CONTRERAS/PROSITEC SPA
Rol
O-324-2022
Fecha
3 de marzo de 2023
Materia
Costas, Despido indirecto, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Prestaciones, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
hechos contenidos en el libelo pretensor, por lo tanto, al no existir hechos sustanciales y pertinentes, solicita a SS., se pueda dictar sentencia de inmediato en virtud de lo que dispone el artículo 453 N° 1 inciso 7° del Código del Trabajo, teniendo por tácitamente admitidos todos y cada uno de los hechos contenidos en la demanda, acogiendo la misma, con costas. Tribunal resuelve: Se accede a la solicitud de la parte demandante, dejando constancia que se entiende frustrado el llamado a conciliación por la incomparecencia de la parte demandada, y el tribunal estima que no existirían hechos pertinentes y controvertidos, por lo que no se fijaran hechos a probar y se procederá a dictar sentencia de inmediato. Se autoriza la transcripción sólo de la parte resolutiva de la presente sentencia, la que consta íntegramente en el respaldo de audio. Calama, tres de marzo de dos mil veintitrés. VISTOS OIDO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO Teniendo presente lo dispuesto en los artículos 73, 171, 178, 453 y siguientes y demás pertinentes del Código del Trabajo,
Fallo
se declara: Que se acoge la demanda interpuesta por doña KARLA ANDREA CONTRERAS VALENZUELA en contra de PROSITEC SPA, RUT 77.101.364-3, ambos ya individualizados, y en consecuencia se declara y condena a lo siguiente: I. Que relación laboral entre las partes ha concluido con fecha 11 de agosto de 2022, por despido indirecto en atención a incumplimientos graves de las obligaciones que impone el contrato. II. Que a raíz de la declaración anterior, el demandado deberá pagar las siguientes sumas y conceptos: a. Indemnización sustitutiva del aviso previo por la suma de $3.046.590.- b. Indemnización por 2 años de servicio, correspondiente a la suma de $6.093.180.- c. Recargo legal del 50% ascendente a la suma de $3.046.590.- d. Feriado legal correspondiente al periodo 2020-2021, por la suma de $1.876.135.- e. Feriado proporcional por 15,46 días, ascendente a la suma de $1.381.193.- f. Remuneraciones correspondientes a los meses de febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio y agosto, todos del año 2022, por la suma de $19.396.623, correspondientes a los meses íntegros ya señalados, y 11 días del mes de agosto de 2022. g. Que las sumas referidas y condenadas al pago deberán ser pagadas con reajustes e intereses. III. Que no se condena a la demandada a las costas de la causa, toda vez que su incomparecencia ha permitido que se dicte sentencia de forma inmediata, a pesar de haber sido totalmente vencido. IV. Que las sumas antes señaladas deberán ser pagadas dentro de quinto día de que
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ACTA CONTINUACIÓN DE DE AUDIENCIA PREPARATORIA PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 03/03/2023 RUC 22-4-0427020-K RIT O-324-2022 MAGISTRADO Johanna Pizarro Veliz ADMINISTRATIVO DE ACTAS Gloria Díaz Vallejos HORA DE INICIO 09:12 HORA DE TERMINO 09:39 Nº REGISTRO DE AUDIO 22-4-0427020-K-1357 PARTE DEMANDANTE Karla Andrea Contreras Valenzuela ABOGADO Catherine León Torres FORMA DE NOTIF
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