Juzgado de Letras de Illapel

CISTERNAS/

Rol

V-418-2021

Fecha

13 de mayo de 2022

Materia

PERPETUA MEMORIA, INFORMACIÓN

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1.- Que con fecha 20 de septiembre de 2021, doña MAGALY DEL CARMEN CISTERNAS ESPINOZA, trabajadora independiente, cédula de identidad N° 11.546.879-0, domiciliada en Pasaje Panqui N° 153, Comuna de Illapel, solicitó se admita a tramitación la Información para Perpetua Memoria de los testigos, doña Marilyn Doreth Chavez Polanco, cédula de identidad N° 15.046.297-5, doña Yolanda de las Mercedes Rodríguez Zepeda, cédula de identidad N° 8.786.255-0 y doña Doris Isabel Neida Silva, cédula de identidad N° 9.932.560-7, los que depondrán al tenor de los hechos que señala en su presentación, esto es: 1) De cómo es efectivo que el testigo conoce a doña Magaly Cisternas Espinoza.. 2) De cómo es efectivo y le consta que don Pedro Antonio Cisternas, es el padre de doña Magaly Cisternas Espinoza. 3) De cómo es efectivo y le consta que don Pedro Antonio Cisternas, suscribió un contrato de compraventa con el nombre de Pedro Antonio Cisternas, con fecha 21 de agosto de 1968, ante el Notario Público, don Rafael Barahona. 4) De cómo es efectivo y le consta que doña Magaly Cisternas Espinoza, solicitó la inscripción de Contrato de compraventa de bien inmueble suscrito por su padre, con el nombre de Pedro Cisternas Cisternas y ésta fue rechazada por el Conservador de Bienes Raíces de Quilpué por existir un error que dice relación con el nombre de su padre, el cual es distinto al señalado en su certificado de nacimiento. 5) De como es efectivo y le consta que en la propiedad que se quería inscribir, vive en la actualidad doña María Yolanda Espinoza Riveros, viuda de don Pedro Antonio Cisternas. 6) De como es efectivo y le consta que don Pedro Cisternas Cisternas, fue conocido también con el nombre de Pedro Antonio Cisternas y éstos son la misma persona. 2.- Que con fecha 30 de septiembre de 2021, comparecen los testigos ante Ministro de Fe, quienes previamente juramentados en forma legal son interrogados al tenor de los hechos señalados en el

Fundamentos

considerando anterior. 3.- Que por resolución de fecha 21 de septiembre de 2021, se designó Defensor Público en el carácter de Ad-hoc, al abogado don Sebastián Enrique Sepúlveda Loyola, a objeto que evacúe el informe respectivo. Código: XVRBZKPXLX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 4.- Que con fecha 20 de enero de 2022, don Sebastián Enrique Sepúlveda Loyola, Defensor Público Ad-hoc, designado en autos, evacúa el informe respectivo, señalando que los testigos doña Marylin Doreth Chávez Polanco, cédula de identidad N° 15.046.297-5, doña Yolanda de las Mercedes Rodríguez Zepeda, cédula de identidad N° 8.786.255-0 y doña Doris Isabel Neira Silva, cédula de identidad N° 9.932.560-7, han sido contestes de los hechos y circunstancias esenciales, dando razón de sus dichos y legalmente examinados, han sido testigos abonados, siendo de opinión que es procedente en derecho dar lugar a la información para perpetua memoria, solicitada por doña Magaly del Carmen Cisternas Espinoza, dejando constancia en su informe que estas informaciones tienen sólo el valor de una presunción judicial. Y visto además lo dispuesto en los artículos 384 N° 2, 817 y 909 y siguientes del Código de Procedimiento Civil,

Fallo

SE RESUELVE: Apruébese – en cuanto a lo que en derecho corresponda, sin perjuicio de los derechos que terceros pudieran hacer valer - la información para Perpetua Memoria, de fecha 30 de septiembre de 2021, de los testigos Marylin Doreth Chávez Polanco, Yolanda de las Mercedes Rodríguez Zepeda y Doris Isabel Neida Silva, quienes declararon al tenor de lo expuesto en la solicitud de fecha 20 de septiembre de 2021, por doña Magaly del Carmen Cisternas Espinoza, cédula de identidad N° 11.546.879- 0, en el sentido de indicar: que la solicitante es conocida por los testigos; que don Pedro Antonio Cisternas, es el padre de la solicitante; que don Pedro Antonio Cisternas, suscribió un contrato de compraventa con el nombre de Pedro Cisternas Cisternas, con fecha 21 de agosto de 1968, ante el Notario Público, don Rafael Barahona; Que la solicitante requirió la inscripción del contrato de compraventa suscrita por su padre, don Pedro Cisternas Cisternas y ésta fue rechazada por el Conservador de Bienes Raíces de Quilpué por existir error con el nombre de su padre; que en la propiedad vive en la actualidad su madre, doña Yolanda Espinoza Riveros, viuda de don Pedro Antonio Cisternas y que don Pedro Cisternas Cisternas y don Pedro Antonio Cisternas, son la misma persona. Regístrese, notifíquese; hágase devolución de los documentos acompañados a la solicitud y archívese en su oportunidad. DEL ROL N° V- 418 - 2021. Dictó don ALONSO ESCARES SEPULVEDA, Juez Interino del Juzgado de Letras d

Texto Completo (Preview)

NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Illapel CAUSA ROL : V-418-2021 CARATULADO : CISTERNAS/ Illapel, trece de Mayo de dos mil veintidós. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1.- Que con fecha 20 de septiembre de 2021, doña MAGALY DEL CARMEN CISTERNAS ESPINOZA, trabajadora independiente, cédula de identidad N° 11.546.879-0, domiciliada en Pasaje Panqui N° 153, Comuna de Illapel, so

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica