Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel

FERNÁNDEZ/INDUSTRIA DE TUBOS Y PREFABRICADOS BUDNIK S.A

Rol

M-58-2023

Fecha

16 de marzo de 2023

Materia

Costas, Despido injustificado, Prestaciones

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS NO CONTROVERTIDOS X · FIJA HECHOS A PROBAR X · RECEPCIÓN DE PRUEBAS OFRECIDA PARTES X · PRUEBA DEMANDADA · DOCUMENTAL X · CONFESIONAL X · TESTIMONIAL X · PRUEBA DEMANDANTE · DOCUMENTAL X · EXHIBICIÓN DOCUMENTOS X · OBSERVACIONES PRUEBA DEMANDANTE X · OBSERVACIONES PRUEBA DEMANDADA X · DICTACIÓN DE SENTENCIA X PROVEE ESCRITO “PATROCINIO Y PODER” PRESENTADO POR LA PARTE DEMANDADA CON FECHA 15/03/2023: Tribunal resuelve: A lo principal y primer otrosí: Téngase presente. Al segundo otrosí: Notifíquese a correo designado las resoluciones que deban notificarse personalmente, por cédula o por carta certificada. . PROVEE ESCRITO “CUMPLE LO ORDENADO” PRESENTADO POR LA PARTE DEMANDADADA CON FECHA 15/03/2023: Tribunal resuelve: A lo principal: Téngase presente. Reitérese en la oportunidad procesal pertinente. Al primer y segundo otrosí: Téngase presente. LLAMADO A CONCILIACIÓN: Tribunal propone como base de conciliación el pago de la suma única y total de $890.000.-; correspondientes al 50% del recargo legal y 50% del aporte del empleador al seguro de cesantía. Siendo las 10:13 horas, se realiza un receso de la audiencia. Siendo las 10:40 horas, se reinicia la audiencia. Abogado de la parte demandante señala como contrapropuesta la suma de $1.585.857.- Abogado de la parte demandada señala estar de acuerdo con la propuesta de bases indicada por el tribunal. Tribunal propone como nueva base de conciliación el pago de una suma intermedia correspondiente a $1.235.000.- Siendo las 10:43 horas, se realiza un receso de la audiencia. Siendo las 10:50 horas, se reinicia la audiencia. Abogado de la parte demandada señala que su representado no está de acuerdo con el pago de la suma intermedia, sin perjuicio de encontrarse dispuesto al pago de la suma inicial fijada por el tribunal. Abogado de la parte demandante informa que su representado se encuentra de acuerdo con el pago de la suma intermed

