BENAVIDES/
Rol
V-80-2022
Fecha
15 de junio de 2022
Materia
BIENES RAÍCES, RECLAMO NEGATIVA DEL CONSERVADOR
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: En el folio 1 de estos antecedentes digitales del ingreso civil voluntario rol V 80 2022, comparece doña Melisa Cárdenas Villegas, Abogada, en representación convencional de doña Miriam Lidia Benavides Roa, Chilena, Soltera, Empleada, RUN 8.979.086-7, ambas domiciliadas para estos efectos en calle Francisco Bilbao N°1129, oficina 901 de la ciudad y comuna de Osorno, y expone: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 13, 18 y 19 del Reglamento del Registro Conservatorio de Bienes Raíces, reclama en contra del Conservador de esta ciudad, de su negativa a inscribir escritura pública de resciliación de contrato de compraventa suscrita el día 21 de diciembre del año 2021 y otorgada ante el Notario Público de la ciudad de Santiago, Juan Luis Saiz del Campo, celebrada entre Miriam Lidia Benavides Roa y doña Melisa Katherine González Benavides, ésta última debidamente autorizada por su cónyuge Alberto José Valencia Moran. Se requirió la inscripción del contrato y el señor Conservador la rechazó: Puesto que el contrato cumplió todos sus efectos, no es susceptible a ser resciliado. La causal de rechazo del Conservador de Bienes Raíces es errada. tenor del reparo formulado por el Sr. Conservador, podemos mencionar que, en materia contractual se erige como uno de los pilares del ordenamiento jurídico del derecho privado, el principio de la autonomía de la voluntad, traduciéndose en el aforismo jurídico que señala que “en el derecho privado puede hacerse todo lo que la ley no prohíbe”, y, aplicándose al caso concreto, si la voluntad de las Página 1 de 5 Código: GGXXZXJXYX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl partes generó el contrato, es de toda lógica que esa misma voluntad pueda dejarla sin efecto, para lo cual deben concurrir quienes lo hicieron a su formación, por aplicación del principi
Fallo
se declara: Que se acoge la solicitud de reclamo de folio 1, interpuesta por doña Melisa Cárdenas Villegas, Abogada, en representación convencional de doña Miriam Lidia Benavides Roa, en consecuencia se ordena inscribir escritura pública de resciliación de contrato de compraventa suscrita el día 21 de diciembre del año 2021 y otorgada ante el Notario Público de la ciudad de Santiago, Juan Luis Saiz del Campo. Transcríbase, notifíquese por correo electrónico a la Abogada de la solicitante; y una vez firme, comunique el Secretario del Tribunal en forma electrónica al Conservador de esta ciudad para su estricto e inmediato cumplimiento, debiendo dejar constancia de aquello en estos antecedentes. Rol V 80 2022.- Dictó Luis Meza Marín, Juez titular del Segundo Juzgado de Letras de Osorno. Página 5 de 5 Código: GGXXZXJXYX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-06-15T16:37:43-0400
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Osorno, quince de junio de dos mil veintidós.- VISTO: En el folio 1 de estos antecedentes digitales del ingreso civil voluntario rol V 80 2022, comparece doña Melisa Cárdenas Villegas, Abogada, en representación convencional de doña Miriam Lidia Benavides Roa, Chilena, Soltera, Empleada, RUN 8.979.086-7, ambas domiciliadas para estos efectos en calle Francisco Bilbao N°1129, oficina 901 de la ciud
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