CAYUL/
Rol
V-220-2021
Fecha
11 de mayo de 2022
Materia
BIENES RAÍCES, AUTORIZACIÓN ENAJENAR
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: En estos autos voluntarios V-220-2021, sobre autorizaci n para enajenar bien ra zó í , comparece do a Eva Luisa Cayul Rojasñ , trabajadora independiente, domiciliada en Celanova N° 1921, Villa Los Almendros, comuna de La Pintana, administradora extraordinaria de la sociedad conyugal habida con su c nyuge, ó don Luis Artemio Araya Orellana, solicitando se autorice enajenar los derechos que tiene este, como parte en la herencia quedada al fallecimiento de do añ Carmen Rita Orellana Vidal, respecto de la propiedad ubicada en calle Argentina N 1972,° comuna de San Ram n, Rol de Aval o N 1621-17ó ú ° , de acuerdo a la posesi n efectiva inscritaó bajo el N 21.188, del a o 2019; sobre el que los miembros de la sucesi n alcanzaron pleno° ñ ó acuerdo para su venta, existiendo en la actualidad un comprador interesado, quien ya dej enó Notaria vale vista a nombre de Luis Artemio Araya Orellana por el monto de $2.511.795, que le corresponden en la sucesi n por la venta de la propiedad ya individualizada, la que se vende enó la suma de $110.000.000. Hace presente lo necesaria y urgente de la autorizaci n requerida, pues con el dinero deó la venta es posible satisfacer las necesidades de su c nyuge y mejorar su cuidado en la Cl nicaó í psiqui trica Los Coihues, donde se encuentra internado y, conforme a lo previsto en los art culosá í 1322 del C digo Civil; 817, 854 y 891 del C digo de Procedimiento Civil; y 8 de la ley Nó ó ° ° 19.968.solita se autorice la venta de los derechos que don Luis Artemio Araya Orellana ostenta en la comunidad hereditaria referida. A folio 9 evacu informe el Defensor P blico, quien sugiere autorizar la solicitud deó ú enajenaci n de derechos, que don Luis Artemio Araya Orellana, posee en el inmueble de calleó Argentina N 1972, comuna de San Ram n, inscritos a fojas 21.727 vuelta, N 19.992, del° ó ° Registro de Propiedad del a o 2018, del Conservador de Bienes Ra ces de San Miguel.ñ í A folio 12 se trajeron los autos para fallo. A folio 13 se
Fundamentos
Considerando: Primero: Que do a Eva Luisa Cayul Rojasñ , en calidad de administradora extraordinaria de la sociedad conyugal habida con su c nyuge, ó don Luis Artemio Araya Orellana, -estado y administraci n extraordinaria que se acreditaran con el certificado de matrimonio respectivo-,ó solicita autorizaci n judicial para enajenar los derechos de que es titular este ltimo en eló ú inmueble ubicado en calle Argentina N 1972, comuna de San Ram n, inscritos a fojas 21.727° ó vuelta, N 19.992, del Registro de Propiedad del a o 2018, del Conservador de Bienes Ra ces de° ñ í San Miguel; derechos adquiridos por herencia quedada al fallecimiento de do a Carmen Ritañ Orellana Vidal, seg n consta en copia de la inscripci n de herencia del Registro de Propiedadú ó del Conservador de Bienes Ra ces de San Miguel, referida anteriormente.í RIT« » Foja: 1 Segundo: Que as , de los antecedentes referidos, ha resultado demostrado que don Luisí Artemio Araya Orellana es poseedor inscrito de derechos hereditarios respecto de la propiedad individualizada en el motivo anterior, como tambi n el modo por el cual lo adquiri ; igualmenteé ó se acredita el v nculo de parentesco de este con la solicitante, do a Eva Luisa Cayul Rojas.í ñ Tercero: Que atendido el m rito de los antecedentes, el informe del Defensor P blico deé ú San Miguel, quien es del parecer de acoger la solicitud formulada en autos y, con ello, autorizar la enajenaci n, en p blica subasta, de los derechos que a don Luis Artemio Araya Orellanaó ú corresponden en el predio referido, seg n consta en informe por el emitido en folio 9 de autos, yú atenta la necesidad expuesta para la venta de los derechos en la propiedad que tiene don Luis Artemio Araya Orellana, estim ndose que la demora o espera en la enajenaci n de sus derechosá ó en la propiedad de marras implica un perjuicio para aquel, considerando adem s el certificadoá m dico acompa ado en autos que da cuenta de su estado de salud especiales requerimientos deé ñ cuidado, se proceder a acoger la solicitud realizada, debiendo efectuarse la venta en p blicaá ú subasta, atendido lo dispuesto en los art culos 1726, en relaci n a los art culos 1759 inciso final yí ó í 394 del C digo Civil, en una suma no inferior a $2.511.795 atendido el m rito de losó é documentos acompa ados por la parte solicitante y lo expuesto en la solicitud.ñ Y visto adem s, lo dispuesto en los art culos 390 y siguientes del C digo Civil, y art culosá í ó í 817 y siguientes del C digo de Procedimiento Civil,
Fallo
fallo una vez cumplida que fuera aquella, seg n se lee en folio 17.ú Considerando: Primero: Que do a Eva Luisa Cayul Rojasñ , en calidad de administradora extraordinaria de la sociedad conyugal habida con su c nyuge, ó don Luis Artemio Araya Orellana, -estado y administraci n extraordinaria que se acreditaran con el certificado de matrimonio respectivo-,ó solicita autorizaci n judicial para enajenar los derechos de que es titular este ltimo en eló ú inmueble ubicado en calle Argentina N 1972, comuna de San Ram n, inscritos a fojas 21.727° ó vuelta, N 19.992, del Registro de Propiedad del a o 2018, del Conservador de Bienes Ra ces de° ñ í San Miguel; derechos adquiridos por herencia quedada al fallecimiento de do a Carmen Ritañ Orellana Vidal, seg n consta en copia de la inscripci n de herencia del Registro de Propiedadú ó del Conservador de Bienes Ra ces de San Miguel, referida anteriormente.í RIT« » Foja: 1 Segundo: Que as , de los antecedentes referidos, ha resultado demostrado que don Luisí Artemio Araya Orellana es poseedor inscrito de derechos hereditarios respecto de la propiedad individualizada en el motivo anterior, como tambi n el modo por el cual lo adquiri ; igualmenteé ó se acredita el v nculo de parentesco de este con la solicitante, do a Eva Luisa Cayul Rojas.í ñ Tercero: Que atendido el m rito de los antecedentes, el informe del Defensor P blico deé ú San Miguel, quien es del parecer de acoger la solicitud formulada en autos y, con ello, autorizar la enajenaci
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RIT« » Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de San Miguelº CAUSA ROL : V-220-2021 CARATULADO : CAYUL/ San Miguel, once de Mayo de dos mil veintid só Vistos: En estos autos voluntarios V-220-2021, sobre autorizaci n para enajenar bien ra zó í , comparece do a Eva Luisa Cayul Rojasñ , trabajadora independiente, domiciliada en Celanova N° 1921, Villa Los Almendros, comuna
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