MOLINA CON MULTIHASAR OPERACIONES SPA Y OTRO
Rol
M-657-2022
Fecha
17 de marzo de 2023
Materia
Costas, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Otras Indemnizaciones, Reajustes e intereses, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos a probar. Resolviendo reposición formulada, los hechos a probar que se fijaron son los siguientes: 1. Efectividad de existir relación laboral bajo vínculo de subordinación y dependencia entre, Multihasar Operaciones SPA y Edgar Molina Cruz. Fecha de inicio de la misma, términos en los que fue pactada y remuneración para efectos del artículo 172 del Código del Trabajo. 2. Circunstancias del término de la relación de trabajo entre las partes. Efectividad de haberse remitido carta de despido al trabajador con copia a la Inspección del Trabajo, causal y hechos en la carta, efectivo acaecimiento de estos y de configurar la causal de despido invocada. 3. Efectividad que al término de la relación laboral el empleador había pagado al trabajador todas las prestaciones derivadas del contrato de trabajo, particularmente feriado devengado, en el evento de no haber sido otorgado el mismo. 4. Efectividad de haberse descontado al actor AFC por parte del empleador, monto de descuento. 5. Circunstancia de tener la demandada Sodimac S.A. la calidad de solidaria y/o subsidiariamente responsable respecto de las obligaciones laborales de Multihasar Operaciones SPA para con el demandante don Edgar Molina Cruz y límite temporal de esta. Medios de prueba. Las partes, ofrecen, rinden e incorporan. PARTE DEMANDADA MULTIHASAR OPERACIONES SPA. No ofrece prueba atendida su incomparecencia. PARTE DEMANDADA SODIMAC S.A. Documental demandada. Previo ofrecimiento, y no habiéndose formulado objeciones, los documentos son los siguientes; 1. Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales de Multihasar Operaciones SpA de los meses de diciembre de 2020 a abril de 2022. 2. Comprobante de pago de cotizaciones y depósitos de ahorro voluntario fondo de pensiones, seguro de cesantía, APVI, APVC y afiliado voluntario del periodo de mayo de 2022 de los trabajadores de Multihasar Operaciones SpA. 3. Carta enviada por Sodimac S.A. a Caja de Compensación La Araucana de f
Fallo
SE RESUELVE: I. Que, se acoge la demanda, interpuesta por don EDGAR MOLINA CRUZ en contra de MULTIHASAR OPERACIONES SPA, todos ya individualizados en la parte expositiva del presente fallo y, en consecuencia, se declara que el despido del que fue objeto el trabajador el día 31 de mayo de 2022 es injustificado y se condena a la demandada al pago de las siguientes prestaciones: a) Indemnización sustitutiva de aviso previo: $570.000.- b) Indemnización por años de servicio (1 año): $570.000.- c) Recargo legal sobre la indemnización por años de servicio correspondiente al 30%: $171.000.- II. Que, se rechaza la demanda en cuanto a la devolución del aporte por concepto de AFC. III. Que, en relación al feriado legal y proporcional, se condena a la demandada al pago de $332.500.- IV. Que, en relación a la responsabilidad de la demandada, SODIMAC S.A., el Tribunal estima que efectivamente la responsabilidad debe ser declarada como responsabilidad subsidiaria, debiendo responder de estar forma de la totalidad de las prestaciones a las que fue condenada la demandada principal Multihasar Operaciones SPA en la actual causa. V. Que, las sumas indicadas deberán ser pagadas con reajustes e intereses, artículo 63 y 173 del Código del Trabajo según corresponda. VI. Que, cada parte pagara sus respectivas costas. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad, quedando las partes notificadas del fallo en esta audiencia. RIT: M-657-2022 RUC: 22-4-0425937-0 Téngase a las partes por notifica
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ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO POR VIDEOCONFERENCIA FECHA Valparaíso, 14 de marzo de 2023. RUC 22-4-0425937-0 RIT M-657-2022 MAGISTRADO MARÍA PAZ BARTOLUCCI KONGA ADMINISTRATIVO DE ACTAS Paulina Altamirano Arenas SALA Sala Virtual N° 4 HORA DE INICIO 10:45 horas HORA DE TERMINO 13:05 horas Nº REGISTRO DE AUDIO 22-4-0425937-0-1338 PAR
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