22º Juzgado Civil de Santiago

VILLALÓN/BANCO DE CHILE

Rol

C-1777-2022

Fecha

13 de junio de 2022

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: A folio 1, comparece MAR A ANG LICA VILLAL N JARAÍ É Ó , domiciliada para estos efectos en Hu rfanos 1373, Of 203, Santiago, quiené viene en interponer demanda de prescripci n extintiva de las accionesó cambiarias derivadas de la suscripci n de un pagar , en procedimientoó é ordinario de menor cuant a, en contra de í BANCO DE CHILE, persona jur dica del giro de su denominaci n , representada por Eduardoí ó Ebensperger Orrego, ignora profesi n u oficio, ambos con domicilio en calleó Ahumada N 251, comuna de Santiago. ° Interpone su demanda con la finalidad que el tribunal declare la prescripci n de las acciones cambiarias emanada del o los pagar s queó é respalden la cuota morosa informada y/o protestada en el Bolet n deí Informes Comerciales dependiente de la C mara de Comercio de Santiago,á indicando que la informaci n publicada en el Bolet n de Informesó í Comerciales es la siguiente: Fecha Protesto Tipo Documento Valor Banco/Librador 1 05/09/2018 Cuota Morosa $170.314.- BANCO DE CHILE 2 05/10/2018 Cuota Morosa $170.314.- BANCO DE CHILE 3 05/12/2020 Cuota Morosa $151.269.- BANCO DE CHILE 4 15/01/2021 Cuota Morosa $151.269.- BANCO DE CHILE 5 15/02/2021 Cuota Morosa $151.269.- BANCO DE CHILE 6 15/03/2021 Cuota Morosa $151.269.- BANCO DE CHILE 7 15/04/2021 Cuota Morosa $151.269.- BANCO DE CHILE 8 17/05/2021 Cuota Morosa $151.269.- BANCO DE CHILE 9 15/06/2021 Cuota Morosa $151.269.- BANCO DE CHILE C-1777-2022 Foja: 1 Se ala que el d a 03 de agosto de 2018, consta suscripci n de pagarñ í ó é N 525000076389, por la suma de º $4.124.348.- a nombre de beneficiario Banco de Chile, suscrito por Mar a Ang lica Villal n Jara, Rut Ní é ó º 16.168.285-3, y cuya firma se encuentra autorizada ante notario, cuyo pago fue pactado en 32 cuotas mensuales y sucesivas por la cantidad de $170.314.- verific ndose el vencimiento del primer pago el d a á í 05 de septiembre de 2018, fecha desde la cual se verifica la mora de la obligaci n.ó Seg n lo expuesto, se ala que a la fecha de

Fundamentos

considerando tercero precedente, instrumento no objetado, al cual se le otorga valor de plena prueba, al tener caracteres de gravedad y precisi nó suficientes para formar el convencimiento de esta magistratura conforme al art culo 426 del C digo de Procedimiento Civil en relaci n al art culo 1712í ó ó í del C digo Civil. ó S PTIMOÉ : Que, de lo anterior, es posible observar que las primeras dos cuotas morosas invocadas vencieron los d as 05 de septiembre deí 2018 y 05 de octubre de 2018, cuotas ascendentes a la suma de $170.314.-, y est n relacionadas con el á documento N 7638“ ° ”. Que, a pesar del n mero, bajo el cual se identifica al pagarú é relacionado con dichas cuotas morosas (en el Certificado de antecedentes comerciales), lo cierto es que tanto su numeraci n, valor de cuotas y fechasó de vencimiento, coinciden con las de aquel pagar acompa ado bajo elé ñ numeral 1) del motivo tercero de esta sentencia -el cual ser valoradoá conforme los art culos 346 N 3 del C digo de Procedimiento Civil y 1702í ° ó del C digo Civil-, esto es el pagar a plazo pesos tasa fija- en cuotas, Nó é – – ° de operaci n 52500007638-9, suscrito con fecha 03 de agosto de 2018 poró do a Mar a Ang lica Villal n Jara, en favor de Banco de Chile, por lañ í é ó suma de $4.124.348.-, pagadera en 32 cuotas mensuales y sucesivas, venciendo la primera de ellas el d a 05 de septiembre de 2018, y la ltimaí ú el d a 05 de abril de 2021, por la suma de $170.314.- pesos cada una, salvoí la ltima que ascender a a la suma de $170.327.-. que es coincidente con loú í C-1777-2022 Foja: 1 pedido en el libelo. En raz n de lo anterior, y de conformidad con lo preceptuado por eló art culo 1698 del C digo Civil, es que se tendr por acreditada la existenciaí ó á de esa deuda, as como de su exigibilidad y

Fallo

por tanto la relaci ní ó obligacional para con el demandado. OCTAVO: Que, a su vez, es posible apreciar que las 7 cuotas morosas restantes, todas por la suma de $151.269.-, y con vencimientos entre los d as 05 de diciembre de 2020 y 15 de junio de 2021, se relacionaní con el instrumento N 8965“ ° ”, el que no consta haber sido acompa ado añ estos autos. Al respecto, es menester tener en consideraci n que este Tribunaló orden mediante medida para mejor resolver que la demandanteó acompa ara unñ instrumento u otro antecedente relacionado con aquel identificado bajo el N 8965 en el Bolet n Comercial ya rese ado, referido“ ° ” í ñ a aquellas cuotas morosas signadas bajo los numerales 3 a 9 en la tabla contenida en la p gina 2 del libelo pretensor, por un valor de $151.269.-á cada una, atendido que no guardan relaci n con el Pagar N deó é ° operaci n 525000076389, acompa ado a folio 1 del expediente electr nico.ó ñ ó Que, la demandante -pretendiendo cumplir la medida para mejor resolver- acompa aquel instrumento rolante a folio 14 del expedienteñó electr nico, esto es aquella captura de pantalla de Consulta cr dito deó “ é consumo vigente , cliente 16.168.285-3, N operaci n 520000089652, en el” º ó cual no consta su rgano o entidad emisora motivo por el cual no podró á confer rsele valor probatorio alguno. í A mayor abundamiento y al margen que dicho instrumento no podr ser valorado en modo alguno, es necesario advertir que aun cuandoá se le hubiere conferido valor probatorio, l

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C-1777-2022 Foja: 1 FOLIO: 16 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 22 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-1777-2022 CARATULADO : VILLAL N/BANCO DE CHILEÓ Santiago, trece de Junio de dos mil veintid só VISTO: A folio 1, comparece MAR A ANG LICA VILLAL N JARAÍ É Ó , domiciliada para estos efectos en Hu rfanos 1373, Of 203, Santiago, quiené viene en interponer demanda de prescripci n

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