2º Juzgado de Letras de Curicó

FERNÁNDEZ/SALINAS

Rol

C-2531-2020

Fecha

27 de mayo de 2022

Materia

PRECARIO, INC. 2º ART. 2.195 C.C

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: Que, con fecha 11 de septiembre de 2020, folio 1, comparece don HUGO DEL CARMEN FERNÁNDEZ LUENGO , de profesión contador, casado, cédula de identidad Nº 5.644.929-9, con domicil io en Parcela 23, Los Cristales, Curicó, quien viene en deducir demanda de precario en contra de don MARIO AGUSTO DEL CARMEN SALINAS URBINA , comerciante, ignora estado civi l , cédula de identidad Nº11.370.495-0, domicil iado en Villa Los Alpes, calle Curicó, casa lado derecho de la Nº4 entre calle Parral y calle O ´Higgins, sector de Sarmiento, Comuna de Curicó y de don MIGUEL ANGEL SALINAS URBINA , comerciante, ignora estado civi l , cédula de identidad Nº14.499.005-6, domicil iado en Villa Primavera, casa esquina s/n, en calle 1 con Callejón Los Leyton, Sarmiento, Comuna de Curicó, con el f in de notif icar la demanda en juicio sumario a los demandados, solicitando se acoja en todas sus partes, en mérito de las siguientes consideraciones de hecho y de derecho: LOS HECHOS Según consta de los documentos que acompaña en un otrosí de esa presentación, es dueño de la propiedad raíz ubicada en Avenida Sarmiento N° 1.046, Lote N° 1, Sector Sarmiento de la comuna y provincia de Curicó, cuya superficie consta de 565,75 metros cuadrados , siendo sus deslindes especiales: NORTE, en 36,50 metros con propiedad Rol N° 641-11 de José Muñoz; SUR, en 36,50 metros con Lote N° 2 de la presente subdivisión; ORIENTE, en 15,50 metros con propiedad Rol N° 641-6 de Hortencia Cubil los; y RIT« » Foja: 1 PONIENTE, en 15,50 metros con Avenida Sarmiento y cuyo Rol de Avalúo es el N° 641-62 de la comuna de Curicó, siendo el destino del Bien Raíz a Bodega y Almacenaje, tal como consta en el Certi f icado de Avalúo Fiscal que acompaña en el primer otrosí de esa presentación, y cuyo Título de Dominio se encuentra inscrito a su nombre HUGO DEL CARMEN FERNÁNDEZ LUENGO, a fojas 10.687, N° 5.360 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Curicó del año 2.016 , tal como se acredita con la inscripci

Fundamentos

considerando sexto, de acuerdo a lo resuelto por la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Talca, en causa Rol N°1559- 2018, donde se ordena al Conservador de Bienes Raíces de Curicó, dejar vigente la inscripción conservatoria de don Hugo del Carmen Fernández Luengo, que rola a fojas 10.687, número 5.360 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Curicó del año 2016, quedando de este modo, acreditado el dominio del actor don Hugo del Carmen Fernández Luengo, sobre la propiedad ubicada en Avenida Sarmiento N°1.046, Lote N°1, Sector Sarmiento, comuna y provincia de Curicó. RIT« » Foja: 1 DÉCIMO PRIMERO : Que, estando los puntos Nº2 y N°3 de la interlocutoria de prueba, íntimamente l igados en su dilucidación, por economía procesal se analizarán en su conjunto. En primer término, se dirá que, nuestra jurisprudencia, expresa lo siguiente “que, corresponde al actor, en virtud de la norma del artículo 1698 del Código Civi l , acreditar por los medios de pruebas legales los presupuestos de su acción, esto es, los hechos que le sirven de fundamento necesario, comprobada esta ocupación habrá debido accederse a lo pedido…”. (

Fallo

en mérito de lo expuesto, lo dispuesto en el artículo 582 y siguientes y el inciso segundo del artículo 2195 del Código Civil , artículo 19 N° 24 de la Constitución Polít ica de la República y lo señalado en los artículos 680 y siguientes del Código de Procedimiento Civil , solicita se sirva tener por deducida demanda de precario en juicio sumario en contra de don MARIO AGUSTO DEL CARMEN SALINAS URBINA, y de don MIGUEL ANGEL SALINAS URBINA ya individualizados, y en definit iva acogerla ordenando que el demandado haga restitución dentro de tercero día o en el plazo que el Tribunal, f i je del inmueble que ocupa por mera tolerancia del compareciente , l ibre de todo ocupante, sin daño y en perfecto estado de conservación, bajo apercibimiento de lanzarle del mismo con auxilio de la fuerza pública, con expresa condenación en costas. Que, con fecha 1 de enero de 2021, folio 15, se lee estampado receptorial en el que consta que, con fecha 28 de diciembre de 2020, se notif icó al demandado don Miguel Ángel Salinas Urbina , de conformidad a lo dispuesto en el artículo 44 del Código de Procedimiento Civil , de la acción impetrada en su contra, designación del Tribunal y proveído de la misma.- Que, con fecha 1 de enero de 2021, folio 16, se lee estampado receptorial en el que consta que, con fecha 28 de diciembre de 2020, se notif icó al demandado don Mario Augusto del Carmen Salinas Urbina, de conformidad a lo dispuesto en el artículo RIT« » Foja: 1 44 del Código de Procedimiento Civ

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RIT« » Foja: 1 FOJA: 44.- cuarenta y cuatro.- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado de Letras de Curicó CAUSA ROL : C-2531-2020 CARATULADO : FERNÁNDEZ/SALINAS Curico, veintisiete de Mayo de dos mil veintidós VISTO: Que, con fecha 11 de septiembre de 2020, folio 1, comparece don HUGO DEL CARMEN FERNÁNDEZ LUENGO , de profesión contador, casado, cédula de identidad Nº 5.644.929-9, con

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