BUSTAMANTE/
Rol
V-55-2021
Fecha
20 de junio de 2022
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: 1° Que, con fecha 30 de septiembre de 2021, a las 18:51 horas, folio N°1, comparece don EDUARDO RUBÉN BUSTAMANTE ZAMPONI, cédula de identidad N° 6.905.890-6, chileno, casado, minero, cédula nacional de identidad N°6.905.890-6, domiciliado en El Sauce N°12, comuna de La Serena, quien expone que en terrenos abiertos y sin cultivo, ubicados en la Región de Coquimbo, Provincia de Elqui, comuna de Andacollo, Sector de La Caldera, ha encontrado manifestaciones de sustancias concesibles, por lo que viene en solicitar la constitución de una concesión de exploración que denominara “CARMEN”. Indica que el punto medio de la cara superior de la concesión que solicita, se encuentra en las coordenadas U.T.M.: Norte 6.643.450 metros y Este 291.500 metros. Agrega, que el pedimento solicitado tendrá la forma de un rectángulo, con orientación Norte-Sur U.T.M. con 2.000 metros de largo en la dirección Norte-Sur, y 1.000 metros de ancho en dirección Este-Oeste, encerrando una superficie de 200 hectáreas. 2° Que, con fecha 05 de octubre de 2021, se inscribió el pedimento a fojas 79, bajo el número 46, Repertorio N°92-2021, del Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Andacollo correspondiente al año 2021, según consta en presentación de fecha 13 de diciembre de 2021, folio N°4. 3° Que, con fecha 13 de Octubre de 2021, se publicó el pedimento así inscrito, en el Boletín Oficial de Minería Nº 43.076. Asimismo, con fecha 12 de octubre de 2021 se enteró la tasa correspondiente al pedimento, en tanto que consta en autos que con fecha 10 de diciembre de 2021, se pagó la patente proporcional referida en el artículo 144 del Código de Minería, acompañando, además, el plano respectivo. 4° Que con fecha 13 de diciembre de 2021, folio N°4, el peticionario de autos solicitó se dictara sentencia constitutiva de la concesión de exploración “CARMEN”, indicando que la concesión minera de exploración abarcará todo el terreno pedido en estos autos, comprendiendo una superficie
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que del estudio de los antecedentes especificados, se desprende que no existen ilegalidades o faltas sobre las que el Tribunal deba pronunciarse, de conformidad a lo prescrito por el artículo 57 del Código de Minería. SEGUNDO: Que asimismo, se advierte que no se ha incurrido en la tramitación en vicios procesales o adjetivos, que resten valor al procedimiento, ni en caducidades que lo anulen. TERCERO: Que en consecuencia, se ha cumplido con todos los trámites y actuaciones establecidas por la ley minera, tanto en tiempo como en forma. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 2, 26, 27, 28, 34 y siguientes, 55, 56, 57, 58 y 87 del Código de Minería; artículos 1, 2, 42, y 43 de su Reglamento y artículos 1, 2, 5 y 10 de Ley Orgánica Constitucional sobre Concesiones Mineras,
Fallo
SE RESUELVE: I. Que se declara constituida la concesión minera de exploración denominada “CARMEN”, ubicada en la Región de Coquimbo, Provincia de Elqui, comuna de Andacollo, Sector de La Caldera, en favor de don EDUARDO RUBÉN BUSTAMANTE ZAMPONI, ya individualizado, cuyas coordenadas U.T.M. del punto medio son: Norte 6.643.450 metros y Este 291.500, pedimento comprendido dentro de un rectángulo, que mide 2.000 metros de largo en la orientación Norte-Sur U.T.M. y 1.000 metros de ancho en la orientación Este- Oeste U.T.M, con una superficie total de 200 hectáreas, siendo las coordenadas U.T.M. de los vértices del perímetro de la cara superior de la concesión de exploración, las indicadas precedentemente, y la relación entre el punto medio (PM) y el vértice V1, las indicadas en el numeral 4° de la parte expositiva de este fallo. II. Que se aprueba el plano acompañado en autos con fecha 17 de diciembre de 2021. III. Extráctese la presente sentencia constitutiva por el Señor Secretario Subrogante del Tribunal, o quien la reemplace en sus funciones, en los términos establecidos en el artículo 90 del Código de Minería y publíquese en el Boletín Oficial de Minería. IV. Inscríbase esta sentencia en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Andacollo y archívese una copia del plano respectivo. V. Remítase por el interesado, el plano original y copia de esta sentencia al Servicio Nacional de Geología y Minería. Regístrese, notifíquese y archívense los antecedentes e
Texto Completo (Preview)
FOJA: 18 .- Juzgado de Letras de Andacollo Rol N° : V-55-2021. Materia : Pedimento Minero (Concesión Exploración) Solicitante : Eduardo Rubén Bustamante Zamponi. Juez : Alejandra Vera Barahona. Fecha ingreso : 30 de septiembre de 2021. Código : P02M. Andacollo, veinte de junio de dos mil veintidós. VISTOS: 1° Que, con fecha 30 de septiembre de 2021, a las 18:51 horas, folio N°1, comparece don ED
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica