RAMIREZ
Rol
V-127-2016
Fecha
3 de junio de 2022
Materia
OTROS VOLUNTARIOS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 26 de abril de 2016, comparece don Eduardo Isaías Ramírez De La Cuadra, Ingeniero en Prevención de Riesgos, domiciliado en calle Amsterdam N°432, Villa Torino de la comuna de Rancagua, solicitando acoger la presente gestión voluntaria. Funda su acción, señalando que con fecha 30 de diciembre de 2015, compró el vehículo automóvil marca Chevrolet, modelo Bel Air, N° Motor C59T163415, color celeste, año de fabricación 1959, placa patente GZ1293-9, según acredita en copia autorizada de factura N°001654 de la casa de remate Lyon & Lynch del Martillero Público Lyon Ríos Luis Arturo y otra. Agrega, que al comprar el vehículo en una subasta pública pensó que era suficiente para inscribir a su nombre el automóvil adquirido, y que cualquier detalle administrativo quedaría regularizado mediante la factura emitida por un Ministro de fe. Lamentablemente, al intentar cumplir con el trámite de inscripción ante el Servicio de Registro Civil, fue informado que el vehículo adquirido figura ante dicha institución a nombre de don Luis Humberto Cáceres Maturana, Rut:402.949-6, fallecido el 10 de abril de 1989, persona respecto de la cual no existe ninguna información debido al tiempo transcurrido, como tampoco respecto de su eventual descendencia. Finalmente, señala que habiendo adquirido el vehículo en forma legal, necesita la autorización de SS, para proceder a inscribir el vehículo indicado a su nombre. SEGUNDO: Que, el solicitante con el fin de acreditar sus dichos, acompañó en folio 1 la siguiente instrumental y agregados a la carpeta digital a folios 57 y 58: 1. Copia autorizada de factura N°001654 de la casa de remates Lynch & Linch, 2. Certificado de Inscripción y Anotaciones vigentes en el RVM, del vehículo adquirido, 3. Certificado de defunción de don Luis Humberto Cáceres Maturana, 4. Copia autorizada de comprobante de giro y pago de derechos de transferencia de vehículos con permiso de circulación emitido por la Tesorería General de la República. De igual forma, a folio 7, y aclarado a folio 54, rindió Información Sumaria, compareciendo para dichos efectos don Jonathan Alexander Farías Sanzana y Manuel Douglas Calderón Abarca. El primero de ellos, señala que conoce al solicitante desde el primero de diciembre de 2012, ya que trabajo en su empresa y le consta que en diciembre de 2015, este compró en una casa de remates en Santiago, un automóvil, marca Chevrolet modelo Bel Air, color celeste, año de fabricación 1959, placa patente GZ 1293-9. Agrega, que pago el impuesto correspondiente y se acompañó documento del Registro Civil, para que se inscribiera a su nombre, pero el Registro Civil, no lo inscribió porque el vehículo figuraba a nombre de otra persona. Señala, que don Eduardo hizo las averiguaciones y pudo constatar que el antiguo propietario había fallecido en el año 1989, por el que recurre al Tribunal para que ordene al registro civil inscribir dicho vehículo a nombre del solicitante. El segundo de ellos s
Fallo
se resuelve: Que se acoge la solicitud de fecha 26 de abril de 2016 y en consecuencia se ordena al Servicio de Registro Civil e Identificación, deberá proceder a la inscripción en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados, a nombre de don Eduardo Isaías Ramírez De La Cuadra, cédula nacional de identidad N° 5.619.378-2, domiciliado en calle Amsterdam N°432, Villa Torino de la Comuna de Rancagua, del vehículo tipo Automóvil marca Chevrolet, modelo Bel Air, N° de motor C59T163415, color celeste, año fabricación 1959, placa patente GZ 1293-9, debiendo acreditarse el pago del impuesto a la transferencia, al momento de solicitar la inscripción en el Registro de Vehículos Motorizados. Regístrese, notifíquese y archívese. Rol V-127-2016. Dictada por doña Kathyuzka Drpic González, Juez Suplente del Segundo Juzgado Civil de Rancagua. En Rancagua, a tres de Junio de dos mil veintid só , se notific por el estadoó diario, la resoluci n precedente.ó Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 03 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2022-06-03T18:24:07-0400
Texto Completo (Preview)
FOJA: 68 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado Civil de Rancagua CAUSA ROL : V-127-2016 CARATULADO : RAMIREZ Rancagua, tres de Junio de dos mil veintid s.ó VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 26 de abril de 2016, comparece don Eduardo Isaías Ramírez De La Cuadra, Ingeniero en Prevención de Riesgos, domiciliado en calle Amsterdam N°432, Villa Torino de la comuna de Ra
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