VIVANCO/
Rol
V-195-2021
Fecha
10 de junio de 2022
Materia
DONAR O INSINUACIÓN, AUTORIZACIÓN PARA
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Bajo el folio 1, comparece don JUAN PABLO ORELLANA PAV NÓ , Abogado, Run N 11.946.967-8 en representaci n seg n se° ó ú acreditara de don PATRICIO ALEJANDRO VIVANCO P REZ,É Run N 9.442.899-8, ° Chileno, casado y separado totalmente de bienes, constructor civil, domiciliado en calle Camino E Tuc quere N 4.015,ú ° Comuna de Lo Barnechea, solicitando se le autorice a donar por mera liberalidad a su c nyuge do a ó ñ Sonia Patricia Ebel Rodr guez, Runí N 8.502.188-5° , el inmueble singularizado en su libelo. Funda su pretensi n indicando que su representado es propietario deló bien ra z con frente al Camino El Tuc quere N 4.015, Comuna de Loí ú ° Barnechea, cuyo dominio se encuentra inscrito a fojas 71.600 N 114.253 del° Registro de Propiedad del a o 2007 del Conservador de Bienes Ra ces deñ í Santiago. Rol de aval o N 3804-39 Comuna de Lo Barnechea. El aval oú ° ú fiscal de dicho inmueble corresponde a la suma de $545.495.173 (quinientos cuarenta y cinco millones cuatrocientos noventa y cuatro mil ciento setenta y tres pesos), seg n consta del certificado de aval o emitidoú ú por el Servicio de Impuestos Internos. Indica que la presente donaci n tiene el car cter revocable, motivoó á por el cual no se encuentra sujeta al impuesto a las donaciones de la Ley N 16.271.° Precisa que su representado no sufrir un detrimento en su condici ná ó de vida, en raz n de la donaci n respecto de la cual se solicitaó ó autorizaci n, ya que posee un importante patrimonio que acredita suó solvencia econ mica, tal como se expone a continuaci n: ó ó Foja: 1 a) Bien inmueble ubicado en Edificio E 12, Lote Diez a del Complejo Tur stico Puntilla de Villarrica, Regi n de la Araucan a,í ó í Rol 300-745 (Departamento N 1.274, aval o fiscal $147.919.626,° ú valor de compra $340.742.42; Bodega N 29, Rol 300-785, aval o° ú fiscal $800.000, valor de compra $2.165.034; b) Acciones y Derechos sociales, 50% Raz n Social Vivanco yó Ebel Limitada, Rut 76.195.700-7, valorizaci n $531.303.961.ó A
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que don Juan Pablo Orellana Pav nó , Abogado, en representaci n de ó Patricio Alejandro Vivanco P rez de Arceé , solicita la autorizaci n para donar bienes a su c nyuge do a ó ó ñ Sonia Patricia Ebel Rodr guezí . Funda su pretensi n, en los hechos y argumentos de derecho, yaó descritos, en lo expositivo del presente fallo. SEGUNDO: Con el fin de probar sus dichos, se presentaron los siguientes antecedentes: Documentales: Foja: 1 a) Certificado de matrimonio celebrado entre don Patricio Alejandro Vivanco P rez de Arce y do a Sonia Patricia Ebel Rodr guez; é ñ í b) Certificados de nacimiento de Maximiliano; Josefina y Fernando, todos Vivanco Ebel; c) Copia de inscripci n de dominio con vigencia emitida por eló Conservador de Bienes Ra ces de Santiago, respecto del inmuebleí de Camino El Tuc quere N 4.015, Comuna de Lo Barnechea.