3º Juzgado de Letras de la Serena

PALACIOS RIQUELME MARIO CARLOS / TESORERIA REGIONAL DE COQUIMBO

Rol

C-1949-2021

Fecha

16 de mayo de 2022

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: En lo principal de la presentaci n de fecha 15 deó noviembre de 2021, subsanada por presentaci n de fecha 05 de eneroó de 2022, comparece Mar a Georgina Parada Barrazaí , abogada, en representaci n convencional de don ó Mario Carlos Nemoroso Palacios Riquelme, domiciliado para estos efectos en calle Los Suspiros N°2.335, comuna de Calama, interponiendo demanda en juicio ordinario de mayor cuant a de declaraci n de prescripci n extintiva, ení ó ó contra de la Tesorer a Regional de Coquimboí , organismo aut nomoó de derecho p blico, representada legalmente por Felipe Gonz lez Tobar,ú á abogado del Servicio de Tesorer as; ambos domiciliados para estosí efectos en calle Arturo Prat N° 255, Piso 2, Oficina N° 204, comuna y ciudad de La Serena, con el objeto de que se declare extinguida, por prescripci n extintiva, la deuda que mantiene suó representado con el Fisco de Chile, de acuerdo a los antecedentes de hecho y argumentos de derecho expone. Refiere que su representado es deudor de la suma de $9.978.116, cuyo acreedor es el Fisco de Chile. C-1949-2021 Foja: 1 Se ala que desde la Tesorer a General de la Rep blica obtuvo unñ í ú Certificado de deuda de fecha 14 de noviembre de 2021, en el cual constan tres vencimientos de la deuda se alada, que se desglosa de lañ siguiente forma: a) Una fecha de vencimiento de 12 de julio de 2001; de una deuda neta de $348.226.-, que liquidada al 14 de noviembre del 2021, asciende a la suma de $3.312.395, esto es, aplicando el correspondiente reajuste e inter s, a la fecha. é b) Una fecha de vencimiento de 13 de agosto de 2001; de una deuda neta de $355.679.-, que liquidada al 14 de noviembre del 2021, asciende a la suma de $3.369.561, esto es, aplicando el correspondiente reajuste e inter s, a la fecha. é c) Una fecha de vencimiento de 12 de octubre de 2001; de una deuda neta de $352.076.-, que liquidada al 14 de noviembre del 2021, asciende a la suma de $3.296.160, esto es, aplicando el correspondiente reajuste e inter s, a

