2º Juzgado Civil de Santiago

AVLA SEGUROS DE CRÉDITO Y GARANTÍA S.A./GONZÁLEZ

Rol

C-1787-2022

Fecha

16 de junio de 2022

Materia

ARRENDAM.TERMINACIÓN INMEDIATA POR NO PAGO RENTAS O RECONVEN

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Con fecha 10 de marzo de 2022, comparece do a ñ Patricia Alejandra Silva Parra, abogado, en representaci n convencional de la sociedad ó AVLA SEGUROS DE CR DITO Y GARANT A S.A.,É Í sociedad del giro mercantil, cuyo Gerente General es don David Andr s Mu oz Soto, ingeniero civil industrial,; y esta sociedadé ñ a su vez como mandataria especial de HOUM MANAGEMENT SpA., sociedad por acciones representada por INSURTECH SPA y este a su vez por Jorge Enrique Labra Ben tez, ingeniero comercial y don Gianfranco Dante Nardiello Cartasegna,í ingeniero Civil, todos domiciliados para estos efectos en calle Cerro El Plomo 5420, piso 10, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, quien interpone demanda de t rmino de contrato de arrendamiento é por no pago de rentas, cobro de rentas insolutas y otras prestaciones e indemnizaci n de perjuicios en contra de donó MICHAEL ANTONIO GONZ LEZ M LLERÁ Ü , ignora profesi n u oficio,ó domiciliado en calle Montau 1509, departamento 303, comuna de Independencia, Regi n Metropolitana.ó Indica que la empresa que representa, en su calidad de representante del arrendador HOUM MANAGEMENT SpA, viene en deducir la presente demanda, fundado en la circunstancia que con fecha 13 de mayo 2021 la referida sociedad celebr un contrato de arrendamiento en su calidad de arrendadora con eló demandado, en calidad de arrendatario, sobre el inmueble ubicado en calle Montau N 1509, departamento 303, comuna de Independencia, Regi n Metropolitana° ó , para destinarlo a habitaci n. ó Agrega que en su cl usula quinta las partes pactaron una renta mensual deá $240.160, pagadera por mes adelantado, dentro de los cinco primeros d as de cadaí mes. Asevera que en el numeral a.- Punto tres de la citada clausula, las partes acordaron que en caso de no pago ntegro y oportuno de la renta de arrendamientoí por parte del arrendatario en el plazo antes indicado, la suma a pagar por el arrendatario devengar a t tulo de multa, una cantidad equivalente al 1% de la rentaá í p

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, la parte demandante pretende la terminaci n del contratoó de arrendamiento celebrado entre la sociedad HOUM MANAGEMENT SpA con el Código: LVXXZXPBXY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1787-2022 demandado, por haber incurrido ste en el no pago de rentas, é fund ndose para elloá en los antecedentes de hecho y derecho expuestos en su libelo, los que han sido precedentemente rese ados en lo expositivo deñ esta sentencia, solicitando asimismo el pago de la deuda por concepto de rentas adeudadas del contrato de arrendamiento, m s las rentas, reajustes e intereses que seá devenguen durante la tramitaci n deló presente juicio, m s los gastos b sicos y gastos comunes adeudados yá á los que se devengue durante la tramitaci n del juicio y hasta que se efect e el pagoó ú efectivo, así como la restituci n del inmueble libre de todo ocupante, con expresa condena enó costas. SEGUNDO: Que, ante la rebeld a del demandado, ha de entenderse queí controvierte los hechos sobre los cuales se construye la demanda, por lo que, para que prospere la acci n intentada, es menester que el actor acredite la existencia deló contrato cuyo incumplimiento reclama, siendo de cargo de la parte demandada probar el efectivo cumplimiento de su obligaci n de pago.ó TERCERO: Que, en este orden de cosas, la parte demandante acompa añó los autos los siguientes documentos, en forma legal, sin objeci n de la contraria: ó 1.- Copia de contrato de arrendamiento celebrado entre las partes con fecha 13 de mayo de 2021. 2.- Anexo de condiciones particulares de contrato de arrendamiento, de fecha 13 de mayo de 2021. CUARTO: Que, la parte demandada no rindi en su oportunidad procesal,ó prueba alguna para acreditar sus asertos. QUINTO: Que, con la prueba documental aportada por la demandante, analizada en el considerando tercero precedente, libre de objeci n de contrario yó apreciada en conformidad a las reglas de la sana cr tica, en especial la copia delí contrato de arrendamiento del numeral 1 en consonancia con el anexo del contrato referido en el numeral 2, ambos del considerando referido, permite tener por establecidos los siguientes hechos: a) Que entre Comercializadora e inmobiliaria Bareste SpA, representada legalmente por HOUM MANAGEMENT SpA en la forma indicada en la cl usulaá n mero XVII del contrato, en calidad de arrendador, y don ú Michael Antonio Gonz lez M ller en calidad de arrendatario,á ü con fecha 13 de mayo de 2021 celebraron un contrato de arrendamiento respecto del inmueble ubicado en calle Montau N 1509, departamento 303, comuna de Independencia, Regi n° ó Metropolitana, para destinarlo a habitaci n, ó el cual, de conformidad a su cl usulaá segunda, comenz a regir desde la fecha de su celebraci n, con una duraci n de 1ó ó ó a o, no renovable;ñ Código: LVXXZXPBXY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1787-2022 b

Fallo

POR ESTAS CONSIDERACIONES y visto, adem s lo dispuesto en losá art culos 1545, 1560, 1698, 1915 y 1977 del C digo Civil, 144, 160, 170, 346 N 3,í ó ° 680 del C digo de Procedimiento Civil y art culos 1, 6, 7, 8, 10, 15 y 21 de la Leyó í 18.101, modificada por la N 19.866, ° SE DECLARA: I.- Que, se acoge la demanda ingresada el 10 de marzo de 2022, declar ndose terminado el contrato de arrendamiento á celebrado con fecha 13 de mayo de 2021, entre la arrendadora Comercializadora e inmobiliaria Bareste SpA, representada legalmente por HOUM MANAGEMENT SpA en la forma indicada en la cl usula n mero XVII del contrato, en calidad de arrendador, y don á ú Michael Antonio Gonz lez M ller, en calidad de arrendatarioá ü , y que tuvo por objeto el inmueble ubicado en calle Montau 1509, departamento 303, comuna de Independencia, Regi n Metropolitana, debiendo restituirse dicho inmueble libre deó todo ocupante, dentro de d cimo d a h bil contado desde la fecha en que seaé í á notificada esta sentencia. II.- Que, se condena al demandado a pagar al actor la suma de $1.440.960.- (un mill n cuatrocientos cuarenta mil novecientos sesenta pesos), por concepto de lasó rentas adeudadas de los meses de Octubre, Noviembre y Diciembre de 2021, Enero, Febrero y Marzo de 2022, as como todas aquellas devengadas durante la tramitaci ní ó del juicio y hasta el d a de restituci n del inmueble, debidamente reajustadas en losí ó t rminos que establece el art culo 21 de la Ley N 18.101.é í ° Asimismo, se con

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C-1787-2022 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-1787-2022 CARATULADO : AVLA SEGUROS DE CR DITO Y GARANT AÉ Í S.A./GONZ LEZÁ Santiago, diecis is de Junio de dos mil veintid s.é ó VISTOS: Con fecha 10 de marzo de 2022, comparece do a ñ Patricia Alejandra Silva Parra, abogado, en representaci n convencional de la sociedad ó AVLA SEGUROS DE CR DITO Y GA

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