Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel

OPAZO/CONSTRUCTORA SOLUCION SPA.

Rol

M-88-2023

Fecha

14 de marzo de 2023

Materia

Despido injustificado, Otras Indemnizaciones, Prestaciones

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS NO CONTROVERTIDOS: 1. La existencia de la relación laboral entre las partes, la que se inició el dio 6 de mayo de 2022, desempeñándose el actor en calidad de jornal. 2. Que las partes suscribieron un finiquito con fecha 14 de noviembre de 2022. LOS HECHOS A PROBAR SON LOS SIGUIENTES: 1. Remuneración pactada y efectivamente percibidos por el actor, rubros que la componen y monto de los mismos. Detalles y pormenores. 2. Fecha, causas y circunstancias del término de los servicios del demandante, cumplimento de las formalidades legales y justificación de su desvinculación. Hechos, detalles,

Fundamentos

fundamentos y pormenores. 3. Términos y condiciones del finiquito suscrito por las partes, validez del mismo y efectividad de haber concurrido un vicio del consentimiento. 4. Prestaciones adeudadas al actor, fundamentos fácticos y jurídicos de las mismas y monto de estas. Detalles y pormenores. MEDIOS DE PRUEBA: LA PARTE DEMANDANTE RINDE DOCUMENTAL: 1. Finiquito del Trabajador de fecha 10 de noviembre de 2022. 2. Comprobante de Solicitud de Reclamo Administrativo de fecha 20 de diciembre de 2022. 3. Presentación de Reclamo ante la Inspección del Trabajo, de fecha 21 de diciembre de 2022. 4. Acta de Comparendo de Conciliación emitida por la Dirección del Trabajo, de fecha 11 de enero de 2023. 5. Cartola Bancaria Cuenta RUT N° 15919432 emitida por Banco Del Estado de Chile, correspondiente a la cuenta RUT de don Pablo Opazo Pozo. Tribunal resuelve: Téngase por ofrecida e incorporada la prueba documental de la parte demandante. LA PARTE DEMANDANTE SOLICITA PRUEBA CONFESIONAL: Solicita declare Paul Michael García López Se deja constancia que Paul Michael García López no está presente. La parte demandante solicita se haga efectivo el apercibimiento legal al momento de la dictación del a sentencia definitiva. Tribunal Resuelve: Se tendrá presente el apercibimiento solicitado en la oportunidad procesal pertinente. EXHIBICIÓN DE DOCUMENTOS DEMANDANTE: La parte demandante solicita que la parte demandada principal le exhiba bajo apercibimiento legal: 1. El o los contratos de trabajo y anexos de contrato de trabajo correspondiente al demandante Pablo Andrés Opazo Pozo, cédula de identidad N° 15.919.432-9. Tribunal Resuelve: Se tiene por cumplida la diligencia con la prueba documental de la parte demandada. LA PARTE DEMANDADA RINDE DOCUMENTAL: 1. Contrato de Trabajo de fecha 06 de mayo de 2022. 2. Liquidaciones de sueldo mayo y junio 2022. 3. Certificado Cotizaciones Previred de fecha 10 de marzo de 2023. 4. Comprobante de transferencia bancaria de fecha 14 de noviembre de 2022. 5. Comprobante de transferencia bancaria de fecha 18 de noviembre del 2022. 6. Finiquito firmado por ambas partes con fecha 14 de noviembre de 2022. 7. Contrato de trabajo entre Pablo Opazo Pozo y la empresa Umbrales de fecha 15 de noviembre de 2022. 8. Fotos Libro de asistencia de don Pablo Opazo Pozo de los meses mayo a noviembre de 2022. Tribunal resuelve: Téngase por ofrecida e incorporada la prueba documental de la parte demandada. OBSERVACIONES A LA PRUEBA · La parte demandante formula observaciones a la prueba. · La parte demandada formula observaciones a la prueba. -Argumentos que consta en el registro de audio. Tribunal resuelve: Téngase por formuladas las observaciones a la prueba por la parte demandada. Siendo las 10:15 horas el Tribunal realiza un receso con objeto de dar lectura de sentencia. Siendo las 13:12 se procede a dictar sentencia en esta causa. Se deja constancia que no comparecen las partes. RESOLUTIVO DE LA SENTENCIA Transcripción pa

Fallo

se declara que: I. Que se acoge la excepción de finiquito opuesta por la demandada y, en consecuencia, se RECHAZA en todas sus partes la demanda interpuesta por Pablo Andrés Opazo Pozo en contra de Constructora Solución SpA. II. Que se condena en costas al demandante por estimarse que no tuvo motivo plausible para litigar, las que se fijan en la suma de $150.000.- Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad Siendo las 13:18 horas se pone término a la presente audiencia, quedando las partes notificadas de todas las resoluciones recaídas en esta causa. Dirigió Doña Patricia Agüero Gaete, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel, catorce de marzo de dos mil veintitrés.- Página 4 de 4

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ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 14 de marzo de 2023 RUC 23-4-0459754-K RIT M-88-2023 MAGISTRADO Patricia Agüero Gaete ADMINISTRATIVO DE ACTAS Cristian Chávez Parada HORA DE INICIO 09:56 HORA DE TERMINO 10:15 (13:12 – 13:18) Nº REGISTRO DE AUDIO 2340459754-K-1351 SALA 2.- PARTE DEMANDANTE Pablo Andrés Opazo Pozo RUT N °: 15.919.4

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