BANCO DE CHILE/SOCIEDAD CONSTRUCTORA TERRATECNIA LIMITADA
Rol
C-1025-2022
Fecha
12 de mayo de 2022
Materia
ARRENDAMIENTO, ART. 607 CPC
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que, con fecha 9 de abril de 2022, comparece Paula Arancibia Rodr guezí , abogada, con domicilio en calle Santo Domingo N 1088, comuna de Santiago, en° representaci n de ó Banco de Chile S.A., sociedad bancaria y financiera, representada por su Gerente General Eduardo Ebensperger Orrego, ingeniero comercial, ambos con domicilio en calle Ahumada N 251, comuna de Santiago e interpone demanda deº terminaci n de contrato de arriendo de bienes muebles, en juicio sumario especial, enó contra de Sociedad Constructora Terratecnia Limitada, sociedad del giro de su denominaci n, representada por ó Jos Arturo Garc a L pezé í ó , ignora profesi n, en suó calidad de arrendataria, y en contra de este ltimo en su calidad de fiador y codeudorú solidario, todos con domicilio en calle Caupolic n N 567, oficina 705, Concepci ná ° ó , por los
Fundamentos
fundamentos de hecho y de derecho que expone. Fundamenta su presentaci n, se alando que Banco de Chile, celebr por escrituraó ñ ó p blica de fecha 26 de marzo de 2021, otorgado y protocolizado en la notaria de donú H ctor Basualto, un contrato de Arrendamiento con opci n de compra con la Sociedadé ó Constructora Terratecnia Limitada ya individualizada, el siguiente bien mueble, seg n seú detalla en dicho contrato: 1 grupo generador marca Perkins, modelo TE 550 cab, a oñ 2021, nuevo y sin uso. Indica, que de conformidad a lo pactado el contrato de arrendamiento tendr a uní plazo de duraci n hasta el d a 26 de abril de 2024, contados desde la fecha deó í otorgamiento del mismo; y que el precio del arrendamiento ser a pagado de la siguienteí manera: a) 1 renta de arrendamiento por la suma de $14.300.000.-, que se pagar a alí momento de adquirir los bienes arrendados; y b) 36 rentas de arrendamiento iguales mensuales y sucesivas de $1.788.107.- m s Impuesto al Valor Agregado (IVA), respectoá de cada una de ellas, las que se pagar an a contar del 26 de abril de 2021.í C-1025-2022 Foja: 1 Agrega que asimismo se pact que cualquier pago que la arrendataria realizaraó con posterioridad a la fecha pactada en el contrato, dar a derecho al arrendador paraí cobrar el inter s m ximo que la ley permite estipular para operaciones reajustables.é á Relata que en el caso que la parte arrendataria no d ntegro y oportunoé í cumplimiento a una cualquiera de las obligaciones que asume en el contrato, el Banco podr exigir la inmediata devoluci n de los bienes arrendados, adem s de la totalidad deá ó á las rentas vencidas y de aquellas que se devenguen hasta que se restituyan todos los bienes arrendados, y a t tulo de avaluaci n anticipada de los perjuicios que elí ó incumplimiento y termino anticipado del contrato pudiera causar al arrendador, una cantidad equivalente a la suma de todas las rentas de arrendamiento pactadas en el contrato, con vencimiento entre la fecha de terminaci n anticipada del mismo declaradaó judicialmente, y hasta el d a en que el arrendamiento hubiera terminado naturalmente,í conforme al plazo estipulado en el contrato; m s el monto se alado en el contrato comoá ñ precio de venta del bien arrendado. En otro punto adiciona que en m rito de lo estipulado por las partes en laé cl usula vig sima segunda del contrato, se ha establecido una fianza solidaria constituidaá é por Jos Arturo Garc a L pez.é í ó Indica que la arrendataria habr a dejado de pagar la renta de arrendamiento coní vencimiento al d a 26 de agosto de 2021 y las siguientes, encontr ndose -ení á consecuencia- en mora en el pago de dicha renta y de las que se han devengado hasta la fecha de la presentaci n de la demanda.ó Previas citas legales, solicita se tenga por interpuesta demanda de terminaci n deó contrato de arrendamiento y devoluci n del bien arrendado, en contra de ó Sociedad Constructora Terratecnia Limitada, representada legalmente por Jos Arturo Garc aé í L pez, ya indi
Fallo
se declara: I.- Que, se acoge la demanda de fecha 9 de febrero de 2022, en cuanto se declara terminado el contrato de arrendamiento celebrado entre las partes el d a 26 deí marzo de 2021, respecto de: Un grupo generador marca Perkins, modelo TE 550 cab, a o 2021.ñ II. Que, se condena solidariamente a los demandados al pago de las rentas vencidas a partir del 26 de agosto de 2021, inclusive, en adelante, y a la suma de las rentas devengadas posteriormente y que se adeudaren hasta la restituci n material deló bien arrendado, m s el inter s moratorio pactado.á é III. Que, los demandados deber n restituir el bien ya individualizado, dentroá de tercero d a de que este fallo cause ejecutoria, bajo apercibimiento de que si no loí hiciere se proceder con el auxilio de la fuerza p blica, de ser necesario.á ú C-1025-2022 Foja: 1 IV. Que, se acoge el cobro demandado por concepto de cl usula penalá pactada, conforme lo razonado en el considerando cuarto. V. Que, se condena en costas a los demandados por resultar completamente vencidos. Reg strese, notif quese y arch vese en su oportunidad.í í í ROL C-1025-2022. DICTADA POR ROMMY M LLER UGARTEÜ , JUEZA SUPLENTE DEL SEXTO JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO. AUTORIZADA POR MARIA ELENA MOYA GUMERA, SECRETARIA SUBROGANTE DEL SEXTO JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, doce de Mayo de dos mil veintid só Este documento tiene firma electrónica y su
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C-1025-2022 Foja: 1 FOJA: 14 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 6 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-1025-2022 CARATULADO : BANCO DE CHILE/SOCIEDAD CONSTRUCTORA TERRATECNIA LIMITADA Santiago, doce de Mayo de dos mil veintid só VISTOS: Que, con fecha 9 de abril de 2022, comparece Paula Arancibia Rodr guezí , abogada, con domicilio en calle Santo Domingo N 1088, comuna de Santiago
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