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que Mar a Georgina Parada Barrazaí , abogada, en representaci n de Mario Carlos Nemoroso Palacios Riquelme interpusoó demanda de prescripci n extintiva en contra de la Tesorer a Regionaló í de Coquimbo, representada por el abogado Felipe Gonz lez Tobar,á solicitando acoger la demanda y declarar prescritas las acciones tendientes a perseguir el cobro de los impuestos adeudados seg nú C-1949-2021 Foja: 1 Formulario 29 folio N° 15430025, fecha de vencimiento 13 de agosto de 2001, por la suma de $355.679; folio N° 19120565, fecha de vencimiento 12 de julio de 2001, por la suma de $348.226 y folio N° 19120755, fecha de vencimiento 12 de octubre de 2001, por la suma de $352.076; m s losá intereses, reajustes y multas, por un monto que asciende a $9.978.116.- SEGUNDO: Que siendo notificada, la demandada no contest laó demanda de autos, por lo que en la especie ha operado la contestaci nó ficta, en cuya virtud ha de entenderse que controvierte todos los hechos aseverados en la demanda. TERCERO: Que a fin de acreditar los fundamentos de su acci n, la parte demandante acompaó ñó el siguiente documento: Certificado de deuda, de fecha 14 de noviembre de 2021, emitido por la Tesorer a General de la Rep blica.í ú CUARTO: Que en cuanto a los tributos adeudados por el demandante y la fecha en que se devengaron, con el m rito delé certificado de deuda emitido por la Tesorer a General de la Rep blicaí ú con fecha 14 de noviembre de 2021, apreciado y valorado de conformidad al art culo 342 N°2 del C digo de Procedimiento Civilí ó en relaci n al art culo 1.700 del C digo Civil, se puede tener poró í ó acreditado que el demandante adeuda al Fisco de Chile los siguientes tributos: 1. Formulario 29 folio N° 15430025, 13 de agosto de 2001, por la suma de $355.679.- 2. Formulario 29 folio N° 19120565, fecha de vencimiento 12 de julio de 2001, por la suma de $348.226.- C-1949-2021 Foja: 1 3. Formulario 29 folio N° 19120755, fecha de vencimiento 12 de octubre de 2001, por la suma de $352.076.- M s sus respectivos reajustes, intereses y multas, los queá ascienden la deuda neta de $1.055.981.- a la deuda total $9.978.116.- QUINTO: Que en cuanto a la acci n deducida en autos, eló art culo 2514 del C digo Civil se ala que la prescripci n que extingueí ó ñ ó las acciones y derechos ajenos exige solamente cierto lapso de tiempo durante el cual no se hayan ejercido dichas acciones, cont ndose esteá t rmino desde que la obligaci n se haya hecho exigible.é ó SEXTO: Que en este sentido, para que opere la prescripci nó extintiva se requiere que la acci n sea prescriptible, que transcurra eló tiempo prefijado por la ley y el silencio en la relaci n jur dica, o sea,ó í la inactividad de las partes. (Ren Abeliuk Manasevich, De lasé obligaciones, Tomo II, quinta edici n actualizada, p g. 1198).ó á S PTIMOÉ : Que en el caso de marras, teniendo presente que la demandante ha solicitado que se declare la prescripci n de la acci n deó ó cobro de impuestos adeudados, re

Fallo

por tanto, la deuda total morosa, que afecta a su representado, desglosada en el punto anterior, asciende a la suma de $9.978.116. Indica que seg n lo dispone el art culo 201 del C digo Tributario,ú í ó la acci n para perseguir el pago de impuestos prescribe en el plazo deó tres a os contado desde la expiraci n del plazo legal en que debiñ ó ó efectuarse el pago. Destaca que el se alado plazo s lo se interrumpe respecto delñ ó obligado a quien se notifique la demanda judicial o la gesti n judicialó necesaria o conducente para deducir dicha demanda o preparar la ejecuci n.ó C-1949-2021 Foja: 1 Afirma que es as como la acci n para perseguir el cobro de laí ó obligaci n contenida en el Certificado de Deuda, emitido por laó Tesorer a General de la Rep blica, de fecha 14 de noviembre de 2021,í ú se encuentra extinta por prescripci n.ó Agrega que la deuda total morosa, desglosada m s arriba;á adeudada desde los d as 12 de julio de 2001, 13 de agosto de 2001 yí 12 de octubre de 2001, se encuentra prescrita al 12 de julio de 2004, 13 de agosto de 2004 y al 12 de octubre de 2004, respectivamente, contadas desde la expiraci n del plazo legal en que debi efectuarse eló ó pago de la deuda. Destaca que, a mayor abundamiento, la deuda se encontraba prescrita al momento de la interposici n de la acci n.ó ó Sostiene que, en consecuencia, la acci n judicial para el cobro deó las referidas contribuciones se extingui por prescripci n en las fechasó ó indicadas precedentemente. Refiere que el

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C-1949-2021 Foja: 1 FOJA: 37 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado de Letras de la Serenaº CAUSA ROL : C-1949-2021 CARATULADO : PALACIOS RIQUELME MARIO CARLOS / TESORERIA REGIONAL DE COQUIMBO La Serena, diecis is de Mayo de dos mil veintid sé ó VISTOS: En lo principal de la presentaci n de fecha 15 deó noviembre de 2021, subsanada por presentaci n de fecha 05 de eneroó de 2022,

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