Juzgado de Letras del Trabajo de Talca

FRUTICOLA EL AROMO S.A/DELVA

Rol

O-297-2022

Fecha

8 de marzo de 2023

Materia

Desafuero Maternal

Resultado

No especificado

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Hechos

antecedentes de hecho y de derecho que se exponen: Que la demandada Rosena Delva, fue contratada por Frutícola El Aromo S.A., para desempeñar las labores de trabajdora agrícola de temporada en cosecha manzana Royal Gala y otras labores complementarias a dicha labor para ser cumplida las mismas en el Fundo San Carlos propiedad de la empresa, ello, según consta en contrato de trabajo de fecha 1 de febrero de 2022. Del mismo modo, se estableció entre las partes que la demandada desarrollaría en la faena mencionadas y el vínculo se mantendría vigente mientras subsistiese la faena que dio origen al contrato, es decir, el contrato de trabajo de la demandada fue suscrito para desempeñar una labor de carácter específico en un proceso determinado, de manera que el vínculo finalizaba de manera impostergable al concluir la labor que dio origen al contrato de trabajo. Lo cierto es que la labor para la cual fue contratada la demanda, la cosecha de manzanas llegó a su término el día 27 de mayo de 2021. Agregó que mi la empresa puso término a la relación laboral en la fecha momento en que se terminó la labor señalada en el contrato, sin embargo, con posterioridad al despido, nos enteramos que la trabajadora estaba en una situación de embarazo, por ello, dado que la demandada cuenta con fuero laboral maternal, solicita se le nos autorice a poner término al contrato por la causal prevista en el artículo 159 Nº 5 del Código del Trabajo, esto es, la conclusión de la obra o faena que dio origen al contrato de trabajo, lo que en este caso se encuentra constituida por la cosecha de Manzanas Royal Gala. Hizo presente que la intención de la empresa al contratar a la demandada, fue sólo para cumplir labores en el proceso determinado, es por esto, que celebraron un contrato de trabajador agrícola de temporada, no existiendo jamás la intención de que su contrato se transformara en indefinido. La labor agrícola implica estar largas horas de pie expuestas a temperaturas elevabas y en ocasion

Fundamentos

fundamentos y pretensiones. Que la sociedad demandante antes individualizada, fundo su demanda en los antecedentes de hecho y de derecho que se exponen: Que la demandada Rosena Delva, fue contratada por Frutícola El Aromo S.A., para desempeñar las labores de trabajdora agrícola de temporada en cosecha manzana Royal Gala y otras labores complementarias a dicha labor para ser cumplida las mismas en el Fundo San Carlos propiedad de la empresa, ello, según consta en contrato de trabajo de fecha 1 de febrero de 2022. Del mismo modo, se estableció entre las partes que la demandada desarrollaría en la faena mencionadas y el vínculo se mantendría vigente mientras subsistiese la faena que dio origen al contrato, es decir, el contrato de trabajo de la demandada fue suscrito para desempeñar una labor de carácter específico en un proceso determinado, de manera que el vínculo finalizaba de manera impostergable al concluir la labor que dio origen al contrato de trabajo. Lo cierto es que la labor para la cual fue contratada la demanda, la cosecha de manzanas llegó a su término el día 27 de mayo de 2021. Agregó que mi la empresa puso término a la relación laboral en la fecha momento en que se terminó la labor señalada en el contrato, sin embargo, con posterioridad al despido, nos enteramos que la trabajadora estaba en una situación de embarazo, por ello, dado que la demandada cuenta con fuero laboral maternal, solicita se le nos autorice a poner término al contrato por la causal prevista en el artículo 159 Nº 5 del Código del Trabajo, esto es, la conclusión de la obra o faena que dio origen al contrato de trabajo, lo que en este caso se encuentra constituida por la cosecha de Manzanas Royal Gala. Hizo presente que la intención de la empresa al contratar a la demandada, fue sólo para cumplir labores en el proceso determinado, es por esto, que celebraron un contrato de trabajador agrícola de temporada, no existiendo jamás la intención de que su contrato se transformara en indefinido. La labor agrícola implica estar largas horas de pie expuestas a temperaturas elevabas y en ocasiones al frio que acedia en el campo, acarreo de materiales, mover objetos pesados, etc., labores que en definitiva podrían perjudicar el estado de embarazo de la demandada. Por todo lo anteriormente, solicitamos se acoja la demanda y se le otorgue autorización para poner término al contrato de trabajo en virtud de la causal prevista en el artículo 159 N° 5 del Código del Trabajo, estos es, “conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato”, pues dicha labor llegó a su término en la fecha ya indicada. Fundamentos de derecho: La autorización de despido se solicita toda vez que la demandada se encontraría actualmente gozando de fuero maternal conforme al artículo 201 en relación al artículo 174, ambos del Código del Trabajo. La causal del artículo 159 N° 5 se invoca, dado que el contrato de trabajo de la demandada se suscribió para desarrollar una labor en particular, esto es

Fallo

se declara: I.- QUE SE ACOGE la demanda interpuesta por sociedad Frutícola El Aromo S.A. Rut N°79.936.380-1 representada legalmente por don Carlos Andrés Silva Salgado en contra de doña Rosena Delva, y en consecuencia se otorga autorización para poner término al contrato de trabajo celebrado con la demandada con fecha 1° de febrero del presente año 2022 por aplicación de la causal prevista en el artículo 159 N°5 del Código del Trabajo, esto es, por conclusión de la obra o faena que dio origen al contrato. II.- Que no se condena a la parte demandada al pago de las costas de la causa habida consideración a la naturaleza de la acción de autos. Las partes quedan válidamente notificadas de la sentencia en la actuación decretada para las 13:00 horas del día de hoy 8 de marzo del presente año 2023, asistan o no, a la misma. Sin perjuicio de lo anterior, remítaseles vía correo electrónico a sus defensas. Regístrese y en archívese, en su oportunidad. RIT O-297-2022. RUC N°22-4-0409268-9 Dictada por doña Lis Aguilera Jiménez, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Talca.

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA. PROCEDIMIENTO: APLICACIÓN GENERAL. MATERIA: DESAFUERO MATERNAL. DEMANDANTE: SOCIEDAD FRUTÍCOLA EL AROMO S.A. REPRESENTADA POR CARLOS ANDRÉS SILVA SALGADO. DEMANDADA: ROSENA DELVA. RIT O-297-2022. RUC N°22-4-0409268-9 En Talca a ocho de marzo del año dos mil veintitrés. VISTO. Individualización de las partes litigantes. Que son partes en este juicio en calidad de demandante socie

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