EPICENTER ENERGY SPA/
Rol
V-32-2021
Fecha
7 de junio de 2022
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: Que, con fecha veintiocho de abril de dos mil veintiuno, a folio 1, comparece PABLO MIR BALMACEDA, chileno, casado, abogado, RUT Nº 6.374.989-3.-, en representación de “EPICENTER ENERGY SPA”, persona jurídica chilena del giro desarrollo de proyectos de energía renovable, RUT Nº 76.792.471-2.-, ambos con domicilio en Avenida Andrés Bello 2711, Piso 8, comuna de Las Condes, Santiago, con el objeto de constituir concesión minera de exploración sobre sustancias concesibles en terrenos que desea explorar su representada, ubicados en la región de Valparaíso, provincia y comuna de Quillota, que se llamará “LIMACHE 17”. Las coordenadas del Punto Medio de la cara superior de la concesión que se solicita está ubicada en la intersección de las coordenadas U.T.M. Norte: 6.351.750,00 metros, Este: 289.200,00 metros, referidas al Elipsoide Internacional de 1924, Datum Sudamericano La Canoa de 1956, Zona 19. El terreno pedido tendrá la forma de un cuadrado, cuyos lados orientados en la dirección Norte-Sur U.T.M., medirán 1.000 metros, y los lados orientados en la dirección Este-Oeste U.T.M., medirán 1.000 metros, encerrando una superficie total de 100 hectáreas; y solicita, en mérito de lo que expone y lo dispuesto en los artículos 34 y siguientes del Código de Minería, y artículo 14 y siguientes del Reglamento del referido cuerpo legal, tener por efectuado este pedimento, admitirlo a tramitación, ordenar su inscripción y publicación, certificar el día y la hora de su presentación, dándosele copia autorizada para ello y, en definitiva, otorgarle la concesión de exploración solicitada. El pedimento se presentó con fecha veintiocho de abril de dos mil veintiuno, a las 15:18 horas; se publicó en el Boletín Oficial de Minería de Santiago de fecha veintisiete de mayo de dos mil veintiuno; se inscribió con fecha trece de mayo de dos mil veintiuno, a fojas 19, número 12 del Registro de Descubrimiento de Minas del año 2021, a cargo del Conservador de Bienes Raíces y de Minas de Quillota, según se advierte de los documentos acompañados. Se pidió sentencia constitutiva de este pedimento, el que quedará comprendido dentro de las siguientes coordenadas U.T.M: PUNTO NORTE ESTE PUNTO MEDIO (P.M) 6.351.750,00 289.200,00 V 1 6.352.250,00 288.700,00 V 2 6.352.250,00 289.700,00 V 3 6.351.250,00 289.700,00 V 4 6.351.250,00 288.700,00 Y teniendo presente, el mérito de los antecedentes, de los cuales consta el cumplimiento de los trámites y actuaciones legales, en tiempo y forma, e informe favorable del Servicio de Geología y Minería V Región, Quilpué N° 2044, de fecha 27 de septiembre de 2021, y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 48, 54, 55, 56, 81, 85 y 87 del Código de Minería:
Fallo
fallo: 03 de diciembre de 2021. Juez : Rolando Alvear Valenzuela. Tribunal : Primer Juzgado de Letras de Quillota. Quillota, siete de Junio de dos mil veintid só VISTO Y CONSIDERANDO: Que, con fecha veintiocho de abril de dos mil veintiuno, a folio 1, comparece PABLO MIR BALMACEDA, chileno, casado, abogado, RUT Nº 6.374.989-3.-, en representación de “EPICENTER ENERGY SPA”, persona jurídica chilena del giro desarrollo de proyectos de energía renovable, RUT Nº 76.792.471-2.-, ambos con domicilio en Avenida Andrés Bello 2711, Piso 8, comuna de Las Condes, Santiago, con el objeto de constituir concesión minera de exploración sobre sustancias concesibles en terrenos que desea explorar su representada, ubicados en la región de Valparaíso, provincia y comuna de Quillota, que se llamará “LIMACHE 17”. Las coordenadas del Punto Medio de la cara superior de la concesión que se solicita está ubicada en la intersección de las coordenadas U.T.M. Norte: 6.351.750,00 metros, Este: 289.200,00 metros, referidas al Elipsoide Internacional de 1924, Datum Sudamericano La Canoa de 1956, Zona 19. El terreno pedido tendrá la forma de un cuadrado, cuyos lados orientados en la dirección Norte-Sur U.T.M., medirán 1.000 metros, y los lados orientados en la dirección Este-Oeste U.T.M., medirán 1.000 metros, encerrando una superficie total de 100 hectáreas; y solicita, en mérito de lo que expone y lo dispuesto en los artículos 34 y siguientes del Código de Minería, y artículo 14 y siguientes del Reglam
Texto Completo (Preview)
FOJA: 14 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado de Letras de Quillota CAUSA ROL : V-32-2021 CARATULADO : EPICENTER ENERGY SPA/ Rol : V-32-2021. Código : P02M. Materia : Pedimento minero. Solicitante : EPICENTER ENERGY SPA. Fecha de inicio : 28 de abril de 2021. Fecha autos para fallo: 03 de diciembre de 2021. Juez : Rolando Alvear Valenzuela. Tribunal : Primer Juzgado de Letras
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