ú ° Rol de aval o 3804-39;ú d) Certificado de aval o fiscal del bien ra z ubicado en Camino Elú í Tuc quere N 4.015, Comuna de Lo Barnechea;ú ° e) Certificado de dominio vigente emitido por el Conservador de Bienes Ra ces de Villarrica, en que consta que don Patricioí Alejandro Vivanco P rez de Arce, es due o del inmueble ubicadoé ñ en la Puntilla, Comuna de Villarrica; f) Certificado de aval o fiscal correspondiente al inmueble ubicadoú en La Puntilla, Comuna de Villarrica; g) Escritura p blica de constituci n de la sociedad Vivanco y Ebelú ó Limitada, de fecha 02 de noviembre de 2004, otorgada en la Notaria de don Eduardo Diez Morello; h) Protocolizaci n de extracto, inscripci n y publicaci n de laó ó ó Constituci n de la Sociedad Vivanco y Ebel Limitada, otorgadaó en la Notaria de don Eduardo Diez Morello; i) Certificado de vigencia de la sociedad Vivanco y Ebel Limitada, emitido por el Conservador de Bienes Ra ces de Santiago; í j) Balance 8 columnas de la Sociedad Vivanco y Ebel Limitada, al d a 31 de diciembre de 2020; í Informaci n sumaria de testigos: ó Rendida en la audiencia de 23 de diciembre 2021, en folio 10, v aí remota, por los testigos Rodrigo Gonz lez Riedemann y Pablo Josá é Gonz lez Ma es, quienes legalmente juramentados, declararon lo siguiente:á ñ El primero, indic conocer a don Patricio Alejandro Vivanco P rezó é de Arce, quien est casado con do a Sonia Patricia Ebel Rodr guez y queá ñ í tiene en la actualidad tres hijos: Maximiliano, Josefina y Fernando. La donaci n que don Patricio Alejandro Vivanco P rez de Arce desea efectuaró é Foja: 1 a do a Sonia Patricia Ebel Rodr guez, consistente en el bien ra z ubicadoñ í í en Camino El Tuc quere N 4.015 de la Comuna de Lo Barnechea, noú ° perjudicar los derechos que terceras personas pudieran tener sobre elá patrimonio del donante. Tampoco se afectar su patrimonio personal, yaá que el donante goza de una buena situaci n econ mica. Esto le constaó ó porque est en conocimiento de que su patrimonio es superior aá $3.600.000.000 y est compuesto por inmuebles e inversiones e sociedadesá de los cuales puede disponer. Adem s de contar con t
Fallo
se declara: Que, se acoge, la solicitud de lo principal del escrito de 14 de julio de de 2021, al folio 1 y se autoriza a don Patricio Alejandro Vivanco P rez de Arce, Run N 9.442.899-8é ° , a donar por mera liberalidad a su c nyuge do a ó ñ Sonia Patricia Ebel Rodr guezí , Run N 8.502.188-5° , el inmueble ubicado con frente al Camino El Tuc quere N 4.015, Comuna deú ° Lo Barnechea, cuyo dominio se encuentra inscrito a fojas 71.600 N 114.253° del Registro de Propiedad del a o 2007 del Conservador de Bienes Ra cesñ í de Santiago. Rol de aval o N 3804-39, Comuna de Lo Barnechea. ú ° Se deja constancia que la presente donaci n tiene el car cteró á revocable, motivo por el cual no se encuentra sujeta al impuesto a las donaciones de la Ley 16.271. An tese, reg strese, notif quese y arch vese, en su oportunidad. ó í í í Rol V-195--2021. Pronunciada por do a ñ Cecilia Pasten P rezé , Juez Suplente. sbb Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, diez de Junio de dos mil veintid só Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 03 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos h o r a s . P a r a m
Texto Completo (Preview)
Foja: 1 FOJA: 15 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 24 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-195-2021 CARATULADO : VIVANCO/ Santiago, diez de Junio de dos mil veintid só VISTOS: Bajo el folio 1, comparece don JUAN PABLO ORELLANA PAV NÓ , Abogado, Run N 11.946.967-8 en representaci n seg n se° ó ú acreditara de don PATRICIO ALEJANDRO VIVANCO P REZ,É Run N 9.442.899-8, ° Chileno, cas
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