3º Juzgado de Letras de Iquique

ROJAS/CAJA DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR LOS ANDES.

Rol

C-2743-2020

Fecha

9 de junio de 2022

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: A lo principal de folio 1, comparece doña Fabiola Andrea Rojas Delgado, labores de casa, domiciliada en Santa Isabel Nº 3688, departamento 602, Alto Hospicio, quien deduce demanda ordinaria de prescripción extintiva en contra de Caja de Compensación de Asignación Familiar de los Andes, del giro de su denominación, representada por don Nelson Mauricio Rojas Mena, contador auditor e ingeniero comercial, ambos domiciliados en calle General Calderón Nº 121, piso 14, Providencia. Expone que con fecha 12 de febrero de 2013 celebró un contrato de mutuo con la demandada por la suma de $2.923.761.-, suscribiendo el pagaré con vencimientos sucesivos Nº 250403-8, por el mismo monto, con el objeto de caucionar el cumplimiento de la obligación. Indica que al no haber pagado, la demandada aceleró el crédito interponiendo demanda ejecutiva, pues se encontraba en mora desde la cuota que vencía el 30 de septiembre de 2014, dicha gestión judicial se encuentra en causa Rol C-679-2015 caratulada “Caja de compensación de los andes con Rojas” del 2° Juzgado Civil de Valdivia. Agrega que la caja de compensación dispone de dos acciones distintas e independientes, encontrándose ambas prescritas por haber transcurrido más de 5 años desde que el crédito se hizo exigible, Código: BYYDZVXBLF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2743-2020 Foja: 1 causándole perjuicio al verse impedida de obtener financiamiento de instituciones crediticias. Invocando lo dispuesto en los artículos 2514 y 2515 del Código Civil, y el artículo 98 de la Ley Nº 18.092, solicita se declaren prescritas todas las acciones y derechos que emanan del contrato de mutuo y del pagaré, disponiendo la eliminación de todo registro moroso, con costas. A folio 26, se tuvo por contestada la demanda en rebeldía de la demandada. A folio 27, la demandante evacua la réplica, ratificando lo expuesto en la demanda. A folio 30, se tuvo por evacuado el trámite d

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a lo principal de folio 1, comparece doña Fabiola Andrea Rojas Delgado, interponiendo demanda ordinaria de prescripción extintiva, en contra de Caja de Compensación de Asignación Familiar de los Andes, representada legalmente por don Nelson Mauricio Rojas Mena, por las razones reseñadas en lo expositivo, solicita se declare la prescripción de la acción que deriva del mutuo y del pagaré suscrito para garantizar dicha deuda por haber transcurrido el plazo para su cobro, disponiendo la eliminación de todo registro moroso, con costas. SEGUNDO: Que, en folio 26 se tuvo por contestada la demanda en rebeldía de la demandada. TERCERO: Que, a fin de acreditar sus alegaciones la actora acompañó copias digitalizadas de los siguientes documentos: Al folio 1: Código: BYYDZVXBLF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2743-2020 Foja: 1 1.- Copia simple pagaré de fecha 12 de Febrero del año 2013, suscrito por doña Fabiola Andrea Rojas Delgado. Al folio 70: 2.- Copia simple caratula sobre procedimiento de Exhorto de fecha 13 de marzo de 2015, Rol E-69-2015. 3.- Copia simple Exhorto Rol C-679-2015 de fecha 09 de marzo de 2015 4.- Copia simple proveído, de fecha 18 de marzo del año 2015, del 3º Juzgado de Letras de Talca, Rol E-69-2015, de foja 10. 5.- Estampado receptor de doña Ana María Coronado Salazar, de fecha 12 de mayo del año 2015. 6.- Copia simple proveído, de fecha 02 de Octubre del año 2015, del 3º Juzgado de Letras de Talca, Rol E-69-2015, de foja 12. 7.- Copia simple proveído, de fecha 02 de Octubre del año 2015, del 3º Juzgado de Letras de Talca, Rol E-69-2015, de foja 13. 8.- Copia simple demanda en Procedimiento Ejecutivo, demandante Caja de Compensación de Asignación Familiar De Los Andes, demandado Fabiola Andrea Rojas Delgado, con timbre de ingreso a Corte de Apelaciones de Valdivia, de fecha 18 de Febrero del año 2015. 9.- Copia simple proveído, de fecha 30 de Junio del año 2016, del 2º Juzgado Civil de Valdivia, Rol C-679-2015, de foja 25. 10.- Copia simple proveído, de fecha 27 de Febrero del año 2015, del 2º Juzgado Civil de Valdivia, Rol C-679-2015, de foja 8. 11.- Copia simple pagaré de fecha 12 de Febrero del año 2013, suscrito por doña Fabiola Andrea Rojas Delgado. Todos acompañados con citación, no impugnados. CUARTO: Que, en cuanto al marco legal en discusión, el artículo 2514 del Código Civil dispone: “La prescripción que extingue las acciones y derechos ajenos exige solamente cierto lapso de tiempo, durante el cual no se hayan ejercido dichas acciones. Se cuenta este tiempo desde que la obligación se haya hecho exigible”. Código: BYYDZVXBLF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2743-2020 Foja: 1 Por su parte, el artículo 2515 del mismo cuerpo legal prescribe: “Este tiempo es en general de tres años para las acciones ejecutivas y de cinco para las ordinarias. La acci

Fallo

se declara: I. Se acoge la demanda de prescripción interpuesta a folio 1 por doña Fabiola Andrea Rojas Delgado, en contra de Caja de Compensación de Asignación Familiar de los Andes, y se declara prescrita la acción ordinaria derivada del mutuo y la acción cambiaria derivada del pagaré suscrito con fecha 12 de febrero de 2013, a la orden de Caja de Compensación de Asignación Familiar de los Andes. II. En cuanto a la eliminación del actor del listado moroso, ocúrrase ante quien corresponda. III. Que no se condena en costas a la demandada por no haber resultado totalmente vencida. Regístrese y notifíquese por cédula. Rol N°2743-2020 Dictada por don EDILIO DAMIÁN JORQUERA RIVERA, Juez Suplente del Tercer Juzgado de Letras de Iquique. Autoriza doña Ana María Rivera Aracena, Secretario Subrogante. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Iquique, nueve de Junio de dos mil veintid só Código: BYYDZVXBLF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-06-09T16:35:09-0400

Texto Completo (Preview)

C-2743-2020 Foja: 1 FOJA: 56 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado de Letras de Iquiqueº CAUSA ROL : C-2743-2020 CARATULADO : ROJAS/CAJA DE COMPENSACI N DEÓ ASIGNACI N FAMILIAR LOS ANDES.Ó Iquique, nueve de Junio de dos mil veintid só VISTO: A lo principal de folio 1, comparece doña Fabiola Andrea Rojas Delgado, labores de casa, domiciliada en Santa Isabel Nº 3688, departamento

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