2º Juzgado Civil de Chillán

BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/FLORES

Rol

C-3989-2020

Fecha

20 de mayo de 2022

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: A folio 1 comparece don Carlos Alberto Sep lveda Y venes, abogado,ú é domiciliado en Bulnes 868, Chill n, en representaci n del Banco de Cr ditos eá ó é Inversiones, sociedad an nima bancaria del giro de su denominaci n, representadaó ó legalmente por don Eugenio Von Chrismar Carvajal, Ingeniero Civil, ambos de su mismo domicilio y deduce demanda ejecutiva en contra de don Ricardo Freddy Flores Riquelme, Run N 17.349.939-6, ignora profesi n u oficio, domiciliado en Calle° ó Cordillera 915, Chill n. Se ala que, su representado es due o y portador del pagará ñ ñ é N D06700035731, suscrito por el demandado. Sostiene que, el demandado se oblig a° ó pagar a la orden y disposici n de Banco de Cr dito e Inversiones, la suma deó é $2.590.600.-, m s intereses pactados. Indica que, esta deuda se pagar a en 28 cuotasá í mensuales, iguales y sucesivas, en las cuales se encuentra comprendido el inter s pactado,é de $131.670.- cada una, con vencimiento los d as 6 de cada mes, a contar del mes deí julio de 2020. Refiere que, el deudor dej de pagar a contar de la cuota N 3 inclusive,ó ° de vencimiento el 7 de septiembre de 2020, en consecuencia adeuda, en capital, la suma de $2.541.175.-, que corresponde a 26 cuotas impagas. Se ala que, este documento noñ ha sido pagado a su presentaci n, por lo que el suscriptor se encuentra en mora yó adeuda a su mandante la cantidad expresada, m s intereses. Refiere que, el demandadoá suscribi instrumento consistente en un contrato, que se acompa a en un otros , en lasó ñ í condiciones que all se indican. Indica que, en el instrumento referido el demandadoí otorg un mandato para documentar deuda, con facultad expresa de delegar, a fin deó que el Banco o quien ste designe, en su nombre y representaci n, suscriba pagar s y/oé ó é reconozca deudas en beneficio del emisor por los montos de capital, intereses, impuestos, gastos u otros originados por los cr ditos cursados en virtud de dicho contrato. Se alaé ñ que, en ejercicio de dicho manda

Fundamentos

considerando que es un pagar a la vista y por lo mismo la fecha de su vencimiento laé determina el beneficiario. Refiere que, beneficiario que en el caso de autos, no cumplió con la carga de presentar el documento para su pago. 3.- La concesi n de esperas o la pr rroga del plazo art culo 464 N 11 del C digoó ó í º ó de Procedimiento Civil. Se ala que, su representado se encuentra actualmente enñ conversaciones con el acreedor y se le han concedido esperas y se le ha prorrogado el plazo de todas las obligaciones que existieren entre las partes. Indica que, su representada ha sido perjudicado al ser requerido de pago en virtud de un t tuloí ejecutivo nulo por haber omitido la contraria un requisito que las leyes prescriben como esencial ritualidad previa al iniciar un procedimiento compulsivo de cumplimiento de obligaciones en su virtud. C-3989-2020 Foja: 1 En virtud de lo expuesto, solicita que se tengan por opuestas las excepciones a la ejecuci n que se se ala en el cuerpo del escrito, someterlas a tramitaci n y acoger una oó ñ ó m s de ellas, denegando en definitiva la ejecuci n, con costas.á ó A folio 16, se tuvo por evacuado traslado en rebeld a del ejecutante,

Fallo

se declararoní admisibles las excepciones opuestas y se recibi la causa a prueba fijando como hechosó sustanciales, pertinentes y controvertidos: 1.- Efectividad que al t tulo de autos le faltaí alg n requisito o condici n para tener m rito ejecutivo. Hechos que lo constituyen. 2.-ú ó é Efectividad que la obligaci n contenida en el t tulo de autos adolece de alg n vicio deó í ú nulidad. Hechos que la constituyen. 3.- Efectividad que la ejecutante otorg espera oó pr rroga del plazo al ejecutado.ó Por resoluci n de 3 de marzo de 2021, se decret la acumulaci n a estos autos deó ó ó la causa Rol C214-2021 seguida ante este Tribunal. Causa C-214-2021. A folio 1, de la referida causa, comparece don Carlos Alberto Sep lveda Yevenes,ú abogado, domiciliado en Bulnes 868, Chill n, en representaci n judicial, de fuenteá ó convencional por mandato que consta en un otros , del Banco de Cr ditos e Inversiones,í é sociedad an nima bancaria del giro de su denominaci n, representada legalmente poró ó don Eugenio Von Chrismar Carvajal, ingeniero civil, ambos de su mismo domicilio, y deduce demanda ejecutiva en contra de don Ricardo Freddy Flores Riquelme, Run N 17.349.939-6, ignora profesi n u oficio, domiciliado en Calle Cordillera 915, Chill n.° ó á Se ala que, la instituci n que representa es due a y portadora del pagar que señ ó ñ é acompa a en un otros , documento del cual consta que el demandado se oblig a pagarñ í ó a la orden y disposici n de Banco de Cr dito e Inversiones, la suma d

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C-3989-2020 Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Chill nº á CAUSA ROL : C-3989-2020 CARATULADO : BANCO DE CR DITO EÉ INVERSIONES/FLORES Chillan, veinte de Mayo de dos mil veintid s.ó VISTOS: A folio 1 comparece don Carlos Alberto Sep lveda Y venes, abogado,ú é domiciliado en Bulnes 868, Chill n, en representaci n del Banco de Cr ditos eá ó é Inversiones, sociedad an

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