Juzgado de Letras de Vicuña

GRES/PÉREZ

Rol

C-326-2019

Fecha

17 de mayo de 2022

Materia

PESOS, COBRO DE

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Con fecha 10 de julio de 2019, folio N°1, compareci don Abel Antonioó Domingo Gres Aguirre, chileno, comerciante, c dula nacional de identidadé N°13.826.606-0, domiciliado en calle Rafael Varela N°600, Vicu a, deduciendoñ demanda de cobro de pesos, en juicio ordinario de mayor cuant a, en contra deí don Jorge Manuel P rez Saud, transportista, domiciliado en Carlos Robertoé Mondaca, n mero 65, Poblaci n Joaqu n Vicu a, Comuna y Ciudad de Vicu a, porú ó í ñ ñ las razones de hecho y derecho que expuso. En cuanto a los hechos sostuvo que con fecha 31 de octubre de 2018 entreg la cantidad de $25.000.000 (veinticinco millones de pesos), a don Jorgeó Manuel P rez Saud para pagar el precio estipulado, por el contrato de compraventaé que decidieron celebrar respecto del inmueble de propiedad de don Jorge ubicado en Casa Blanca, Parcela 47, Mamalluca, regi n de Coquimbo. ó Expres que de dicho pago se extendi un documento de recibo de dinero,ó ó el que fue autorizado ante notario p blico de la ciudad de La Serena Oscarú Fern ndez Mora con fecha 31 de octubre de 2018, documento firmado de pu o yá ñ letra por las partes. El referido contrato que consintieron celebrar, en definitiva, jam s seá perfeccion , por cuanto no se cumplieron las formalidades exigidas por la ley paraó la validez del contrato, en orden a haberse otorgado mediante escritura p blica, enú atenci n a lo dispuesto en el art culo 1801 inciso 2° y 3° del C digo Civil.ó í ó Se al que el demandado se qued con los $25.000.000 sin dar cumplimiento a suñ ó ó obligaci n de “dar” de la cosa vendida en concordancia con la definici n deó ó compraventa contenida en el art culo 1.793 del C digo Civil, no cumpliendo con suí ó obligaci n de realizar la tradici n de la cosa vendida y constituirlo como poseedoró ó pac fico de la misma, situaci n que trajo como consecuencia que, a pesar de que elí ó RIT« » Foja: 1 actor cumpli su obligaci n de pagar el precio no pudo adquirir el dominio deló ó inmueble objeto del contr

Fundamentos

fundamentos normativos, se al que estamos en presencia deñ ó un contrato de car cter bilateral, oneroso, conmutativo y consensual en los t rminosá é de los art culos 1.438 al 1.443 del C digo Civil, de car cter obligatorio para lasí ó á partes y que, por ello, no se autoriza a una de las partes a incumplir con su obligaci n de pagar. ó Cit lo dispuesto por el art culo 1.545 y 1.546 del C digo Civil y argumentó í ó ó en el caso no concurri ninguna causa legal ni tampoco ha mediado eló consentimiento mutuo de los contratantes para invalidar el contrato. Por el contrario, solo habr a intervenido una manifiesta mala fe de parte del demandadoí quien incumpli su obligaci n de pagar, no obstante haber recibido los servicios queó ó contrat en tiempo y forma. ó

Fallo

Por lo expuesto y previas referencias legales, solicit se tuviera poró interpuesta demanda en juicio ordinario de mayor cuant a, en contra de don Jorgeí Manuel P rez Saud, ya individualizado y, en definitiva, condenarlo al pagoé de la suma de $25.000.000 (veinticinco millones de pesos), m s las costas procesales yá personales. En la misma presentaci n, confiri patrocinio y poder al abogado habilitadoó ó para el ejercicio de la profesi n don Juan Esteban Bou Lagunas y adem só á acompa bajo apercibimiento legal contenido en el art culo 346 Nñó í °3 del C digoó de Procedimiento Civil el documento enunciado como: Recibo de dinero de don Abel Antonio Domingo Gres Aguirre a don Jos Manuel P rez Saud, autorizadoé é ante el notario p blico Oscar Fern ndez Mora con fecha 31 de Octubre de 2018,ú á el que se acompa materialmente al Tribunal con fecha 23 de julio de 2019 y señó guard en custodia del Tribunal bajo en Nó °363-2019 con fecha 25 de julio de 2019, folio N°8. Con fecha 21 de agosto de 2019, folio N°13, la parte demandada fue notificada personalmente. Con fecha 7 de septiembre de 2019, folio N°15, compareci el abogadoó don Eugenio Patricio Cort s Caroca, en representaci n de don é ó Jos Manuel P rezé é Saud, quien al contestar la demanda solicit el rechazo de la misma, con costas, enó base a los argumentos que expuso. RIT« » Foja: 1 Advierte que no es efectivo que su representado adeude suma alguna al actor, por cuanto no ha suscrito contrato del cual pueda emanar la citada

Texto Completo (Preview)

RIT« » Foja: 1 FOJA: 81 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Vicu añ CAUSA ROL : C-326-2019 CARATULADO : GRES/P REZÉ Vicu añ , diecisiete de Mayo de dos mil veintid só VISTOS: Con fecha 10 de julio de 2019, folio N°1, compareci don Abel Antonioó Domingo Gres Aguirre, chileno, comerciante, c dula nacional de identidadé N°13.826.606-0, domiciliado en calle Rafael Vare

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica