BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/LARACH
Rol
C-14229-2020
Fecha
16 de junio de 2022
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Que compareció don José Miguel Matte Risopatrón, abogado, mandatario judicial del Banco de Crédito e Inversiones, sociedad anónima bancaria del giro de su denominación, representado a su vez por el señor gerente general don Eugenio Von Chrismar Carvajal, ingeniero civil, todos domiciliados para estos efectos en Avda. Libertador Bernardo O’Higgins N° 1449 Torre IV, Piso 8, Edificio Santiago Dow-Town, comuna de Santiago, quien dedujo demanda ejecutiva de cobro de pagaré, en contra de doña Natalia de las Mercedes Larach Jana, ignora profesión u oficio, domiciliada en Las Bellotas N° 219, depto. 111, comuna de Providencia y/o Pedro Montt 1606, edificio B, piso 9, comuna de Santiago, y solicita se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra, por la suma de $44.327.854.-, más intereses y costas. Señala que el título cuyo cobro se persigue con la demanda consiste en el pagaré, suscrito a la orden de Banco de Crédito e Inversiones, por la apoderada debidamente facultada al efecto, el 24 de enero de 2020, por la cantidad de $44.744.745, por concepto de capital, se pactó que la obligación devengaría un interés del 0,96% mensual, y que en caso de mora o simple retardo en el pago de cualquiera de las cuotas del pagaré, se elevaría dicha tasa al interés máximo convencional. El monto adeudado junto a los intereses se pagaría en 84 cuotas mensuales, iguales y sucesivas de $793.351.-, venciendo cada una de ellas el día 6 de cada mes, a partir del 6 de abril de 2020, y en caso de no pago C-14229-2020 Foja: 1 oportuno de cualquiera de las cuotas, el acreedor está facultado a hacer exigible la totalidad del saldo insoluto a esa fecha, considerándose a plazo vencido para todos los efectos legales. La ejecutada de autos no pagó la cuota N° 4, cuyo vencimiento fue el 2 de julio de 2020, por lo que el Banco de Crédito e Inversiones, mediante la presentación de la demanda, exige el pago de la totalidad de lo adeudado (comprendiendo la amortización de las cuotas, int
Fundamentos
fundamentos de la excepción de falta de mérito ejecutivo, en atención a la falta de facultades del mandatario y la exoneración de la obligación de protesto. El ejecutante evacuó el traslado el 18 de noviembre de 2020, solicitando el rechazo de las excepciones con costas, señala que en caso de haberse concedido esperas o prorrogas serían antecedentes que debiesen constar en el pagaré mismo, o una hoja de prolongación de este, lo que no ha ocurrido. En cuanto a la falta de requisitos del título y la nulidad de la obligación, precisa que su actuar se enmarco dentro de la facultades conferidas en la cláusula vigésima del contrato suscrito. Por resolución del 20 de noviembre de 2020,
Fallo
se declararon admisibles las excepciones, y se recibió la causa a prueba, fijando como puntos sustanciales, pertinentes y controvertidos: “1.- Efectividad de haber suscrito la ejecutada un mandato en virtud del cual doña Marianela Rojas Quiero este facultada para suscribir un pagaré en su representación. 2.- Efectividad de haber concedido la acreedora esperas o prórrogas del plazo a la demandada, respecto de la presente obligación.”. C-14229-2020 Foja: 1 Por resolución de 21 de enero de 2022, se citó a las partes a oír sentencia. Considerando: Primero: Que han comparecido don José Miguel Matte Risopatrón, mandatario judicial del Banco de Crédito e Inversiones, quien dedujo demanda ejecutiva de cobro de pagaré, en contra de doña Natalia de las Mercedes Larach Jana, solicita que se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra, por la suma de $44.327.854.-, más intereses y costas. Fundamentaron su demanda ejecutiva sobre la base de los antecedentes de hecho y de derecho expuestos en la parte expositiva de esta sentencia que se tienen por íntegramente reproducidos. Segundo: Que al comparecer la ejecutada Natalia de Las Mercedes Larach Jana, quien se opuso a la ejecución y deduce las excepciones de concesión de esperas o prorrogas del plazo, la falta de alguno de los requisitos o condiciones establecidos por las leyes para que dicho título tenga fuerza ejecutiva, sea absolutamente, sea con relación al demandado, y la nulidad de la obligación, reguladas en los numer
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C-14229-2020 Foja: 1 FOJA: 27 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 11º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : C-14229-2020 CARATULADO : BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/LARACH Santiago, dieciséis de Junio de dos mil veintidós Vistos: Que compareció don José Miguel Matte Risopatrón, abogado, mandatario judicial del Banco de Crédito e Inversiones, sociedad anónima bancaria del giro de su denomi
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