Fundamentos

fundamentos y pormenores. 2. Monto del aporte del empleador al seguro de cesantía y procedencia de su descuento. Hechos, detalles, fundamentos y pormenores. MEDIOS DE PRUEBA DOCUMENTAL DEMANDADA 1. Contrato de trabajo de fecha 28 de julio de 2017 suscrito entre mi representada y el demandante. 2. Set de anexos de contrato de trabajo suscrito por el período septiembre de 2017 a mayo de 2022, ambos meses inclusive. 3. Carta de despido del demandante de fecha 28 de octubre de 2022. 4. Finiquito del contrato de trabajo suscrito por el demandante y mi representada con fecha 15 de noviembre de 2022. 5. (2) Plantillas de Trabajadores-Producción, el primero de fecha 25 de octubre de 2022 y el segundo, de fecha 14 de marzo de 2023. 6. Legajo de cartas de despido de los trabajadores Luis Muñoz Vargas, Pedro Humberto Gajardo Bravo, Juan Miguel Mella Manríquez, Ítalo Hernández Becerra, Alex Madariaga Concha, Daniel Josué Yépez Anchaluisa, Ignacio Ulloa González y Luis Leviñir López. Abogado de la parte demandante solicita la exclusión de los documentos individualizados en el N° 6 por impertinentes, sólo respecto de aquellos que dicen relación con lo dispuesto por el artículo 159 N° 4 del Código del Trabajo. Argumentos según consta en registro de audio.- Traslado. Tribunal Resuelve: Se tiene por ofrecida e incorporada la prueba documental por la parte demandada. Respecto a la solicitud de exclusión, atendido el mérito de los antecedentes y teniéndose presente los argumentos esgrimidos por la parte demandada, como asimismo, que los fundamentos de la objeción planteada versan respecto del valor probatorio de los documentos, cuestión que corresponde analizar al juez de fondo al momento de dictar sentencia, se rechaza la objeción planteada, sin costas. CONFESIONAL DEMANDADA Abogado de la parte demandada solicita se haga efectivo el apercibimiento legal, atendida la falta de comparecencia del demandante. Tribunal resuelve: Se tiene presente lo expuesto por la parte demandada, en cuanto que no se encuentra presente en dependencias del tribunal para prestar declaración el demandante Cristián Fernández Bergen. En cuanto al apercibimiento solicitado, tratándose de una facultad privativa del tribunal se tendrá presente en la oportunidad procesal pertinente. TESTIMONIAL DEMANDADA Solicita se cite a declarar a: 1. Ramón Eugenio Cabrera Abarza, Rut 8.602.446-2. 2. Verónica del Carmen González Flores, Rut 9.433.809-3. MEDIOS DE PRUEBA DOCUMENTAL DEMANDANTE 1. Carta aviso de despido del demandante. 2. Finiquito con reserva de derechos. 3. Acta de Comparendo administrativo. 4. Anexo de contrato de trabajo del actor. Tribunal Resuelve: Se tiene por ofrecida e incorporada la prueba documental por la parte demandante. CONFESIONAL DEMANDANTE La parte demandante se desiste de la absolución de posiciones. Tribunal resuelve: Se le tiene por desistida. EXHIBICIÓN DOCUMENTOS DEMANDANTE La parte demandante solicita se tengan por exhibidos los siguientes documentos: 1

Fallo

se declara: Que se ACOGE la demanda impetrada en esta causa, se declara injustificado el despido del demandante y en consecuencia se condena a la demandada Industria de Tubos y Prefabricados de Hormigón Budnik S.A., representada legalmente por Pablo Budnik Assael a pagar al demandante Cristian Rodrigo Fernández Bergen la siguiente prestación: I.- $1.139.061.- por concepto de 30% de recargo legal de la indemnización por años de servicios II.- Que la suma ordenada pagar deberá ser satisfecha con los intereses y reajustes contemplados en el artículo 173 del Código del Trabajo. III.- Que se RECHAZA la demanda en lo demás solicitado. IV.- Ejecutoriada esta sentencia cúmplase lo dispuesto en ella dentro del plazo legal y de lo contrario, remítanse los antecedentes al Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de San Miguel para los fines pertinentes. V.- Que no se condena en costas a la demandada por no haber sido totalmente vencida. Archívense los antecedentes en su oportunidad. RIT: M-58-2023 RUC: 23-4-0456598-2 DICTADO POR PATRICIA AGÜERO GAETE, JUEZ TITULAR DEL JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SAN MIGUEL Siendo las 14:20 minutos se pone término a la audiencia, quedando las partes notificadas de todas las resoluciones recaídas en ella. Dirigió doña Patricia Agüero Gaete, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Ju

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ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA (VIRTUAL) PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 15 de marzo de 2023 RUC 23-4-0456598-2 RIT M-58-2023 MAGISTRADO Patricia Agüero Gaete ADMINISTRATIVO DE ACTAS Sebastián Urquieta HORA DE INICIO 09:50 HORA DE TERMINO 14:20 Nº REGISTRO DE AUDIO 2340456598-2-1351 SALA 3 DEMANDANTE CRISTIAN RODRIGO FERNÁNDEZ BERGEN ABOGADO STEVE EAGLEHURST PAREDES FORMA DE NOTIFICA

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