BANCO FALABELLA / CARVAJAL
Rol
C-5030-2015
Fecha
13 de mayo de 2022
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
Visto: Que en lo principal de la demanda de fecha 19 de noviembre del a o 2015, folioñ 1, comparecen do a Ana Mar a Mora Fern ndez y do a Luc a Loreto Castellanoñ í á ñ í Ugarte, abogadas, en representaci n del Banco Falabella, entidad del giro de suó denominaci n, representada por don Juan Manuel Matheu Loitegui, administrador deó empresa, todos domiciliados para estos efectos en 7 Norte N 645, oficina 713, Vi a del° ñ Mar, e interponen demanda ejecutiva en contra de do a Mar a Jos Carvajal D az,ñ í é í estudiante, domiciliada en Rafael Sotomayor 270, Vi a del Mar, por la cual pretenden elñ pago de la cantidad de 391,3797 unidades de Fomento, equivalentes en pesos al d a 09í de noviembre del a o 2015, a la suma de $9.990.742, fundado en los pagar s n merosñ é ú 170241843-1, 170241843-2 y 170241843-3, impagos. Que en el primero y segundo otros del escrito de fecha 01 de diciembre del a oí ñ 2021, folio 15, comparece don Andr s Vrankovic Ch vez, abogado, en representaci n deé á ó do a Mar a Jos Carvajal D az, chef, ambos domiciliados para estos efectos en calleñ í é í Hu rfanos N 1022, oficias 408 y 409,que d ndose por notificado de la demanda yé ° á requerido de pago, opone a la ejecuci n la excepci n contemplada en el numeral 17 deló ó art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil.í ó Que con fecha 28 de febrero del a o 2022, folio 19, el tribunal tuvo porñ evacuado el traslado en rebeld a de la ejecutante.í Que con fecha 05 de mayo del a o 2022, folio 20, el tribunal declar admisibleñ ó la excepci n opuesta y no existiendo hechos controvertidos, cit a las partes para o ró ó í sentencia.
Fundamentos
Considerando: Primero: En cuanto a la demanda ejecutiva. Que en lo principal de la demanda de fecha de fecha 19 de noviembre del a o 2015, folio 1, comparecen do añ ñ Ana Mar a Mora Fern ndez y do a Luc a Loreto Castellano Ugarte, abogadas, ení á ñ í representaci n del Banco Falabella, entidad del giro de su denominaci n, representadaó ó por don Juan Manuel Matheu Loitegui, administrador de empresa, todos domiciliados para estos efectos en 7 Norte N 645, oficina 713, Vi a del Mar y deducen demanda° ñ ejecutiva en contra do a Mar a Jos Carvajal D az , estudiante, domiciliada en Rafaelñ í é í Sotomayor 270, Vi a del Mar, por las razones que pasan a exponer:ñ Refieren que la demandada adeuda a su representado por concepto de capital la suma total de 391,3797 Unidades de Fomento, en su equivalencia en pesos al d a 09 deí noviembre del a o 2015, seg n valor de la Unidad de Fomento de ese d añ ú í por$25.526,98, que corresponde a la cantidad de $9.990.742.-, o en su equivalencia al d a del pago efectivo, m s los intereses que se devenguen hasta el d a exacto en que seí á í efect e el pago ntegro de la obligaci n.ú í ó Se alan que la referida obligaci n consta en los siguientes t tulos de cr dito:ñ ó í é 1. Pagar N 170241843-1, por concepto de capital la cantidad de 47,9601é ° Unidades de Fomento suscrito el d a 29 de septiembre del a o 2015, con vencimiento elí ñ d a 30 de septiembre del a o 2015.í ñ 2.Pagar N 170241843-2, por concepto de capital la cantidad de 267,1041é ° Unidades de Fomento suscrito el d a 29 de septiembre del a o 2015, con vencimiento elí ñ d a 30 de septiembre del a o 2015, yí ñ 3.Pagar N 170241843-3 por concepto de capital la cantidad de 76.3155é ° Unidades de Fomento suscrito el d a 29 de septiembre del a o 2015, con vencimiento elí ñ d a 30 de septiembre del a o 2015.í ñ Expresan que los pagar s se encuentran suscritos por don Iv n Patricio Miquelesé á Le n y por do a Karina Pilar Santis Placencia, ambos empleados bancarios,ó ñ domiciliados en Moneda 970, piso 7 , Santiago, en representaci n del Banco Falabella,° ó qui n act a por mandato otorgado por la demandada y deudora, seg n cl usula d cimoé ú ú á é quinto, n mero dos, intitulada Mandato para la suscripci n de pagar del Contrato deú “ ó é” Apertura de L nea de Cr dito para Estudiantes de Educaci n Superior con Garant aí é ó í Estatal . Indican que la firma de los suscriptores fue autorizada por el Notario P blico” ú don Jos Araya Maggi, Suplente de la 9 Notar a de Santiago.é ° í Exponen que se estipul en los pagar s que en caso de mora o simple retardo enó é el pago del capital adeudado, se devengar a un inter s penal igual al inter s m ximoí é é á convencional que sea permitido para operaciones en moneda nacional reajustable, que se encuentre vigente a la fecha en que se produzca la mora o simple retardo en el pago de la obligaci n adeudada, en virtud de los pagar s. A aden que el inter s se calcular aó é ñ é í sobre el capital adeudado y correr a desde la mora o simple r
Fallo
se declara:° ó 1. Que se acoge la excepción 17 ª del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, planteada por el ejecutado, y en consecuencia, se declara prescrita la acci n cambiaria derivada del pagar materia de autos.ó é 2. Que se condena en costas a la ejecutante. Regístrese electrónicamente, notifíquese y archívese si no se apelare. Pronunciado por do a Gabriela Guajardo Aguilera, Juez titular. ñ En Vi a del Marñ , a trece de Mayo de dos mil veintid só , se di cumplimientoó con lo dispuesto en el art culo 162 del C digo de Procedimiento Civil. í ó Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 03 de abril de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2022-05-13T15:43:07-0400 2022-05-13T15:45:11-0400
Texto Completo (Preview)
FOJA: 37 .- Treinta y siete .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado Civil de Vi a del Marñ CAUSA ROL : C-5030-2015 CARATULADO : BANCO FALABELLA / CARVAJAL Vi a del Marñ , trece de Mayo de dos mil veintid só Visto: Que en lo principal de la demanda de fecha 19 de noviembre del a o 2015, folioñ 1, comparecen do a Ana Mar a Mora Fern ndez y do a Luc a Loreto Castellanoñ í á ñ í Ugarte
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