28º Juzgado Civil de Santiago

PRIETO/MUNICIPALIDAD INDEPENDENCIA

Rol

C-6049-2021

Fecha

17 de junio de 2022

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Con fecha 19 de julio de 2021, comparece Juan Carlos Prieto M rquez, c dula nacionalá é de identidad N 11.443.977-0.-, domiciliado en pasaje Diecinueve Norte N 1095, comuna° ° de Independencia, y expone: Que viene en interponer demanda ordinaria de prescripci n extintiva de derechos municipales de aseo domiciliario en contra de laó Ilustre Municipalidad de Independencia, Rut N 69.255.500-7.-, representada legalmente° por su Alcalde don Gonzalo Dur n Baronti, ambos domiciliados en Avenidaá Independencia N 753, comuna de Independencia.° Funda su demanda en que es due o del inmueble ubicado en pasaje Diecinueve Norteñ N 1095, comuna de Independencia, inscrito a su nombre a Fojas 5198, N mero 4241,° ú del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Santiago, del a o 2004.í ñ Se ala que a inicios del mes de junio del a o 2021 tom conocimiento, medianteñ ñ ó informe de deuda, emitido por el Departamento Impuestos y Derechos de la Municipalidad de Independencia, que el inmueble antes individualizado, mantiene una deuda por no pago de una serie de cuotas de derechos de aseo domiciliario, deuda que asciende a $2.475.419.-, cuyo vencimiento es de 31 de julio del a o 2004 y la ltimañ ú cuota por la que se alega la prescripci n, es de 31 de mayo del a o 2016, encontr ndoseó ñ á todo el periodo de tiempo afecto a esa cobranza prescrito, por la suma total de $1.835.886.- En cuanto a los

Fundamentos

fundamentos de derecho expone que el inciso primero del art culo 2514í del C digo Civil, dispone que la prescripci n que extingue las acciones y derechos ajenosó ó exige solamente cierto lapso, durante el cual no se hayan ejercido dichas acciones; y en su inciso segundo se ala que se cuenta ese tiempo desde que la obligaci n se haya hechoñ ó exigible. Por su parte, el art culo 2515 del mismo cuerpo legal, se ala que el tiempo deí ñ prescripci n es en general de cinco a os para las acciones ordinarias. ó ñ Alega que las acciones que la municipalidad demandada para cobrar la deuda antes aludida, han prescrito por haber transcurrido en exceso el periodo para que opere dicha instituci n, sin que se haya producido interrupci n ni suspensi n alguna, y cumpli ndoseó ó ó é los dem s requisitos legales, de manera que las cuotas correspondientes a los a os 2004 aá ñ 2016 se encuentran prescritas, por lo que con el m rito de las disposiciones legales queé invoca, pide se tenga por interpuesta demanda de prescripci n extintiva de derechosó municipales de aseo, en contra de la I. Municipalidad de Independencia, ya individualizada, acogerla a tramitaci n y declarar en definitiva, prescrita la deuda poró concepto de derechos de aseo domiciliario, correspondiente al periodo comprendido entre los a os 2004 a 2016, inclusive, que asciende a $1.835.886.-, con sus reajustes,ñ intereses y multas, con expresa condena en costas. Esta demanda fue notificada con fecha 23 de septiembre de 2021. Con fecha 7 de octubre de 2021, comparece la abogada Vanessa Quiroz Santos, en representaci n de la I. Municipalidad de Independencia, y expone que viene en aceptaró la demanda interpuesta en contra de su representada, I. Municipalidad de Independencia, representada por su Alcalde don Gonzalo Duran Baronti, declarando Código: SKXPZYRPZM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-6049-2021 Foja: 1 que las acciones legales para exigir el pago de la deuda por derecho de aseo, del per odoí comprendido 31 de julio de 2004 y 31 de mayo de 2016, ambos inclusive, y que afectar an al inmueble ubicado en calle Diecinueve Norte N 1095, comuna deí ° Independencia, se encuentran prescritas. Por resoluci n de 15 de octubre de 2021, se tuvo por contestada la demanda en rebeld aó í de la demandada. El 3 de enero de 2022, se efectu el llamado a conciliaci n.ó ó El 17 de enero de 2022, se recibi la causa a prueba, rindi ndose la que consta en autos.ó é Con fecha 3 de junio de 2022, se cit a las partes a o r sentencia. ó í CON LO RELACIONADO Y TENIENDO EN CONSIDERACI N:Ó PRIMERO: Que con fecha 19 de julio de 2021, comparece Juan Carlos Prieto M rquez, quien deduce demanda ordinaria de prescripci n extintiva de derechosá ó municipales de aseo domiciliario en contra de la Ilustre Municipalidad de Independencia, representada legalmente por su Alcalde don Gonzalo Dur n Baronti, fundado en que esá due o del inmueble ubicado en pasaje Diecinueve

Fallo

SE DECLARA: ° a) Que se acoge la demanda deducida el 9 de julio de 2021, por Juan Carlos Prieto M rquez, en contra de la I. Municipalidad de Independencia, representada por suá Alcalde, Gonzalo Andr s Dur n Baroti, y en consecuencia se declaran prescritas lasé á acciones para el cobro de los derechos de aseo domiciliario del inmueble ubicado en pasaje Diecinueve Norte N 1095, comuna de Independencia, por el per odo° í comprendido entre el 31 de julio de 2004 y 30 de septiembre de 2016, ambas fechas inclusive; b) Que no se condena en costas a la demandada, por haber litigado con fundamento plausible. Reg strese y arch vense los autos, en su oportunidad.í í DICTADA POR DO A CLAUDIA NATALIA VELOSO BURGOS, JUEZAÑ TITULAR. AUTORIZA DON MARIO LUIS ROJAS GALLEGUILLOS, SECRETARIO SUBROGANTE. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, diecisiete de Junio de dos mil veintid só Código: SKXPZYRPZM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-06-17T10:33:51-0400

Texto Completo (Preview)

C-6049-2021 Foja: 1 FOJA: 35 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 28 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-6049-2021 CARATULADO : PRIETO/MUNICIPALIDAD INDEPENDENCIA Santiago, diecisiete de Junio de dos mil veintid só VISTOS Con fecha 19 de julio de 2021, comparece Juan Carlos Prieto M rquez, c dula nacionalá é de identidad N 11.443.977-0.-, domiciliado en pasaje Diecinueve Norte N 10

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