BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/BARRIOS
Rol
C-6679-2021
Fecha
23 de mayo de 2022
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Al folio 1, comparece don Jaime Gabriel Velásquez Navarro, abogado, como mandatario judicial de Banco e Crédito e Inversiones, sociedad anónima bancaria del giro de su denominación, cuyo Gerente General don Eugenio Von Chrismar Carvajal, ingeniero civil, todos domiciliados para estos efectos en Compañía N°1390, oficina 2403, Santiago, quien interpone demanda ejecutiva en contra de don Maximiliano Andrés Barrios Pérez, cuya profesión u oficio ignora, domiciliada en Javiera CarreraN°1148, Población Caren, comuna de Rancagua. Fundando su demanda señala que el ejecutado es deudor de dos pagarés suscritos el 11 de junio de 2021, por apoderados del ejecutante, en su nombre y representación, en virtud de un mandato conferido por el ejecutado en el contrato de apertura de línea de crédito para estudiantes de Educación Superior con Garantía Estatal según ley N°20.027, por la suma de UF689,8976 y UF76,6553 respectivamente, obligaciones que devengarían interés máximo convencional, y cuyo vencimiento correspondía al día 14 de junio de 2021. Alega que los pagarés individualizados no fueron pagados en su fecha de vencimiento, adeudando en consecuencia UF 766,5529 más intereses pactados y costas. Concluye señalando que el actor fue liberado de la obligación de protesto, que la firma del suscriptor de los pagarés, se encuentra autorizada ante Notario Público, constituyendo en consecuencia títulos ejecutivos y que las deudas reclamadas son líquidas, actualmente exigibles y cuya acción no se encuentra prescrita. Y previa cita de disposiciones legales, solicita tener por interpuesta demanda ejecutiva y despachar mandamiento de ejecución y embargo en contra de la ejecutada antes individualizada, por la suma de UF 766,5529 en su equivalente en pesos a la fecha del pago, más intereses correspondientes, ordenando se siga adelante con la ejecución hasta hacer entero y cumplido pago al ejecutante de lo adeudado, con costas. Al folio 33, compareció el ejecutado oponiendo a la ej
Fundamentos
fundamentos de hecho y derechos ya señalados, y en definitiva ordenar se continuar con la ejecución hasta el pago total del crédito adeudado, con expresa condenación en costas. Al folio 39,
Fallo
Por tanto, solicita tener por opuestas las excepciones planteadas, acogerlas en todo o en parte y en definitiva rechazar la demanda ejecutiva deducida en estos autos, con expresa condena en costas. Al folio 38, compareció el ejecutante evacuando el traslado conferido, solicitando el rechazo de las excepciones opuestas por la contraria, indicando en lo relativo a la concesión de esperas o prórroga del plazo, que lo argumentado por el demandado nada tiene que ver con la excepción opuesta, y teniendo presente que el ejecutante aceleró la deuda, sólo queda al demandado pagar el total del capital insoluto adeudado, no existiendo obligación alguna para el acreedor de aceptar pagos parciales. Agrega, que el hecho de proceder a negociaciones o conversaciones con el demandante no conlleva necesariamente al otorgamiento de plazos o prorrogas del plazo, debiendo en consecuencia el demandado probar la voluntad del acreedor en tal sentido. En cuanto a la falta de fuerza ejecutiva del título esgrime, que los títulos fundantes de este juicio, corresponden a pagarés donde la firma del suscriptor fue autorizada ante notario, por lo que el requisito legal para que sean considerados títulos ejecutivos perfectos ya fue cumplido. Agrega que dichos pagarés fueron suscritos a la orden y no a la vista como alega el ejecutado, y en ellos se establece claramente la fecha de vencimiento de la obligación, por lo que no resulta exigible, que el tenedor proceda a su presentación para el cobro en los t
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 8 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-6679-2021 CARATULADO : BANCO DE CR DITO EÉ INVERSIONES/BARRIOS Santiago, veintitr s de Mayo de dos mil veintid s.-é ó VISTOS: Al folio 1, comparece don Jaime Gabriel Velásquez Navarro, abogado, como mandatario judicial de Banco e Crédito e Inversiones, sociedad anónima bancaria del giro de su denominación, cuyo Ge
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