HERRERA/COMERCIAL KRAH S.A.
Rol
O-206-2022
Fecha
3 de marzo de 2023
Materia
Accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, Costas, Daño moral, Reajustes e intereses
Resultado
No especificado
Hechos
hechos y
Fundamentos
fundamentos de derecho que expone. Señala que con fecha 7 de abril del 2021, el actor inició una relación laboral bajo vínculo de subordinación y dependencia con la empresa Comercial Krah (Ex Krah América Latina S.A), mediante la suscripción de un contrato a plazo fijo, para luego pasar a ser indefinido. Fue contratado para desempeñar funciones de “ayudante de molino” a desarrollarse en las instalaciones de la empresa contratante ubicadas en Camino Chorrillos Km 0,55 S/N Parcela A, Lote 6 B, comuna de Lampa, Región Metropolitana. La Jornada Laboral, según su contrato, se distribuía en los siguientes turnos y con un periodo de 30 minutos de descanso diario: a) 07.00 a 15.00 hrs. Lunes a sábado. b) 15.00 a 22.00 hrs. Lunes a sábado c) 22.00 a 07.00 hrs. Lunes a viernes y d) 07.30 a 17.00 hrs. Lunes a viernes. En cuanto a la remuneración del actor, esta consistía en un sueldo base de $350.000 y el pago de una gratificación legal correspondiente al 25% del sueldo, en conformidad al artículo 50 del Código del Trabajo. Adicionalmente recibía un bono de producción mensual. Respecto a la empresa Comercial Krah (Ex Krah América Latina S.A), se trata de una empresa fabricadora de tuberías para transporte de fluidos. Posteriormente, a contar de octubre de 2021, ejerció funciones en la llamada área “lisa” de la empresa, donde se llevaba a cabo la fabricación, como operador de una maquina enrolladora de tubos. Esta labor la desempeñaba solo. Explica que el día 20 de agosto de 2021, ingresó a su lugar de trabajo a las 19 horas, registró su ingreso en el libro de asistencia y posteriormente se dirigió al área de producción con el fin de operar la maquina enrolladora. Alrededor de las 6:20 am, ya había cumplido con extraer una cantidad considerable de rollos de tubos. El paso siguiente consistía en que un yale retiraba los tubos que se encontraban listos para ser trasladados al sector de despachos. Para que los tubos fueran despachados, previamente debían ser clasificados por medio de etiquetas, las que debían ser pegadas rápidamente al respectivo tubo antes de que llegara el siguiente a la máquina enrolladora, de cuyo proceso había que ocuparse de inmediato. Fue así que tras completar 10 rollos de tubos que aún no había podido etiquetar, el yale procedía a moverlos hacia otra área, por lo que don Williams debió agilizar la enumeración de estos para su despacho Refiere que mientras se dirigía a etiquetar los referidos rollos, repentinamente resbaló, provocando que tropezara y perdiera el equilibrio, cayendo estrepitosamente al suelo, golpeándose con fuerza el brazo y codo derecho, sintiendo en el acto un intenso dolor. Tras la fuerte caída, permaneció completamente desvalido en el suelo y sin posibilidad de reincorporarse debido al fuerte impacto sufrido. pidió a gritos ayuda a sus compañeros de trabajo, quienes lo asistieron para pararse del suelo. Inmediatamente buscó ayuda con el supervisor encargado, don Luis Contreras, quien le indicó que debería asist
Fallo
Se resuelve confeccionar carta de recomendación a empresa para que no realice fuerza bruta por periodo de dos meses, luego de terminada la terapia física. Por todo lo expuesto, resulta evidente que el accidente ha afectado gravemente distintos aspectos de su vida, tanto desde el punto de vista familiar, laboral, personal e incluso psicológico y/ o emocional. Desde el punto de vista físico entendiendo la complejidad de su lesión y la importancia del brazo para el correcto desarrollo de su vida, podemos imaginarnos la angustiosa situación a la que se ha sometido. Luego del accidente, don Williams experimentó jornadas de intenso dolor, el cual solo lograba ser mínimamente aplacado con altas dosis de medicamentos. Cualquier movimiento de brazo o el hecho de estar mucho rato sin tomar analgésicos, le causaba un irresistible dolor. Fueron días muy difíciles en los que nuestro representado fue sintiendo como el dolor aumentaba en vez de amainar. Señala que, hoy, continúa sintiendo dolor en la zona afectada, viéndose impedido estirar su brazo derecho sin sentir malestar. Su movilidad es más bien regular y ha perdido la fuerza de su extremidad. En cuanto a su estado de ánimo, hoy don Williams ya no es el mismo. A raíz del accidente se siente permanentemente estresado y molesto por no poder realizar las tareas que desempeñaba antes del accidente. Su quehacer domestico se ha complicado enormemente debido a que hoy debe hacer todo con una sola mano. Su hermano o cuñada lo ayudaban
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Colina, tres de marzo de dos mil veintitrés VISTOS, OIDOS LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO. PRIMERO: Que ante este Juzgado de Letras de Colina comparece Sebastián Andrés Avendaño Farfán y doña Daniela Francisca Cáceres Rodríguez, chilena, casada, abogada, cédula nacional de identidad número 16.946.767-6, en representación de don WILLIAMS ALEXANDER HERRERA VELOZ, cédula de identidad Nº26.285.666-
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