Juzgado de Familia Puerto Montt

ANONIMIZADO

Rol

C-425-2023

Fecha

25 de marzo de 2024

Materia

ALIMENTOS, ALIMENTOS

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Puerto Montt, veinticinco de marzo de dos mil veinticuatro. VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO. PRIMERO: Que doña NANCY JIMÉNEZ CÁRCAMO, abogada, domiciliada en calle Urmeneta 305, de la ciudad y comuna de Puerto Montt en representación de doña ROSARIO, educadora de párvulos, domiciliada en DIRECCION000, deduce demanda de alimentos, a respecto de su hija SALOMÉ, en contra de su padre don ISRAEL, funcionario público, domiciliado en DIRECCION001, en consideración a los

Fundamentos

fundamentos que expone. Que, actualmente la niña SALOMÉ se encuentra bajo el cuidado personal de hecho y viviendo con su representada en la propiedad de sus padres, que se encuentra ubicada en DIRECCION000. En cuanto a los gastos de la niña los...

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, veinticinco de marzo de dos mil veinticuatro. VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO. PRIMERO: Que doña NANCY JIMÉNEZ CÁRCAMO, abogada, domiciliada en calle Urmeneta 305, de la ciudad y comuna de Puerto Montt en representación de doña ROSARIO, educadora de párvulos, domiciliada en DIRECCION000, deduce demanda de alimentos, a respecto de su hija SALOMÉ, en contra de su padre don ISRAEL, funcion

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica