BRAVO/
Rol
V-185-2020
Fecha
30 de mayo de 2022
Materia
VEHÍCULOS MOTORIZADOS, INSCRIPCIONES EN REGISTRO
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que, a folio 1, comparece don VÍCTOR CÉSAR BRAVO CASTRO, Funcionario de Carabineros en situación de Retiro, C.I. N° 6.943.264-6, domiciliado en calle Fuenzalida Urrejola N°866, comuna de La Cisterna, viene en interponer gestión voluntaria inscripción de vehículo. Señala, que se sirva ordenar que el Sr. Director del Registro de Vehículos Motorizados, del Registro Civil, inscriba a nombre del solicitante vehículo Automóvil Marca Austin, modelo MG 1300, año 1975, color Amarillo, con motor Nº12H491F-H2089, sin número de chasis, Placa Patente Única AR 8558-4, tipo de combustible gasolina, por los siguientes
Fundamentos
fundamentos: Indica, que con fecha 10 de diciembre del año 2013, adquirió el vehículo singularizado anteriormente, por compraventa al dueño don Juan Felipe Torres Román, C.I. N°2.228.700-1, a través de una compraventa consensual, por esta parte, pagando el precio del auto la suma de $500.000, (quinientos mil pesos) y él entregando materialmente el vehículo, quedando pendiente la ejecución de la transferencia, ello por mutuo acuerdo. De tal manera, quedó perfecta la compraventa, y desde aquel tiempo, se ha dedicado a la reparación y remodelación del vehículo, el cual lo ha utilizado para sus actividades cotidianas. Es menester señalar, que el vehículo fue entregado en pésimas condiciones por el vendedor siendo su estado de deterioro conocido por su parte, pues el fin por el cual adquirió el vehículo fue para efectos de reparar y remodelarlo. Además, que el vehículo se encuentra sin número de chasis, según da cuenta certificado de RIT« » Foja: 1 inscripción y anotaciones vigentes en el registro de vehículos motorizados, que acompaña. Indica, que con fecha abril del año 2014, se enteró del sensible fallecimiento del vendedor, otrora dueño del vehículo, por lo que jamás se pudo realizar la transferencia del automóvil. Asimismo, trató de contactar a algunos familiares de él, pero el único familiar cercano era su conviviente quien, a dicha fecha, se encontraba en una edad avanzada e internada en una casa de reposo, lugar en el que estuvo hasta el día de su muerte, de la cual se enteró que se produjo en agosto recién pasado. Que, en el mismo orden de cosas, durante estos 6 años y 11 meses, tiempo que posee el vehículo, ha pagado estrictamente los permisos de circulación y seguros obligatorios, así como también ha ejecutado pertinentemente las revisiones técnicas del mismo. Que, el no tener el vehículo registrado bajo su nombre le presenta toda clase de dificultades, puesto que evidentemente no puede vender su vehículo, lo que finalmente le arroja un perjuicio económico, asimismo tampoco ha podido viajar fuera del país en él, cuándo ha querido, entre otras consecuencias negativas. Manifiesta, que por las razones antes expuestas el vehículo se encuentra hasta la fecha inscrito a nombre del vendedor, reiterando la idea de que al tiempo de la compraventa, el dueño anterior, manifestó expresamente su intención de transferirle el dominio, por el hecho de efectuarle la tradición del mismo, al permitirle su aprehensión material y colocarlo en calidad de poseedora del mismo, calidad que detenta hasta la fecha con ánimo de señor y dueño, por su parte también manifestó la intención de adquirir el dominio, recibiendo el automóvil en el estado en que se encontraba y a su entera satisfacción, pagando su justo precio. Añade, que desde la fecha en que se celebró la compraventa han transcurrido más de 6 años y conforme a lo antes expuesto, viene en solicitar respetuosamente al Tribunal, tener a bien ordenar la inscripción de dominio de dicho automóvil a su nombre,
Fallo
por tanto los presupuestos procesales para acoger la presente solicitud, como se dirá en lo resolutivo de la sentencia. D RIT« » Foja: 1 Y teniendo presente lo dispuesto en los artículos 38, 41, 44, 49 y 53 de la Ley 18.290, articulo 29 del Reglamento del Registro de Vehículos Motorizados, artículos 700 y siguientes del Código Civil, 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se declara: I.- Que ha lugar a lo solicitado a folio 1 por don Víctor César Bravo Castro, C.I. N° 6.943.264-6, domiciliado en calle Fuenzalida Urrejola N°866, comuna de La Cisterna, y en consecuencia se ordena inscribir en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados dependiente del Servicio de Registro Civil e Identificación a su nombre el vehículo motorizado objeto de su petición, consistente en: a) Tipo de vehículo: Automóvil; b) Patente: AR8558-4; c) MARCA: Austin; d) modelo: MG 1300, e) año: 1975; f) N° motor: 12H491FH2089; g) N° chasis: 156525; h) color: amarillo; i) cilindrada: 1300; j) N° asientos: 5; k) N° puertas: 2; l) tipo de tracción: 4X2; m) tipo combustible: gasolina, Vehículo que no cuenta con anotaciones vigentes, inscrito actualmente a nombre del hoy fallecido Juan Felipe Torres Román, C.I. N°2.228.700-1. II.- El solicitante deberá acreditar el pago de impuesto a la transferencia. Una vez ejecutoriada la presente resolución, practíquese la inscripción solicitada. Notifíquese, regístrese y archívese, en su oportunidad. Resolvió doña Claudia Marín Campusano, Juez Titular. R
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RIT« » Foja: 1 FOJA: 77 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 4 Juzgado Civil de San Miguelº CAUSA ROL : V-185-2020 CARATULADO : BRAVO/ San Miguel, treinta de Mayo de dos mil veintid só VISTOS: Que, a folio 1, comparece don VÍCTOR CÉSAR BRAVO CASTRO, Funcionario de Carabineros en situación de Retiro, C.I. N° 6.943.264-6, domiciliado en calle Fuenzalida Urrejola N°866, comuna de La Cister
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