16º Juzgado Civil de Santiago

ASOCIACION CRISTIANA TESTIGOS DE JEHOVA/ANDANA

Rol

C-2272-2020

Fecha

24 de mayo de 2022

Materia

MEDIDA PREJUDICIAL PREPARATORIA

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que, con fecha 22 de noviembre de 2021, comparece don Pablo Rodrigo Mart nez G mez, abogado, domiciliado para estos efectos en calleí ó Marchant Pereira N 150, Oficina N 1002, comuna de Providencia, en° ° representaci n de la Asociaci n Cristiana Testigos de Jehov , entidadó ó á religiosa de Derecho P blico, representada legalmente por don Fernandoú Gonzalo Morr s Oyanedel, ministro religioso, ambos domiciliados ená Avenida Concha y Toro N 3456, comuna de Puente Alto quien deduce° demanda de precario en juicio sumario en contra de don Joselito Andr sé Andana Lagos, ignora profesi n u oficio y en contra de y de do a Katterineó ñ Andrea Salas Bravo, ignora profesi n u oficio, ambos domiciliados en Pasajeó Tucum n N 0495, Los Jardines de Quilicura, comuna de Quilicura.á ° Con fecha 23 de febrero de 2022, se llev a cabo la audiencia deó estilo con la sola comparecencia de la parte demandante, teni ndose poré contestada la demanda en rebeld a de la demandada y se consign queí ó llamadas las partes a conciliaci n, sta no se produjo.ó é Con fecha 24 de febrero de 2022, se recibi la causa a prueba.ó Con fecha 1 de abril de 2022, se cit a las partes a o r sentencia.ó í

Fundamentos

CONSIDERANDO: C-2272-2020 Foja: 1 Primero: Que, don Pablo Rodrigo Mart nez G mez, abogado, ení ó representaci n de la Asociaci n Cristiana Testigos de Jehov deduceó ó á demanda de precario en juicio sumario en contra de don Joselito Andr sé Andana Lagos y en contra de y de do a Katterine Andrea Salas Bravo,ñ todos ya individualizados. Funda su demanda en el hecho de que su representada es due a delñ inmueble ubicado en Pasaje Tucum n, N 0495, Los Jardines de Quilicura,á ° Comuna de Quilicura, el cual rola inscrito a Fojas 77.689, N 113.136 del° Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Santiago delí a o 2019, y cuyo Rol de Aval o corresponde al N 809-5, de la Comuna deñ ú ° Quilicura. La adquiri por herencia de do a Mar a Romero Mart nez cuyaó ñ í í posesi n efectiva de la herencia fue concedida en virtud de resoluci n deó ó fecha 20 de junio del a o 2019, por el 19 Juzgado Civil de Santiago, enñ ° autos seguidos mediante el ROL V-7-2019, inscrita a Fojas 77688, N° 113134 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces deí Santiago del a o 2019ñ Refieren que desde que adquiri el dominio del inmueble, y sin existiró contrato o t tulo previo alguno que habilite a los demandados su tenenciaí y/u ocupaci n y tampoco sin mediar consentimiento alguno de esta parte,ó han ocupado el inmueble de autos, hasta esta fecha, inclusive Indica que desde el mes de febrero de 2019, se han realizado m ltiples intentos de acercamiento y comunicaciones con los demandados,ú tanto visitas presenciales como el env o de cartas al domicilio, inclusive coní copias impresas de la inscripci n de dominio vigente, a fin de lograr unaó restituci n pac fica, frustr ndose tal posibilidad, dada la negativa de losó í á ocupantes a restituirlo. Arguye que se configura la procedencia de la acci n de precario deó conformidad al art culo 2195 del C digo Civil, donde la actora es due a deí ó ñ la propiedad, los demandados no tienen t tulo que justifique su tenencia,í que no habiendo arrendamiento no se puede justificar la tenencia m s queá por mera tolerancia de la actora. C-2272-2020 Foja: 1 Previa citas legales, reitera su solicitud de tener por interpuesta demanda de precario en contra de don Joselito Andr s Andana Lagos y ené contra de y de do a Katterine Andrea Salas Bravo, ya individualizados,ñ acogerla a tramitaci n en todas sus partes y en definitiva, ordenar suó devoluci n dentro de tercero d a de ejecutoriada la sentencia o en el plazoó í que S.S fije, bajo apercibimiento de lanzar a los demandados con el auxilio de la fuerza p blica, con expresa condenaci n en costas.ú ó Segundo: Que, habiendo sido legalmente notificada, la parte demandada no compareci en autos, teni ndose por evacuada laó é contestaci n en su rebeld a.ó í La rebeld a implica una contestaci n ficta de la demanda en la que seí ó tienen por negados gen ricamente los fundamentos de la pretensi n delé ó actor. Lo anterior importa que quien demanda deber probar los hechos ená virtud

Fallo

se declara que: C-2272-2020 Foja: 1 I.- Que se acoge la demanda interpuesta a lo principal del escrito de fecha 22 de noviembre de 2021. II.- Que los demandados deben restituir el inmueble sub lite dentro de d cimo d a de ejecutoriada la presente sentencia.é í III.- Que se condena en costas a los demandados. Reg strese, notif quese y en su oportunidad, arch vese.í í í Rol N C-2272-2020.° Pronunciada por don Luis Enrique Parra Aravena, Juez Suplente Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veinticuatro de Mayo de dos mil veintid só Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 03 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos h o r a s . P a r a m á s i n f o r m a c i ó n c o n s u l t e http://www.horaoficial.cl 2022-05-24T12:57:24-0400

Texto Completo (Preview)

C-2272-2020 Foja: 1 FOJA: 47 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 16 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-2272-2020 CARATULADO : ASOCIACION CRISTIANA TESTIGOS DE JEHOVA/ANDANA Santiago, veinticuatro de Mayo de dos mil veintid só VISTOS: Que, con fecha 22 de noviembre de 2021, comparece don Pablo Rodrigo Mart nez G mez, abogado, domiciliado para estos efectos en calleí ó Marchant Per

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