BANCO DEL ESTADO DE CHILE/SUÁREZ
Rol
C-2698-2020
Fecha
24 de mayo de 2022
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que, con fecha 24 de diciembre de 2020, a folio 1, comparece don CLAUDIO FELIPE ALTAMIRANO RODRIGUEZ, abogado, en su calidad de mandatario judicial del BANCO DEL ESTADO DE CHILE, Rut 97.030.000-7, sociedad del giro de su denominaci n, todos domiciliados para estos efectos, en Avenida Libertador Bernardo Oó Higgins N 1111, piso 8, comuna de Santiago, deduciendo demanda ejecutiva en contra´ ° de do a JAVIERA FRANCISCA SUAREZ RODRIGUEZ, c dula nacional deñ é identidad N 17.477.492-7, ignora profesi n u oficio, domiciliada en calle Ignacio de° ó Loyola N 1580, comuna de San Antonio y, en avenida Manuel Antonio Matta N° ° 3002, comuna de Valpara so.í Se ala que, los t tulos cuyo cobro se persigue en los autos corresponden a: 1) Pagarñ í é suscrito con fecha 11 de noviembre de 2020, por do a Leslie Andrea Contreras Vilchesñ y don H ctor Patricio Parra Concha, ambos empleados, domiciliados en Alamedaé Libertador Bernardo O Higgins N 1111, comuna de Santiago, en representaci n de´ ° ó do a Javiera Francisca Su rez Rodr guez, en virtud del mandato conferido por esteñ á í ltimo en las cl usulas 15 y 16 del contrato de apertura de l nea de cr dito paraú á í é estudiantes de educaci n superior con garant a estatal seg n la ley 20.027, por la sumaó í ú de 195,6614 uf. 2) Pagar suscrito con fecha 11 de noviembre de 2020, por do a Leslie Andreaé ñ Contreras Vilches y don H ctor Patricio Parra Concha, ambos empleados, domiciliadosé en Alameda Libertador Bernardo O Higgins N 1111, comuna de Santiago, en´ ° representaci n de do a Javiera Francisca Su rez Rodr guez, en virtud del mandatoó ñ á í conferido por este ltimo en las cl usulas 15 y 16 del contrato de apertura de l nea deú á í cr dito para estudiantes de educaci n superior con garant a estatal seg n la ley 20.027,é ó í ú por la suma de 21,7401 UF. Precisa que, de acuerdo a lo pactado en el pagar , el capital adeudado, a contar de laé fecha de suscripci n y hasta la de su pago efectivo, devengar a la tasa de inter s m x
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece BANCO DEL ESTADO DE CHILE, deduciendo demanda ejecutiva en contra de do a JAVIERA FRANCISCA SUAREZñ RODRIGUEZ, ya individualizados. Se ala que, los t tulos cuyo cobro se persigue en los autos corresponden a: 1) Pagarñ í é suscrito con fecha 11 de noviembre de 2020, por do a Leslie Andrea Contreras Vilchesñ y don H ctor Patricio Parra Concha, ambos empleados, domiciliados en Alamedaé Libertador Bernardo O Higgins N 1111, comuna de Santiago, en representaci n de´ ° ó do a Javiera Francisca Su rez Rodr guez, en virtud del mandato conferido por esteñ á í ltimo en las cl usulas 15 y 16 del contrato de apertura de l nea de cr dito paraú á í é estudiantes de educaci n superior con garant a estatal seg n la ley 20.027, por la sumaó í ú de 195,6614 uf. 2) Pagar suscrito con fecha 11 de noviembre de 2020, por do a Leslie Andreaé ñ Contreras Vilches y don H ctor Patricio Parra Concha, ambos empleados, domiciliadosé en Alameda Libertador Bernardo O Higgins N 1111, comuna de Santiago, en´ ° representaci n de do a Javiera Francisca Su rez Rodr guez, en virtud del mandatoó ñ á í conferido por este ltimo en las cl usulas 15 y 16 del contrato de apertura de l nea deú á í cr dito para estudiantes de educaci n superior con garant a estatal seg n la ley 20.027,é ó í ú por la suma de 21,7401 UF. Precisa que, de acuerdo a lo pactado en el pagar , el capital adeudado, a contar de laé fecha de suscripci n y hasta la de su pago efectivo, devengar a la tasa de inter s m ximaó í é á convencional que la ley permite establecer para este tipo de operaciones de cr dito deé dinero. Adem s, se estipul en los t tulos que en caso de no pago de la deuda a laá ó í presentaci n a cobro del respectivo pagar , se capitalizaran los intereses vencidos y laó é obligaci n devengar a favor del Banco, a partir de esta misma fecha, a t tulo de pena,ó á í intereses moratorios a la tasa de inter s m xima convencional fijada por la autoridad a laé á fecha de suscripci n de pagar , a menos que rija durante la mora o retardo sea superior,ó é en cuyo caso se cobrar esta ltima.á ú Aclara que en caso de los pagar s objeto de esta ejecuci n, los referidos documentosé ó fueron pactados a plazo, por lo que a contar de la presentaci n de esta demanda suó representado los hace exigibles, raz n por la cual y de acuerdo con lo convenido, suó representado viene en demandar el pago de las citadas deudas, anteriormente individualizadas, signadas con los n meros 1 y 2, en los dos casos, con vencimiento 12ú de noviembre de 2020 en su equivalente en pesos moneda legal al momento de pago efectivo, m s intereses pactados devengados y los que devenguen hasta el d a exacto eá í integro pago de la obligaci n y las costas de la causa. En consecuencia el total de loó adeudado por la ejecutada, asciende, en capital a la suma de 217,4015 UF. Solicita ordenar se despache mandamiento de ejecuci n y embargo en contra de la demandadaó por la suma de 217,4015 Unidades de Fomento, equivalen
Fallo
SE RESUELVE: I.- Que SE RECHAZA la excepci n interpuesta por la ejecutada y en consecuencia seó ordena seguir adelante con la ejecuci n, hasta hacerse entero y cumplido pago de loó adeudado al tenor de lo dispuesto en el mandamiento de autos. II.- Que se condena en costas a la ejecutada. Reg strese, notif quese y arch vese en su oportunidad.í í í Dictada por don Jos Luis Mayorga Simpson, Juez Titular del Segundo Juzgado deé Letras de San Antonio, Autoriza do a Teresa Nilo Carvajal, Secretaria Subrogante.ñ Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en San Antonio, veinticuatro de Mayo de dos mil veintid só C-2698-2020 Foja: 1 Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 03 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2022-05-24T13:22:17-0400
Texto Completo (Preview)
C-2698-2020 Foja: 1 FOJA: 34 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de San Antonioº CAUSA ROL : C-2698-2020 CARATULADO : BANCO DEL ESTADO DE CHILE/SU REZÁ San Antonio, veinticuatro de Mayo de dos mil veintid só VISTOS: Que, con fecha 24 de diciembre de 2020, a folio 1, comparece don CLAUDIO FELIPE ALTAMIRANO RODRIGUEZ, abogado, en su calidad de mandatario judicial del
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