2º Juzgado de Letras de Vallenar

GR CARZA SPA

Rol

V-393-2020

Fecha

26 de mayo de 2022

Materia

MINERA, MANIFESTACIÓN (CONCESIÓN PARA EXPLOTACIÓN)

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 21 de agosto de 2020, compareció don PABLO ANDRES ABELL MENA, chileno, casado con separación de bienes, abogado, cédula nacional de identidad N° 16.212.174-k, en representación de GR CARZA SpA., persona jurídica, Rut N° 76.885.333-9, ambos domiciliados en Isidora Goyenechea N° 3800, oficina 3702, comuna de Las Condes, Santiago, solicitando la concesión de explotación denominada “PAHUIL 1 1 AL 20”, sobre una superficie de 100 hectáreas, cuyo punto de interés se sitúa en la comuna de Vallenar, haciendo uso e invocando una concesión de exploración constituida y vigente denominada “PAHUIL 1”, cuyo pedimento se presentó en el Primer Juzgado de Letras de Vallenar con fecha 14 de mayo de 2018.- SEGUNDO: Que tal manifestación se publicó en el Diario Oficial de la República de Chile edición 42.752, Boletín Oficial de Minería CVE 1812410 de fecha 09 de septiembre de 2020, y se inscribió en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Vallenar, con fecha 01 de septiembre de 2020, a fojas 1144 Nº 611 del mismo año.- TERCERO: Que en el folio 4, y con fecha 26 de marzo de 2020, se solicitó la mensura por una superficie total de 100 hectáreas, habiéndose publicado tal petición el día 19 de abril de 2021 en el Diario Oficial de la República de Chile edición N° 42.933 Boletín Oficial de Minería CVE 1927534.- CUARTO: Que la superficie mensurada comprende 20 pertenencias de 5 hectáreas, cada una con el nombre “PAHUIL 1 1 AL 20” y los vértices del perímetro del grupo son los siguientes: VÉRTICE NORTE (metros) ESTE (metros) L 1 6.841.300,00 316.050,00 L 2 6.841.300,00 317.050,00 L 3 6.840.300,00 317.050,00 L 4 6.840.300,00 316.050,00 Correspondiendo su punto de interés a la intersección de la coordenada 6.840.800,00 metros Norte con la abscisa 316.550,00 metros Este.- QUINTO: Que en el folio 22, rola Ordinario Nº 00994 de fecha 18 de febrero de 2022, mediante el cual el Servicio Nacional de Geología Minería de Copiapó, emite su informe manifestando que devuelve la presente causa solicitando al Tribunal se reingresen los antecedentes al Sernageomin, atendido por problemas administrativos internos de ese servicio lo que se soluciona con fecha 21 de marzo de 2022, y se vuelve a remitir los antecedentes para el informe respectivo.- SEXTO: Que en el folio 29, rola Ordinario Nº 2311 de fecha 04 de mayo de 2022, mediante el cual el Servicio Nacional de Geología Minería de Copiapó, emite su informe favorable, señalando que los aspectos técnicos relacionados con la operación de mensura como acta y plano están correctos; la forma, las dimensiones y orientación de la cara superior de las pertenencias se ajustan a la Ley y ellas quedan dentro del terreno manifestado.- SEPTIMO: Que no se observan vicios que obsten a la concesión impetrada.- OCTAVO: Que en folio 8, y con fecha 07 de julio de 2021, se certificó que no hubo oposición a la solicitud de mensura de las pertenencias manifestadas.- NOVENO: Que en fojas 34, y con fecha 16

Fallo

Por estas consideraciones, y conforme lo disponen los artículos 2, 34, 44, 59, 85 y 87 y siguientes del Código de Minería, resuelvo: I.- Declárese constituidas las pertenencias “PAHUIL 1, 1 AL 20”, Rol Nacional Nº 03301-6093-4, con una superficie total de 100 hectáreas, a favor de GR CARZA SpA., ya individualizada.- II.- Apruébense su plano y acta de mensura.- III.- Cumpla el interesado con entregar al SERNAGEOMIN copia de esta sentencia, del acta de mensura y original del plano.- Otórguese extracto conforme al artículo 90 y publíquese.- Inscríbase junto con el acta de mensura.- Archívense los planos.- Anótese, regístrese, notifíquese, dese copias y archívese la causa en su oportunidad.- ROL Nº V-393-2020.- Dictada por don DIEGO ANDRÉS JORQUERA MORALES, Juez Subrogante del Segundo Juzgado de Letras de Vallenar.- En Vallenar, a veintiséis de mayo del año dos mil veintidós, se notificó por el estado diario, la sentencia que antecede.- Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 03 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2022-05-26T13:29:41-0400

Texto Completo (Preview)

NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado de Letras de Vallenar CAUSA ROL : V-393-2020.- CARATULADO : GR GARZA SpA.- Vallenar, a veintiséis de mayo del año dos mil veintidós.- VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 21 de agosto de 2020, compareció don PABLO ANDRES ABELL MENA, chileno, casado con separación de bienes, abogado, cédula nacional de identidad N° 16.212.174-k, en repres

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