INVERSIONES DOÑA ROSA SPA/MUNICIPALIDAD DE LAS CONDES
Rol
C-1081-2022
Fecha
30 de mayo de 2022
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 11 de febrero de 2022, mediante presentaci n ingresada aó trav s de la Oficina Judicial Virtual, comparece don Felipe Ignacio Guevaraé Sinclair, abogado, en representaci n de la sociedad ó Inversiones Do añ Rosa SpA., sociedad del giro de si denominaci n, ambos domiciliados paraó estos efectos en Avenida Cerro El Plomo N 5.420, oficina 1903 de la° comuna de Las Condes, quien interpone demanda en juicio ordinario de mayor cuant a de declaraci n de prescripci n de acciones de cobro deí ó ó patente municipal, sus reajustes, intereses y multas, en contra de la Ilustre Municipalidad de Las Condes, representada legalmente por su alcaldesa, do a Daniela Pe aloza Ramos, psic loga, ambos domiciliados en avenidañ ñ ó Apoquindo N 3.400, comuna de Las Condes, Regi n Metropolitana. ° ó Funda su demanda en que su representada es una sociedad por acciones constituida en el a o 2003 y cuyo extracto de constituci n señ ó encuentra inscrito a fojas 29.816 n mero 22.417 en el Registro de Comercioú del Conservador de Bienes Ra ces de Santiago, correspondiente al a oí ñ 2003, siendo objeto de diversas modificaciones, destacando la efectuada por escritura p blica de fecha 1 de diciembre 2016 en la que se aument elú ó capital a $4.132.490.307.-, lo que se encuentra inscrito a fojas 33.656 n mero 18.452 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienesú Ra ces de Santiago correspondiente al a o 2017.í ñ Indica que seg n consta del certificado de Deuda de Impuestos yú “ Derechos Municipales su representada adeudar a a la Municipalidad” í demandada la suma de $387.484.069.- por concepto de patentes comerciales impagas. Agrega que seg n documento acompa ado, los valores adeudados yú ñ los periodos devengados ser an los que indica en tabla que inserta en suí libelo pretensor, entre los que se contemplan aquellos que van desde el 2do Semestre de 2003, plazo de pago al d a 31 de octubre de 2003, al 1erí semestre del a o 2019, con fecha de pago para el d a 31 de enero de 201
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, don Felipe Ignacio Guevara Sinclair, abogado, en representaci n de la sociedad Inversiones Do a Rosa SpA.ó ñ , deduce acci n aó fin de que se declare la prescripci n extintiva de las acciones de cobro deó patentes comerciales en contra de la Ilustre Municipalidad de Las Condes, representada legalmente por su alcalde, todos ya individualizados, basado en los fundamentos de hecho y de derecho que ya fueron. Código: XVXFZQGTVL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 SEGUNDO: Que, la demandada contest la demanda dentro deó plazo legal y se allan a la pretensi n de la parte demandante. ó ó TERCERO: Que seg n dispone el art culo 2492 del C digo Civil, laú í ó prescripci n es un modo de extinguir las acciones y derechos ajenos, por noó haberse ejercido dichas acciones y derechos durante cierto lapso de tiempo, concurriendo los dem s requisitos legales.á Que, as la prescripci n es la sanci n de ineficacia jur dica queí ó ó í extingue las acciones por no haberse ejercido stas durante cierto lapso deé tiempo y concurriendo los dem s requisitos legales, defini ndola el art culoá é í 2492 del C digo Civil. Agrega el art culo 2493 del mismo cuerpo legal, queó í qui n quiera aprovecharse de la prescripci n debe alegarla, no pudiendo uné ó juez declararla de oficio. Que, ya el art culo 2521 del C digo Civil establece que prescribení ó “ en tres a os las acciones a favor o en contra del Fisco y de lasñ Municipalidades provenientes de toda clase de impuestos .” CUARTO: Que, el art culo 24 del Decreto Ley N 3063, de 1979,í º sobre Rentas Municipales, establece el pago de una patente que grava la actividad que se ejerce por un mismo contribuyente, en su local, oficina, establecimiento, kiosko o lugar, cuyo valor ser por doce meses, y seg n elá ú art culo 29 corresponde a la patente de doce meses comprendidos entre elí 1 de julio del a o de la declaraci n y el 30 de junio del a o siguiente, laº ñ ó ñ que se puede pagar al contado o en dos cuotas iguales, en la municipalidad respectiva, dentro de los meses de julio y enero de cada a o, de donde señ sigue que el t rmino para pagar la patente expira el ltimo d a del mes deé ú í enero de cada a o.ñ QUINTO: Que con el fin de acreditar sus pretensiones el actor acompa al expediente electr nico como prueba instrumental, pertinenteñó ó para el asunto de marras, copia simple de consulta de patentes municipales no pagadas de fecha 11 de febrero de 2022 de Inversiones Do a Rosa SpA.,ñ rut N 99.536.940-0, patente Rol N 506327-2. ° ° SEXTO: Que valorada la prueba de conformidad a la ley, y no siendo objetada por la contraparte, se tiene que es efectivo que la demandante mantuvo domicilio comercial la comuna de Las Condes, enrolada bajo el N 506327-2, y que adem s, adeuda patentes comerciales° á comprendidas en el periodo que va desde aquella con vencimiento 31/10/2003 al 31/01/2022, las que suman un total de $387.484.060.-
Fallo
Por estas consideraciones, y visto lo dispuesto en los art culos 1698,í 2492, 2493, 2514, 2515 y 2521 del C digo Civil; art culos 23 a 34 bis deló í D.L. N 3.063 Ley de Rentas Municipales; y art culos 144, 160, 170 y 254º í del C digo de Procedimiento Civil, se declara:ó I.- Que se acoge la demanda de fecha 11 de febrero de 2022, declar ndose prescritas las acciones para perseguir el pago de la patenteá comercial que grava a la actora, correspondiente a aquellas devengadas con fecha de vencimiento correspondientes al segundo semestre de 2003 hasta el primer semestre del a o 2019 inclusive, devengadas desde el 31 de octubreñ de 2003 al 31 de enero de 2019, ambas fechas inclusive, las que equivalen a un monto de $377.465.874.-, la cual incluye los respectivos reajustes e intereses. II.- Que cada parte pagar sus costas. á Reg strese, notif quese y, en su oportunidad, arch vese.í í í DICTADA POR DO A ROC O P REZ GAMBOA, JUEZÑ Í É TITULAR. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, treinta de Mayo de dos mil veintid só Código: XVXFZQGTVL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-05-30T11:12:42-0400
Texto Completo (Preview)
RIT« » Foja: 1 FOJA: 15 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 17 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-1081-2022 CARATULADO : INVERSIONES DO A ROSAÑ SpA/MUNICIPALIDAD DE LAS CONDES Santiago, treinta de Mayo de dos mil veintid só VISTOS: Con fecha 11 de febrero de 2022, mediante presentaci n ingresada aó trav s de la Oficina Judicial Virtual, comparece don Felipe Ignacio Guevaraé Sincl
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