1º Juzgado Civil de Rancagua

MUÑOZ/

Rol

V-172-2021

Fecha

24 de mayo de 2022

Materia

PERPETUA MEMORIA, INFORMACIÓN

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: PRIMERO: Que a fojas 1 comparece do a ñ CONSTANZA URRUTIA SCHWARZENBERG, abogada, c dula de identidad 16.957.934-2, en representaci né ó de don ROBERTO EMILIO MU OZ MENDOZA, m dico cirujano, c dula deÑ é é identidad N 14.707.655-K, domiciliado en Calle Hern n Claudio N 640, departamento° á ° N 22, comuna de Rancagua, quien solicita que este tribunal admita la informaci n para° ó perpetua memoria de los testigos que se se alan, con el objeto de acreditar que, entre elñ 1 de abril de 2001 y 31 de marzo de 2004, pues su representado realiz turnosó nocturnos en d as h biles, y en d as s bado, domingo y festivos, de forma continua yí á í á permanente. Se ala que su ñ representado prest funciones en el Hospital de San Vicente deó Tagua Tagua entre los a os 2001 y 2004, quien sin perjuicio de estar contratado con 44ñ horas, realiz turnos nocturnos en d as h biles y en d as s bado, domingo y festivos deó í á í á forma regular, pues dicha jornada semanal se cumpli en la pr ctica con 22 horasó á diurnas y 28 de turnos nocturnos y que durante dicho per odo, el Dr. Mu oz cumplií ñ ó las funciones de : - Actividades asistenciales de pacientes en Sala. - Prestaciones en Consultorio, para la atenci n de pacientes cr nicos o deó ó morbilidad. - Luego, efectuaba turnos de 24 horas en donde le correspond a prestarí atenciones en la Urgencia para pacientes adultos, pedi tricos y atenciones quir rgicas oá ú ginecol gicas).ó Que el efecto de esta informaci n es para acreditar los hechos se alados, y que seó ñ le reconozca que, durante su estad a en el Hospital de San Vicente de Tagua Tagua,í realiz durante el per odo mencionado en los p rrafos anteriores, turnos presenciales conó í á residencia permanente en el hospital, en la modalidad ya indicada. Ahora bien, este reconocimiento es menester, a fin de poder obtener el beneficio contemplado para los m dicos cirujanos, en el art culo 44 de la ley 15.076 queé í se ala:ñ Los profesionales funcionarios que durante m s de 20 a os ha

Fallo

por tanto hoy solo se puede recurrir a esta v aí para hechos que donde no es posible o no existe un sistema de registro. CUARTO: Que, en el caso analizado, a juicio de esta sentenciadora no se dan ninguno de los presupuesto analizados, pues el solicitante no expone ning nú antecedente sobre cuales son la razones l gicas de porque requiere que por esta v a seó í establezca la forma, horarios y turnos en que prestaba servicios para el Servicio de Salud O Higgins, espec ficamente en el Hospital de San Vicente, en el periodo indicado, ello’ í atendido que toda repartici n p blica debe mantener en su oficina de personal, losó ú antecedentes sobre quienes le prestan servicios, las modalidades de contrataci n,ó horarios y sistema de turnos en que de desempe aba, tanto para el pago deñ remuneraciones mes a mes, as como, para el reconocimiento del tiempo servido ení determinadas calidades, es decir, al tiempo en que don Roberto Emilio Mu ozñ Mendoza realizaba labores en el Hospital de San Vicente, exist a ya un mecanismo deí registro. Por otro lado, las declaraciones no tienen las caracter sticas de precisi n yí ó certeza necesarios, pues los testigos no indican en que calidad ingreso el solicitante a prestar servicios, dato no menor para conocer cu les eran su obligaciones, ello atendidoá el complejo sistema que reconoce a los m dicos de los Hospitales de los Servicios deé Salud de beneficios, si es que en efecto cumplen labores en los llamados cargos de asistencia p blica en sistem

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Rancaguaº CAUSA ROL : V-172-2021 CARATULADO : MU OZ/Ñ Rancagua, veinticuatro de Mayo de dos mil veintid só VISTO: PRIMERO: Que a fojas 1 comparece do a ñ CONSTANZA URRUTIA SCHWARZENBERG, abogada, c dula de identidad 16.957.934-2, en representaci né ó de don ROBERTO EMILIO MU OZ MENDOZA, m dico cirujano, c dula deÑ é é identidad N 14.707.

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