3º Juzgado de Letras de Copiapó

EMPRESA NACIONAL DE MINERIA (ENAMI)/

Rol

V-69-2022

Fecha

20 de mayo de 2022

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos y

Fundamentos

considerando: 1º) Que a folio 1 comparece don Blas Muñoz Arancibia, chileno, casado, Ingeniero Civil en Minas, cédula nacional de identidad N° 7.568.967-5, en representación de EMPRESA NACIONAL DE MINERIA, ENAMI, Empresa del Estado de Chile, R.U.T. N° 61.703.000-4, ambos domiciliados en calle Colipi N° 260, Copiapó, el que por presentación de fecha 13 de enero de 2022, solicita una concesión de exploración de 300 hectáreas, a la que denomina “DESIERTO 19D” cuyo punto medio se sitúa en la Comuna y Provincia de Copiapó, Tercera Región de Atacama. 2º) Que dicho pedimento se publica en el Boletín Oficial de Minería N° 43.172 de fecha 07 de febrero de 2022 y se inscribe en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Copiapó a fojas 343 vta., N° 209 con fecha 19 de enero de 2022. 3º) Que la superficie pedida en concesión es un rectángulo de 3.000 metros en sentido norte-sur, por 1.000 metros en sentido este-oeste, teniendo sus vértices las siguientes coordenadas U.T.M.: VERTICES NORTE (mts.) ESTE (mts.) V1 7.019.000,00 392.000,00 V2 7.019.000,00 393.000,00 V3 7.016.000,00 393.000,00 V4 7.016.000,00 392.000,00 Y correspondiendo su punto medio a la intersección de las coordenadas 7.017.500,00 metros norte con la abscisa 392.500,00 metros este. 4º) Que a folio 9 consta informe favorable del Servicio Nacional de Geología y Minería, ordinario N° 2369 de fecha 05 de mayo de 2022. 5°) Que no se ha incurrido en causal alguna de caducidad ni en vicios que obsten a la constitución de la concesión. Por tales consideraciones y de acuerdo además con los artículos 1º, 22, 34 y siguientes y 87 del Código de Minería, resuelvo: Declárase constituida la concesión de exploración “DESIERTO 19D sobre una superficie de 300 hectáreas, ubicadas en la Comuna y Provincia de Copiapó, a favor de EMPRESA NACIONAL DE MINERIA, ENAMI, antes individualizada y apruébase su plano. Publíquese esta sentencia y al efecto dése extracto. Inscríbase. Archívese los planos en el Conservador de Minas de Copiapó. Regístrese, notifíquese, dése copias y practíquese cada una de las diligencias una vez ejecutoriada. Hecho, archívese. Pronunciada por doña Alejandra Orellana Negrez, Jueza Titular del Tercer Juzgado de Letras de esta ciudad. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Copiapó, veinte de Mayo de dos mil veintidós amc Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 03 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2022-05-20T12:14:03-0400

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3º Juzgado de Letras de Copiapó CAUSA ROL : V-69-2022 CARATULADO : EMPRESA NACIONAL DE MINERIA (ENAMI)/ Copiapó, veinte de Mayo de dos mil veintidós Vistos y considerando: 1º) Que a folio 1 comparece don Blas Muñoz Arancibia, chileno, casado, Ingeniero Civil en Minas, cédula nacional de identidad N° 7.568.967-5, en representación de EMPRESA NACIONAL DE MIN

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