HOSPITAL CLINICO DE MAGALLANES/VILLARROEL
Rol
C-1884-2019
Fecha
19 de mayo de 2022
Materia
PESOS, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos en que se basa. 2.- En la afirmativa del punto anterior, efectividad que el demandado cancel laó totalidad de los referidos servicios que le fueron prestados durante su hospitalizaci n.ó SEGUNDO: Que, para acreditar su pretensi n, la parte demandante produjo lasó siguientes probanzas: -Instrumental, consistente en los siguientes documentos, no objetados: 1.- Extracto de ficha cl nica de don Jonathan Villarroel G mez, (con informaci ní ó ó de salud respecto a las prestaciones demandadas, y con informaci n sensible de salud deló usuario tarjada seg n ley 19.628).ú 2.- Estado de cuenta de don Jonathan Villarroel G mez, de fecha 01 de octubreó de 2015 (con informaci n sensible de salud del usuario tarjada seg n ley 19.628).ó ú 3.- Copia de carta de cobranza de fecha 20 de enero de 2017. TERCERO: Que la parte demandada, no rindi prueba alguna en estos autos,ó ya que se mantuvo en rebeld a durante todo el proceso.í CUARTO: Que, atendido a la prueba rendida en autos, se puede tener por acreditado, que el demandado don Jonathan Villarroel G mez, ya individualizado enó autos, ingres al Hospital Cl nico de Magallanes Dr. Lautaro Navarro Avaria de Puntaó í “ ” Arenas, el d a 03 de septiembre de 2015, siendo intervenido el d a 04 de septiembre deí í 2019, encontr ndose durante 27 d as hospitalizado, egresando con fecha 01 de octubreá í de 2015, todo lo cual se puede apreciar del extracto de ficha cl nica, el que contiene elí informe de alta (Epicrisis) de fecha 01 de octubre de 2015, as como del correspondienteí consentimiento informado de fecha 03 de septiembre de 2015, donde consta el conocimiento que la demandada de autos ten a, respecto de la intervenci n a las cual ibaí ó a ser sometida. A su vez, consta en autos, en virtud del estado de cuenta acompa ado, deñ fecha de fecha 01 de octubre de 2015, que como consecuencia de la intervenci nó se alada precedentemente, la demandada deb a pagar la suma de $680.940.- Este montoñ í se desglosa en la suma de $36.160.-, po
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que atento la controversia consignada en lo expositivo de esta sentencia, se recibi la causa a prueba fij ndose en definitiva los siguientes hechosó á substanciales, pertinentes y controvertidos: 1.- Efectividad que la parte demandante prest servicios a la parte demandada,ó consistentes en d a cama particular, ex menes, medicamentos e insumos por un valorí á ascendente a $ 536.740.-, durante la hospitalizaci n de esta ltima en el Servicio deó ú Medicina del Hospital Dr. Lautaro Navarro Avaria , el d a 3 de septiembre de 2015.“ ” í Hechos en que se basa. 2.- En la afirmativa del punto anterior, efectividad que el demandado cancel laó totalidad de los referidos servicios que le fueron prestados durante su hospitalizaci n.ó SEGUNDO: Que, para acreditar su pretensi n, la parte demandante produjo lasó siguientes probanzas: -Instrumental, consistente en los siguientes documentos, no objetados: 1.- Extracto de ficha cl nica de don Jonathan Villarroel G mez, (con informaci ní ó ó de salud respecto a las prestaciones demandadas, y con informaci n sensible de salud deló usuario tarjada seg n ley 19.628).ú 2.- Estado de cuenta de don Jonathan Villarroel G mez, de fecha 01 de octubreó de 2015 (con informaci n sensible de salud del usuario tarjada seg n ley 19.628).ó ú 3.- Copia de carta de cobranza de fecha 20 de enero de 2017. TERCERO: Que la parte demandada, no rindi prueba alguna en estos autos,ó ya que se mantuvo en rebeld a durante todo el proceso.í CUARTO: Que, atendido a la prueba rendida en autos, se puede tener por acreditado, que el demandado don Jonathan Villarroel G mez, ya individualizado enó autos, ingres al Hospital Cl nico de Magallanes Dr. Lautaro Navarro Avaria de Puntaó í “ ” Arenas, el d a 03 de septiembre de 2015, siendo intervenido el d a 04 de septiembre deí í 2019, encontr ndose durante 27 d as hospitalizado, egresando con fecha 01 de octubreá í de 2015, todo lo cual se puede apreciar del extracto de ficha cl nica, el que contiene elí informe de alta (Epicrisis) de fecha 01 de octubre de 2015, as como del correspondienteí consentimiento informado de fecha 03 de septiembre de 2015, donde consta el conocimiento que la demandada de autos ten a, respecto de la intervenci n a las cual ibaí ó a ser sometida. A su vez, consta en autos, en virtud del estado de cuenta acompa ado, deñ fecha de fecha 01 de octubre de 2015, que como consecuencia de la intervenci nó se alada precedentemente, la demandada deb a pagar la suma de $680.940.- Este montoñ í se desglosa en la suma de $36.160.-, por concepto de la intervenci n realizada;ó $441.410.-, por concepto de prestaci n d a cama; $107.870.-, por concepto de prestaci nó í ó de ex menes de laboratorio; $68.700.-, por concepto de prestaci n imagenolog a;á ó í $9.180.-, por concepto de prestaci n cardiolog a, neumolog a, cirug a; $17.620.- poró í í í concepto de prestaci n Medicamentos e Insumos.ó Por ltimo, se puede tener por acreditado, que la demandada, efectu unú ó abono d
Fallo
Por tanto, solicita se sirva tener por interpuesta la presente demanda de cobro de pesos, en juicio ordinario de menor cuant a, en contra de JONATHAN IV Ní Á VILLARROEL G MEZ, ya individualizado, y previo los tr mites legales de rigor, pideÓ á hacer lugar a ella en todas sus partes, condenando a la demandada al pago de la suma ascendente a $536.740.- m s reajustes e intereses, con expresa condenaci n en costas.á ó Con fecha 08 de octubre de 2020, folio 13, se tuvo por contestada la demanda en rebeld a de la parte demandada, cit ndose a la correspondiente audiencia deí á conciliaci n.ó Con fecha 22 de enero de 2021, folio 20, consta en autos la audiencia de conciliaci n, la que no se produce atendida a la inasistencia de la parte demandada.ó Con fecha 26 de enero de 2021, folio 21, se recibi la causa a prueba.ó Con fecha 16 de mayo de 2022, folio 38, se cit a las partes a o r sentencia.ó í CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que atento la controversia consignada en lo expositivo de esta sentencia, se recibi la causa a prueba fij ndose en definitiva los siguientes hechosó á substanciales, pertinentes y controvertidos: 1.- Efectividad que la parte demandante prest servicios a la parte demandada,ó consistentes en d a cama particular, ex menes, medicamentos e insumos por un valorí á ascendente a $ 536.740.-, durante la hospitalizaci n de esta ltima en el Servicio deó ú Medicina del Hospital Dr. Lautaro Navarro Avaria , el d a 3 de septiembre de 2015.“ ” í Hechos en que se
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Punta Arenasº CAUSA ROL : C-1884-2019 CARATULADO : HOSPITAL CLINICO DE MAGALLANES/VILLARROEL Dbp. Punta Arenas, diecinueve de mayo de dos mil veintid só VISTOS. Que con fecha 11 de octubre de 2019, folio 1, compareci do a ó ñ PAULA AVELLO REYMAN, abogada, c dulaé de identidad 15.223.025-7, en representaci n,ó de HOSPITAL CL NICO DE
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