarde, siendo devuelto a la c rcel cerca de las 18:00 horas del mismo d a.á í Lo anterior se repiti dos veces m s durante el mes de octubre y una vez aó á principios del mes de noviembre. Manifiesta que, en el mes de enero del a o 1974, 84 presos pol ticos,ñ í entre los que se encontraba el demandado, fueron sacados de la c rcel yá llevados al regimiento de Linares, siendo introducidos en un viejo galp n deó 50 por 20 metros, donde permanecieron recluidos en condiciones deplorables hasta el mes de julio del mismo a o. Especifica que señ alimentaba del resto de las comidas de los soldados y que un capit n deá apellido Cruz, les orinaba lo poco comestible que ten an, adem s de sufrirí á C-15235-2020 Foja: 1 maltrato psicol gico, fr o y hambre, oblig ndolos a ducharse con aguaó í á g lida a las 5 de la ma ana.é ñ Agrega que el 04 de julio de 1974 fue llevado al campo de reclusi n
Fundamentos
fundamentos de hecho y de derecho de su contestaci n fiscal,ó especialmente en cuanto a la excepci n de prescripci n y la excepci n deó ó ó pago. Quinto. Que, se recibi la causa a prueba, estableci ndose los hechosó é sustanciales, pertinentes y controvertidos que all se se alaron.í ñ Sexto. Que, en respaldo de sus peticiones, la demandante rindió prueba documental, consistente en: 1. Art culo titulado Algunos Factores de Da o a la Salud Mental",í “ ñ elaborado por el Programa de Salud Mental de la Vicar a de laí Solidaridad. 2. Art culo titulado Algunos problemas de salud mental detectadosí “ por equipo psicol gico psiqui trico del mes de julio del a oó – á ” ñ 1978, elaborado por el programa de salud mental de la Vicar a deí la Solidaridad. 3. Art culo titulado Tortura, tratos crueles e inhumanos en 1980. Suí “ impacto psicol gico del mes de julio del a o 1980, elaborado poró ” ñ el programa de salud mental de la Vicar a de la Solidaridad.í C-15235-2020 Foja: 1 4. Art culo titulado Trabajo Social, una experiencia solidaria en laí “ promoci n y defensa de los Derechos Humanos del mes de Abriló ” del a o 1987, elaborado por las trabajadoras sociales Victoriañ Baeza Fern ndez, Norma Mu oz Pe ailillo, Mar a Luisaá ñ ñ í Sep lveda Edwards y Ximena Taibo Grossi, del departamentoú jur dico de la Vicar a de la Solidaridad. í í 5. Art culo titulado Salud Mental y violaciones a los Derechosí “ Humanos del mes de junio del a o 1989, elaborado por el Dr.” ñ Andr s Donoso, Dr. Guillermo Hern ndez, Ps. Sergio Lucero, Dr.é á Ramiro Olivares y Aux. Enf. Janet Ulloa, del equipo de salud de la Vicar a de la Solidaridad.í 6. Informe de la Comisi n Nacional sobre Prisi n Pol tica y Tortura,ó ó í Valech 1. 7. N mina de presos pol ticos y torturados Comisi n Valech 1.ó í ó 8. Evaluaci n de da o de fecha 25 de noviembre de 2020, emitidoó ñ por el Prais del Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente. S ptimo.é Que, la parte demandada acompa prueba documental,ñó consistente en el oficio N 23594, del Instituto de Previsi n Social de fecha° ó 29 de octubre de 2018, en el que se informa los beneficios econ micosó percibidos por la demandante de autos en virtud de la las leyes de reparaci n, avaluado en $ó 40.107.149.- Octavo. Que, atendido el m rito de los antecedentes que constan ené autos, esto es, lo expresado por ambas partes en la etapa de discusi n y laó prueba rendida, se tienen por acreditados lo siguientes hechos: Que, don Lenin Guillermo Sep lveda Ib ezú áñ fue detenido el 15 de septiembre de 1973 en la ciudad de Linares, siendo golpeado de pies en el rostro, por lo que perdi algunas piezas dentales, y que fue trasladado a laó Escuela de Artiller a de Linares y posteriormente a la c rcel de dicha ciudadí á en cuyo traslado fue v ctima de golpizas e insultos por parte de los militaresí y, durante su estad a, fue trasladado en tres ocasiones a la Fiscal a Militar,í í donde fue sometido a diversas torturas como ser desnudado, amarrado con un alambre de tel fo
Fallo
Por estas consideraciones y, de conformidad, con lo que establecen los art culos 47 y siguientes, 222 , 224, 236, 1437, 1700, 1706, 2492 y 2518í del C digo Civil; art culos 144, 160, 170, 342, 346, 426, 427 y 428 deló í C digo Civil; Constituci n Pol tica de la Rep blica; Convenci n Americanaó ó í ú ó de Derecho Humanos; Convenio de Ginebra de 1949, se resuelve que: I.- Se rechazan las excepciones de reparaci n y de prescripci nó ó deducidas por el demandado. II.- Se acoge, parcialmente, la demanda deducida a lo principal del escrito de fecha 06 de octubre de 2020 y, en consecuencia, se condena al Fisco de Chile a pagar a t tulo de da o moral, la sumaí ñ total de $ 50.000.000 (cincuenta millones de pesos) a favor de don Lenin Guillermo Sep lveda Ib ez.ú áñ III.- Que se exime del pago de las costas a la demandada. Reg strese, notif quese y en su oportunidad, arch vese.í í í Rol N C-15.235-2020.° C-15235-2020 Foja: 1 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veinte de Junio de dos mil veintid só Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 03 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos
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C-15235-2020 Foja: 1 FOJA: 42 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 16 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-15235-2020 CARATULADO : SEP LVEDA/FISCO DE CHILE /CDEÚ SANTIAGO Santiago, veinte de Junio de dos mil veintid s.ó Vistos. Que, con fecha 06 de octubre de 2020, comparece don Boris Paredes Bustos, abogado, domiciliado en Pasaje Doctor S tero del R o N 326,ó í º oficina N 707, co
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