PRENAFETA/
Rol
V-341-2021
Fecha
16 de junio de 2022
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 16 de Agosto de 2021, a las 13:08:38 horas, comparece don Alberto Cristian Prenafeta Villa, chileno, casado, abogado, cédula de identidad número 8.560.101-6, domiciliado en calle Hendaya 60, Oficina 601, Comuna de Las Condes, Región Metropolitana, solicitando la concesión minera de exploración de sustancias concesibles que denominará “SOLEDAD UNO D”. Expresa que el terreno pedido es el comprendido dentro de un cuadrado cuyo punto medio se encuentra ubicado en la Región Metropolitana, Provincia de Cordillera, comuna de Pirque, y cuyas coordenadas U.T.M. son los siguientes 6.283.400,00 metros Norte y 357.950,00 metros Este, y cuyo perímetro encierra la totalidad de 100 hectáreas; los lados de la configuración, en su orientación Norte-Sur U.T.M. medirán 1.000 metros, y los otros dos en su orientación Este- Oeste U.T.M. medirán 1.000 metros. En virtud de las normas de derecho que cita, pide al Tribunal se sirva conceder a su mandante, la concesión de exploración que se denominará “SOLEDAD UNO D”, con un total de 100 hectáreas. Con fecha 17 de agosto de 2021, se da curso a la solicitud, ordenándose inscribir y publicar. Con fecha 12 de Noviembre de 2021, comparece don Gonzalo Muñoz Escudero, chileno, abogado, cédula nacional de identidad N°5.665.611-1, en representación de SOCIEDAD INMOBILIARIA TOROMIRO S.A., sociedad chilena del giro de su denominación, Rol Único Tributario N° 99.599.050-4, ambos domiciliados para estos efectos en calle Asturias N°280, oficina 301, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, Santiago, acreditando ser los nuevos titulares del pedimento materia de autos, acreditando la adquisición de la misma de don Alberto Cristián Prenafeta Villa, por medo de la escritura pública de contrato de compraventa de derechos mineros, suscrita con fecha 8 de octubre de 2021, en la Notaría de Santiago de la señora María Patricia Donoso Gomien, cuyo repertorio es el N°16.158-2021, la cual se tuvo por acompañada en autos. Asimismo, acreditó
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el estudio de los antecedentes especificados, se desprende que no existen ilegalidades o faltas sobre las que el Tribunal deba pronunciarse, de conformidad a lo prescrito por el artículo 57 del Código de Minería. SEGUNDO: Que, asimismo, se advierte que no se ha incurrido en la tramitación en vicios procesales o adjetivos, que resten valor al procedimiento, ni en caducidades que lo anulen. TERCERO: Que, en consecuencia, se ha cumplido con todos los trámites y actuaciones establecidas por la ley minera, tanto en tiempo como en forma. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 2, 26, 27, 28, 34 y siguientes, 55, 56, 57, 58 y 87 del Código de Minería; artículos 1, 2, 42 y 43 de su Reglamento y artículos 1, 2, 5 y 10 de la Ley Orgánica Constitucional sobre Concesiones Mineras;
Fallo
SE RESUELVE: I.- Que, se declara constituida la concesión minera de exploración denominada SOLEDAD UNO D. con una superficie total de 100 hectáreas, ubicada en la comuna de Pirque, Región Metropolitana, a favor de SOCIEDAD INMOBILIARIA TOROMIRO S.A., ya individualizada, siendo las coordenadas U.T.M. del Punto Medio de los vértices de la cara superior de la concesión que están referidas al Datum Provisorio Sudamericano LA CANOA 1956, Elipsoide Internacional de 1924, Zona 19, detalladas en la parte expositiva de este fallo. II.- Que, se aprueba el plano acompañado y custodiado bajo el N° 818/2022. III.- Extráctese la presente sentencia constitutiva por el Secretario del Tribunal en los términos establecidos en el artículo 90 del Código de Minería, y publíquese. IV.- Inscríbase esta sentencia en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Puente Alto, y archívese una copia del plano respectivo. V.- Remítanse por el interesado el plano original y copia de esta sentencia al Servicio Nacional de Geología y Minería. Regístrese, notifíquese, dese copia autorizada y archívense los antecedentes en su oportunidad. Rol N°: V-341-2021. Dictada por don Cristián García Charles, Juez Titular. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Puente Alto, diecisiete de Junio de dos mil veintidós (dgd) Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitac
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<NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado Civil de Puente Alto CAUSA ROL : V-341-2021 CARATULADO : PRENAFETA/ Puente Alto, diecisiete de Junio de dos mil veintidós VISTOS: Con fecha 16 de Agosto de 2021, a las 13:08:38 horas, comparece don Alberto Cristian Prenafeta Villa, chileno, casado, abogado, cédula de identidad número 8.560.101-6, domiciliado en calle Hendaya 60, Oficina 601, Co
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