2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

FARÍAS/SOCIEDAD ADMINISTRADORA GULA LIMITADA

Rol

M-2028-2022

Fecha

23 de marzo de 2023

Materia

Asignación familia, Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Feriado legal, Feriado proporcional, Reajustes e intereses

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS CONTROVERTIDOS X DEMANDANTE OFRECE E INCORPORA PRUEBA X SENTENCIA X Se deja constancia demandada no obstante estar notificada, no comparece a la presente audiencia. Contestación de la demanda: Se tiene por evacuado el traslado en rebeldía de la demandada. Llamado a conciliación: Habiendo el Tribunal llamado a conciliación, ésta no se produce dada rebeldía de la demandada. Fija hechos controvertidos: 1. Fecha de inicio y término de la relación laboral entre las partes. Remuneración pactada y percibida por la demandante. 2. Prestaciones adeudas a la demandante al término de los servicios referida a 2 feriado legales y feriado proporcional. 3. Efectividad de adeudarse a la demandante asignaciones familiares del periodo que reclama, procedencia de tales cobros. 4. Estado de pago de las cotizaciones previsionales de la demandante en el mes de marzo del 2020. Medios de Prueba: La parte DEMANDANTE ofrece E INCORPORA los siguientes medios de prueba: Documental: 1. Anexo de contrato de trabajo de fecha 05 de marzo de 2014. 2. Certificado de Vigencia de contrato de fecha 27 de enero de 2021. 3. Liquidaciones de remuneraciones de los meses de mayo de 2018; agosto a octubre de 2019; y de octubre de 2020 a marzo de 2021. 4. Certificado de cargas familiares acreditadas de Caja Los Andes de fecha 05 de agosto de 2022. 5. Dos certificados de afiliación de Caja Los Andes de fecha 08 de agosto de 2022. 6. Renuncia voluntaria de fecha 23 de mayo de 2022. 7. Presentación de Reclamo ante la Inspección del Trabajo de Santiago, Nº 1318/2022/10193 de fecha 06 de junio de 2022. 8. Acta de Audiencia Vía Teams ante la Inspección del Trabajo de Santiago, Centro de Conciliación y Mediación Región Metropolitana, de fecha 11 de julio de 2022. 9. Certificado de Cotizaciones Previsionales de AFP Provida S.A., de fecha 26 de julio de 2022. 10. Certificado de Cotizaciones de la Administradora de Fondos de Cesantía, de fecha 26 de julio de 2022. 11. Certificado

Fundamentos

CONSIDERANDO: Parte resolutiva En consecuencia y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5 7, 10, 11, 42, 54, 58, 63, 67, 73, 420 y siguientes; 453, 494, 496 y siguientes del Código del Trabajo, Decreto con fuerza de Ley N°150 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social del año 1981 en especial su artículo 11°,

Fallo

se resuelve: I. Que HA LUGAR a la demanda interpuesta por doña ROMINA IVONNE FARÍAS CÁDIZ, en contra de SOCIEDAD ADMINISTRADORA GULA LIMITADA RUT 76.364.789-7, representado por don Ignacio Ureta Fernández y se declara: 1.- Que entre las partes existió un vínculo laboral en los términos del artículo 7° del Código del Trabajo entre el 17 de enero del año 2011 y el 23 de mayo del 2022. 2- Que la demandada debe pagar a la demandante las siguientes prestaciones: a. $423.854.- por asignación familiar de 2 hijos de la demandante del periodo octubre 2020 a mayo del 2022. b. $612.486.- por feriado legal de los dos últimos años trabajados. c. $107.185.- por feriado proporcional. d. Cotizaciones previsionales en AFP Provida, AFC Chile y Fonasa de 19 días de marzo del 2020, oficiándose al efecto. II.- Que las sumas ordenadas pagar deberán serlo más reajustes e intereses de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 63° del Código del Trabajo. III. Que no se condena en costas a la demandada por no haber existido oposición. Ejecutoriada que sea la presente sentencia, cúmplanse lo dispuesto en ella dentro de quinto día, en caso contrario certifíquese y pasen los pasen los antecedentes al Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional respectivo, todo ello conforme lo dispuesto en el artículo 462 del Código del Trabajo. Manténganse los documentos en custodia y devuélvanse a la partes una vez ejecutoriada la presente sentencia. Archívense los antecedentes en su oportunidad. Téngase a las part

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ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA PROCEDIMIENTO DE RECLAMO MONITORIO FECHA 23 DE MARZO DE 2023 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 6 RUC 22-4-0422877-7 RIT M-2028-2022 MAGISTRADA LORENA FLORES CANEVARO ADMINISTRATIVA DE ACTAS CONSTANZA SANTELICES CÉSPED HORA DE INICIO 10:23 HORAS HORA DE TÉRMINO 11:14 HORAS N° REGISTRO DE AUDIO 22

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