16º Juzgado Civil de Santiago

BANCO DE CHILE/JC TRANSERVICE SPA

Rol

C-4974-2021

Fecha

18 de mayo de 2022

Materia

ARRENDAMIENTO, ART. 607 CPC

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos y pretensiones de la demandante, ó se tiene por acreditado que el banco demandante dio en arriendo a JC Transervice SpA, representada por don Abelardo Aurelio Julio Cuello, 1 tracto cami n marca Mercedes Benz, modelo New Actros 2658 LS Streamó 5 SEG. RET, a o 2019 nuevo y sin uso, placa patente nica LHLP.74, y 2ñ ú tracto camiones marca Freightliner, modelo SD 122 DD15 EPA GHG17 a o 2019 nuevo y sin uso, placas patentes nicas LHLP.75 Y LHLP.76.ñ ú A su vez, el examen de la cuarta cl usula del contrato da cuenta queá las partes acordaron que dicho v nculo regir a desde el d a de la suscripci ní í í ó hasta el 05 de agosto de 2022, mediante el pago realizado en el acto de $13.025.210.-, comprometi ndose la arrendataria a pagar 36 cuotas igualesé mensuales y sucesivas $7.943.864.- m s Impuesto al Valor Agregadoá a partir del 05 de agosto de 2019. Se estipula en la cl usula d cimo tercera que el arrendatarioá é incumplir el contrato, dentro de otras causales, si no paga oportunamenteá cualquiera de las rentas. Adicionalmente, las partes convinieron que si el arrendatario incumple con sus obligaciones contractuales, el banco demandante estar facultado para solicitar la terminaci n del contrato,á ó RIT« » Foja: 1 exigir la inmediata devoluci n del bien arrendado y el pago de todas lasó rentas de arrendamiento vencidas pendientes de pago a la poca de laé terminaci n anticipada del contrato, declarada judicialmente, con losó intereses moratorios que correspondan; y a t tulo de estimaci n anticipadaí ó de los perjuicios que el incumplimiento y t rmino anticipado del contratoé pudiera causar al arrendador, una cantidad nica equivalente a la suma deú todas las rentas de arrendamiento pactadas en el contrato, con vencimiento entre la fecha de terminaci n anticipada del mismo, declaradaó judicialmente, y hasta el d a en que el arrendamiento hubiera terminadoí naturalmente, conforme al plazo estipulado en la cl usula cuarta del mismo,á m s el monto se alado en su cl usula

Fundamentos

fundamentos de su pretensi n. ó S ptimo:é Que, valorando el contrato acompa ado y no controvertidoñ en autos seg n las reglas de la sana cr tica, y considerando que laú í arrendataria reconoci todos los hechos y pretensiones de la demandante, ó se tiene por acreditado que el banco demandante dio en arriendo a JC Transervice SpA, representada por don Abelardo Aurelio Julio Cuello, 1 tracto cami n marca Mercedes Benz, modelo New Actros 2658 LS Streamó 5 SEG. RET, a o 2019 nuevo y sin uso, placa patente nica LHLP.74, y 2ñ ú tracto camiones marca Freightliner, modelo SD 122 DD15 EPA GHG17 a o 2019 nuevo y sin uso, placas patentes nicas LHLP.75 Y LHLP.76.ñ ú A su vez, el examen de la cuarta cl usula del contrato da cuenta queá las partes acordaron que dicho v nculo regir a desde el d a de la suscripci ní í í ó hasta el 05 de agosto de 2022, mediante el pago realizado en el acto de $13.025.210.-, comprometi ndose la arrendataria a pagar 36 cuotas igualesé mensuales y sucesivas $7.943.864.- m s Impuesto al Valor Agregadoá a partir del 05 de agosto de 2019. Se estipula en la cl usula d cimo tercera que el arrendatarioá é incumplir el contrato, dentro de otras causales, si no paga oportunamenteá cualquiera de las rentas. Adicionalmente, las partes convinieron que si el arrendatario incumple con sus obligaciones contractuales, el banco demandante estar facultado para solicitar la terminaci n del contrato,á ó RIT« » Foja: 1 exigir la inmediata devoluci n del bien arrendado y el pago de todas lasó rentas de arrendamiento vencidas pendientes de pago a la poca de laé terminaci n anticipada del contrato, declarada judicialmente, con losó intereses moratorios que correspondan; y a t tulo de estimaci n anticipadaí ó de los perjuicios que el incumplimiento y t rmino anticipado del contratoé pudiera causar al arrendador, una cantidad nica equivalente a la suma deú todas las rentas de arrendamiento pactadas en el contrato, con vencimiento entre la fecha de terminaci n anticipada del mismo, declaradaó judicialmente, y hasta el d a en que el arrendamiento hubiera terminadoí naturalmente, conforme al plazo estipulado en la cl usula cuarta del mismo,á m s el monto se alado en su cl usula de opciones al t rmino delá ñ á “ é arrendamiento como precio de venta del bien arrendado. Agregando que,” una vez ejercido el derecho del Banco de Chile de ponerle t rminoé inmediato al contrato, el arrendatario tiene un plazo de 60 d as para optarí por la compra del bien, por un valor igual a las rentas pendientes de vencimiento hasta el t rmino pactado m s el valor de la opci n de compra,é á ó habiendo saldado previamente todas las deudas pendientes y cualquier gasto ocasionado, como las costas personales y/o procesales. En la cl usula d cimo quinta se establece que al t rmino del contratoá é é de arrendamiento el arrendatario podr restituir el bien u ejercer la opci ná ó de compra, debiendo cancelar $7.943.864.-. Se agrega que, en caso que el arrendatario no restituya el bien en t

Fallo

fallo o podr ejercer la opci né á á ó de compra. Por estas consideraciones y vistos, adem s, lo dispuesto en los art culosá í 144, 160, 170, 342, 346 N 3, 426 y 680 y siguientes del C digo de° ó Procedimiento Civil; 1489, 1545, 1698, 1700, 1915 y siguientes, se decide que: I. Se hace lugar a la demanda deducida a lo principal de presentaci n de fecha 02 de junio de 2021, en cuanto seó declara terminado el contrato de arrendamiento, conden ndoseá a los demandados al pago de las rentas adeudadas, m s todasá RIT« » Foja: 1 aquellas que se devenguen durante la tramitaci n del juicioó hasta la restituci n del bien arrendado, as como a todasó í aquellas pendientes de vencimiento hasta la fecha de t rminoé del contrato. II. Se condena a los demandados al pago del monto se aladoñ como precio de venta en la cl usula d cimo quinta del contrato.á é III. Se condena a los demandados al pago de los intereses moratorios de conformidad a la cl usula á d cimo s ptima delé é contrato. IV. Se rechaza la solicitud de la aplicaci n de la cl usula penal deló á 3,35% de la renta mensual. V. Se condena a los demandados a restituir el bien arrendado, dentro del d cimo d a desde que la sentencia cause ejecutoria.é í VI. Se condena en costas a los demandados. Reg strese, notif quese y arch vese, en su oportunidad. í í í ROL N C-4974-2021.° Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, dieciocho de Mayo de dos mil veintid s.ó Este

Texto Completo (Preview)

RIT« » Foja: 1 FOJA: 46 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 16 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-4974-2021 CARATULADO : BANCO DE CHILE/JC TRANSERVICE SPA Santiago, dieciocho de Mayo de dos mil veintid s.ó Vistos. Que, mediante presentaci n de fecha 02 de junio de 2021, Paula deó la Luz Arancibia Rodr guez, abogada, domiciliada en Bandera N 577, Pisoí ° 10, comuna de Santiago, e

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica