2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

SALAS/FALABELLA RETAIL SA.

Rol

M-373-2023

Fecha

10 de marzo de 2023

Materia

Costas, Despido injustificado

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS PACÍFICOS X FIJA HECHOS CONTROVERTIDOS X DEMANDANTE OFRECE E INCORPORA PRUEBA X DEMANDADA OFRECE E INCORPORA PRUEBA X OBSERVACIONES A LA PRUEBA, PARTE DEMANDANTE X OBSERVACIONES A LA PRUEBA, PARTE DEMANDADA X SENTENCIA x Escritos pendientes: Al escrito acompaña documentos, presentado por la parte demandante, doña Daniela Chávez Maturana: Téngase presente. Contestación de la demanda: El Tribunal confiere en este acto traslado a la parte demandada y tiene por contestada la demanda interpuesta. Llamado a conciliación: Habiendo el Tribunal llamado a las partes a conciliación, esta no se produce. Fija hechos pacíficos: Atendido que no existe discusión entre las partes, el Tribunal procede a fijar los siguientes hechos pacíficos: 1. Que efectivamente existió una relación laboral entre las partes, a contar del 7 de marzo del 2016, cumpliendo labores de operadora de grúa trilateral, contrato indefinido. 2. Que la remuneración y base de cálculo de la demandante corresponde a $857.747.- 3. Que el 16 de noviembre del 2022, la demandada puso término al contrato de trabajo invocando la causal del artículo 161 inciso primero del Código del Trabajo, cumpliendo las formalidades legales. 4. Que las partes suscribieron finiquito ante Notario el 30 de noviembre del 2022, con reserva de derechos, donde se pagó por años de servicio la suma de $6.004.227.- respecto de lo cual se descontó por aporte del seguro de cesantía $991.775.- Fija hechos controvertidos: El Tribunal, estimando que existen hechos pertinentes, sustanciales y controvertidos, recibe la causa a prueba y fija los siguientes hechos a probar: 1. Efectividad de concurrir en la especie los hechos constitutivos de la causal de despido invocada por la demandada. Pormenores y antecedentes. Medios de Prueba: La parte demandante ofreció e incorporó los siguientes medios de prueba: Documental: 1. Carta de despido entregada al trabajador, de fecha 16 de noviembre de 2022. 2. Not

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1, 3, 10, 161, 420 y siguientes, ley 19.728 en su artículo 13 y demás normas que resulten pertinentes; se resuelve: I. Que se acoge la demanda de doña PATRICIA ANGÉLICA SALAS GARRIDO en contra de FALABELLA RETAIL S.A., representada por Cristian Carvajal Vera, todos ya debidamente individualizados y se declara que el despido de fecha 16 de noviembre de 2022 es improcedente y, por lo tanto, se ordena el pago de las siguientes sumas: a. Recargo de la letra a) del artículo 168 del Código del Trabajo por la suma de $1.801.268.- b. Devolución del aporte al seguro de cesantía descontado sobre dos años de servicios por la suma de $991.775.- II. Las sumas ordenadas pagar serán con los reajustes y los intereses legales que correspondan de conformidad al artículo 63 y 173 del Código del Trabajo. III. Cada parte pagará sus costas. Ejecutoriada que sea la presente sentencia se ordena a cumplir con ella dentro de quinto día, en caso contrario, proceder de acuerdo a lo que dispone el artículo 462 del Código del Trabajo. Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas. Dirigió doña IVETTE MOURGUET BESOAIN, Jueza Titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, diez de marzo de dos mil vei

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ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO RECLAMO MONITORIO FECHA 10 DE MARZO DE 2023 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 9 RUC 23-4-0456697-0 RIT M-373-2023 MAGISTRADO IVETTE MOURGUET BESOAIN ADMINISTRATIVO DE ACTAS MARGARITA BRUAN DURÁN HORA DE INICIO 10:21 HORAS HORA DE TÉRMINO 11:03 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 23404566

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