JOSE LUIS AREVALO MUÑOZ C/ JORGE ANTONIO MEDINA CHÁVEZ
Rol
O-174-2025
Fecha
8 de mayo de 2026
Materia
FALSIFICACION LICENCIA DE CONDUCIR Y OTRAS FALSIFICACIONES., OCULTAMIENTO DE PLACA PATENTE (ART. 192 LETRA E), OTROS DELITOS CONTRA LA LEY DEL TRANSITO., RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: El día 28 de abril de este año 2026 se constituyó esta Segunda Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Curicó, integrada por las Magistradas doña Amelia Avendaño González, quien presidió, doña Paulina Rodríguez Rodríguez y doña Mariel Molina Guerrero, para conocer de la acusación deducida por el Ministerio Público, en contra de JORGE ANTONIO MEDINA CHAVEZ, chileno cédula de identidad Nro. 21.879.307-K, nacido en Teno el 29 de abril de 2005, 20 años, estudiante, soltero, domiciliado en calle Arturo Prat Nro. 230, población Don Alvaro I, Teno, representado por la defensora penal pública María Ignacia Henríquez Gutiérrez. Fue parte acusadora en el presente juicio el Ministerio Público de Curicó representado por la fiscala doña Marcela Rocha Mella.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Acusación. Que el Ministerio Público sostuvo acusación por lo siguiente: “El día 9 de Agosto del año 2023, a las 22:50 horas aproximadamente, en circunstancias que personal de Carabineros del Reten La Puerta efectuaba un patrullaje por el Sector El Molino de la Montaña de Teno, proceden a realizar señal de detención a la motocicleta marca Yamaha, modelo FZ, año 2014, color Rojo, la cual portaba las placas patentes OK-324, haciendo su conductor caso omiso a dicha orden, huyendo del lugar, siendo seguido por personal de Carabineros a distancia, y, al llegar a la altura del KM. 4 del Sector Teniente Cruz, el conductor de la motocicleta pierde el control de la misma cayendo a la calzada, logrando su fiscalización e identificación como don JORGE ANTONIO MEDINA CHAVEZ. Se ha podido determinar que si bien la patente OK- 324 es original, no corresponde a la motocicleta objeto del delito, así mismo el certificado de revisión técnica, de emisiones contaminantes y permiso de Código: DGXUCFUUJLX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Poder Judicial Tribunal de Juicio Oral en lo Penal Curicó circulación asociado a dicha patente, los cuales eran portados por el imputado, serian falsos, de acuerdo a la pericia realizada por LABOCAR. En cuanto a la serie identificatoria de Chasis VIN, que se encontraba en el soporte de la motocicleta, fue borrada en nueve de sus dígitos, debiendo la SEBV utilizar revenido químico, obteniendo el número de serie: ME1KG0442E2063857 asociado a la placa patente OZ-0431. En cuanto a la serie de motor, este igualmente se encontraba borrado, debiendo la SEBV utilizar la misma técnica de aplicación de ácido pudiendo determinar el número del mismo, el que corresponde al 1ES3029589, asociado también a la placa patente OZ-0431, la cual mantiene un encargo vigente por el delito de robo de vehículo motorizado N° SEBV- 201604-3779, de fecha 21/04/2016, hecho por la victima don RICARDO VALENCIA ALVAREZ y originado en el parte denuncia número 03928, de fecha 21/04/2016 de la primera Comisaria de Santiago”. A juicio del Ministerio Público los hechos descritos configuran los siguientes delitos: 1. Conducción a sabiendas de vehículo con placa patente que corresponda a otro vehículo del artículo 192 letra e) de la ley n°18.290. 2. Conducción de un vehículo motorizado, a sabiendas, con el número de identificación del vehículo (VIN) o de motor adulterado o borrado del artículo 192 letra k) de la ley n°18.290. 3. Utilización a sabiendas de un certificado de revisión técnica o de emisión de gases, permiso de circulación falso o adulterado del artículo 192 inciso final de la ley n°18.290. 4. Receptación de vehículo motorizado del artículo 456 bis a del código penal. 5. Conducción, a sabiendas de un vehículo motorizado con el número de chasis adulterado o borrado del articulo 192 letra h) de la ley de tránsito. Todos los anteriores en grado de desarrollo de consuma
Fallo
SE RESUELVE: I. Que se ABSUELVE al acusado JORGE ANTONIO MEDINA CHAVEZ, ya individualizado, como autor de los delitos consumados de: 1. Receptación de vehículo motorizado, previsto y sancionado en el artículo 456 bis A del Código Penal. Código: DGXUCFUUJLX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Poder Judicial Tribunal de Juicio Oral en lo Penal Curicó 2. Conducción a sabiendas de vehículo con placa patente que corresponda a otro vehículo, del artículo 192 letra e) de la ley n°18.290. 3. Utilización a sabiendas de un certificado de revisión técnica o de emisión de gases, permiso de circulación falso o adulterado, del artículo 192 inciso final de la ley n°18.290. 4. Conducción, a sabiendas de un vehículo motorizado con el número de chasis adulterado o borrado, del articulo 192 letra h) de la ley de tránsito, todos supuestamente perpetrados en la comuna de Teno, el 9 de agosto del año 2023. II. Que se CONDENA al acusado JORGE ANTONIO MEDINA CHAVEZ, ya individualizado, como autor del delito consumado de conducción de un vehículo motorizado, a sabiendas, con el número de identificación del vehículo (VIN) o de motor adulterado o borrado, previsto y sancionado en el artículo 192 letra k) de la ley n°18.290 de Tránsito, perpetrado en la comuna de Teno, el 9 de agosto del año 2023, a sufrir la pena de CIEN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO; a las accesorias legales del artículo 30 del Código Penal, de suspensió
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Poder Judicial Tribunal de Juicio Oral en lo Penal Curicó RESUMEN Acusado: JORGE ANTONIO MEDINA CHAVEZ Delitos / decisión 1.- Conducción de un vehículo motorizado, a sabiendas, con el número de identificación del vehículo (VIN) o de motor adulterado o borrado del artículo 192 letra k) de la ley n°18.290. Autor/ consumado (CONDENA) 2.- Conducción a sabiendas de vehículo con placa patente que corres
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